HILGERS/
Rol
V-29-2025
Fecha
27 de mayo de 2025
Materia
MINERO, PEDIMENTO (CONCESIÓN DE EXPLORACIÓN)
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS Y
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que con fecha 28 de enero de 2025, Mirco Hilgers Gutschendies, chileno, casado, abogado, cédula de identidad N° 16.655.288-5, domiciliado en Avenida Andrés Bello Nº 2.457, Piso 19, Comuna de Providencia, Santiago, solicitó el pedimento de la concesión de exploración denominada “ALFONSINA 2”, ubicada en la comuna, provincia y región de Antofagasta. SEGUNDO: Que con fecha 06 de febrero de 2025, el pedimento fue inscrito a fojas 151, bajo el Nº 80 en el Registro de Descubrimientos del Conservador de Minas de Antofagasta, correspondiente al año 2025. TERCERO: Que con fecha 24 de febrero de 2025, se publicó la inscripción del pedimento en el Boletín Oficial de Minería de la Región de Antofagasta. CUARTO: Que el informe del Servicio Nacional de Geología y Minería Ord. Nº 943 de fecha 22 de mayo de 2025, agregado en folio 8, señala que los aspectos técnicos relacionados con la solicitud y plano de la referida concesión se encuentran conformes con las disposiciones Código: VKNPXUHBETS Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Foja: 1 legales vigentes. QUINTO: Que las coordenadas U.T.M. del punto medio y de cada uno de los vértices del perímetro de la concesión de exploración son: VERTICE NORTE (metros ESTE (metros) PM 7.352.500,00 447.500,00 V1 7.354.000,00 447.000,00 V2 7.354.000,00 448.000,00 V3 7.351.000,00 448.000,00 V4 7.351.000,00 447.000,00 SEXTO: Que teniendo presente lo dispuesto en el artículo 57 del Código de Minería, por haberse cumplido todos los requisitos legales y no existiendo impedimentos técnicos: R E S U E L V O: Se aprueba el plano y queda constituida la concesión de exploración denominada “ALFONSINA 2”, con una superficie de 300 hectáreas, a favor de MIRCO HILGERS GUTSCHENDIES, ya individualizado. Extráctese la presente sentencia constitutiva tal como lo estipula el artículo 90 del Código de Minería y publíquese. Inscríbase y archívese en conformidad a la ley. De conformidad con el protocolo de implementación de plan piloto vigente desde el 01 de Enero de 2021, dispuesto en Acta de Pleno N°275 de fecha 14 de Diciembre de 2020, y Acta de Pleno N° 84, de fecha 29 de Marzo de 2021, ambas de la I. Corte de Apelaciones de esta ciudad, remítase por el Tribunal, en formato PDF, a petición del interesado, copia autorizada de esta sentencia, conjuntamente con el certificado de ejecutoria y plano aprobado al SERNAGEOMIN y Código: VKNPXUHBETS Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Foja: 1 Conservador de Minas de esta ciudad, a los correos electrónicos implementados por ambas instituciones para el efecto, debiéndose certificar tal circunstancia, una vez cumplido este trámite. Archívese copia del plano en el respectivo Conservador de Minas. Regístrese y notifíquese.- Dictada por doña Eva Curia Castro, Juez Subrogante. Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final
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Foja: 1 FOJA: 10 NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 4 ° Juzgado de Letras Civil de Antofagasta CAUSA ROL : V-29-2025 CARATULADO : HILGERS/ Antofagasta, veintisiete de mayo de dos mil veinticinco VISTOS Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que con fecha 28 de enero de 2025, Mirco Hilgers Gutschendies, chileno, casado, abogado, cédula de identidad N° 16.655.288-5, domiciliado en Avenida Andrés Bello Nº 2
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