2º Juzgado Civil de Valparaíso

VILLALOBOS/ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE VALPARAÍSO

Rol

C-544-2025

Fecha

23 de mayo de 2025

Materia

PRESCRIP.EXTINCIÓN DE ACCIONES, ADQUISICIÓN DE DERECHOS Y OT

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTO: En folio N° 1, comparece don Claudio Enrique Villalobos Rodríguez, empleado, quien deduce demanda de declaración de prescripción extintiva en contra de la Ilustre Municipalidad de Valparaíso, representada legalmente por su alcaldesa, doña Camila Nieto Hernández, ignora profesión. En folio N° 7, se notifica la demanda a la demandada. En lo principal de folio N° 11, la demandada contesta la demanda, allanándose a la misma, y, en el primer otrosí, deduce demanda reconvencional. En el folio N° 14, consta que el demandado contesta la demanda reconvencional, allanándose. Luego, se cita a las partes a oír sentencia. EN CUANTO A LA DEMANDAN PRINCIPAL:

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, en folio N° 1, comparece don Claudio Enrique Villalobos Rodríguez, empleado, domiciliado para estos efectos en Avenida Lomas Del Águila Parcela de Champa, comuna de Paine, Región Metropolitana, quien deduce demanda de declaración de prescripción extintiva, en contra de la Ilustre Municipalidad de Valparaíso, corporación de derecho público, representada legalmente por doña Camila Nieto Hernández, en su calidad de alcaldesa de dicha entidad, ambos domiciliados para estos efectos en calle Condell 1490, comuna de Valparaíso. Señala que, es dueño del auto marca Great Wall, placa patente GCSX-16-5. Desde el año 2015 y hasta el 2022, ambos inclusive, dicho vehículo no fue usado ni sacado a las calles, por lo que no se pagaron los permisos de circulación correspondientes. Atendido el tiempo transcurrido y a la inactividad de la Ilustre Municipalidad de Valparaíso para el cobro de dicho impuesto municipal, procede que se declaren prescritas las acciones de cobro y de los impuestos correspondientes a los permisos de circulación de los años 2015, 2016, 2017, 2018, 2019, 2020, 2021 y 2022, cuyo monto total asciende a $1.454.428 (un millón cuatrocientos cincuenta y cuatro mil cuatrocientos veintiocho pesos). En cuanto al derecho, indica que del tenor de los artículos 12 y 15 del Decreto Ley N° 3.063 de 1979 sobre rentas municipales, es posible concluir que el permiso de circulación es un impuesto Código: EXUEXUMQMBS Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl municipal que se devenga anualmente y cuyo pago debe efectuarse – en ese caso – dentro del mes de marzo de cada año. El artículo 1698 del Código Civil prescribe: “Incumbe probar las obligaciones o su extinción al que alega aquellas o estas. Las pruebas consisten en instrumentos públicos o privados, testigos, presunciones, confesión de parte, juramento deferido e inspección personal del juez.” A su momento el artículo 2492 del Código Civil señala: “La prescripción es un modo de adquirir las cosas ajenas, o de extinguir las acciones y derechos ajenos, por haberse poseído las cosas o no haberse ejercido dichas acciones y derechos durante cierto lapso de tiempo, y concurriendo los demás requisitos legales. Una acción o derecho se dice prescribir cuando se extingue por la prescripción”. Por su parte, el artículo 2514 del Código Civil expresa: “La prescripción que extingue las acciones y derechos ajenos exige solamente cierto lapso de tiempo, durante el cual no se hayan ejercido dichas acciones”. A su turno, el artículo 2521 del Código Civil establece que: “Prescriben en tres años las acciones a favor o en contra del Fisco y de las Municipalidades provenientes de toda clase de impuestos”. Como consecuencia de lo anterior, es posible concluir, que las acciones y derechos de la Ilustre Municipalidad de Valparaíso para exigir el pago de los permisos de circulación devengado entre los años 2015 a 2022, ambos inclusive, aso

Fallo

Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en los artículos 200 y 201 del Código Tributario, y los artículos 1698, 2503 y 2514 y siguientes del Código Civil, y los artículos 1°, 2°, 3°, 144, 253 y siguientes, y 341 y siguientes, todos del Código de Procedimiento Civil, se resuelve: EN CUANTO A LA DEMANDA PRINCIPAL: 1.- Que se hace lugar a la demanda presentada por don Claudio Enrique Villalobos Rodríguez, en lo principal de folio N° 1, en contra de la Ilustre Municipalidad de Valparaíso, representada legalmente por su alcaldesa, doña Camila Nieto Hernández, todos previamente identificados, y, en consecuencia, se declara la prescripción extintiva de las acciones tendientes a cobrar los permisos de circulación impagos, en el período que media entre los años 2015 al 2022, ambos inclusive, en relación al vehículo, tipo SUV, marca Great Wall, modelo Haval-H3 2.0 4X2 LE, año 2014, placa patente GCSX-16-5, motor número SMR9253, chasis número LGWEF3A55EB613038. 2.- Que, atendido el allanamiento de la demandada, no se la condena en costas. EN CUANTO A LA DEMANDA RECONVENCIONAL: 1.- Que se acoge la demanda reconvencional presentada por doña Daniela Tapia Bustos, abogada, en representación de la Ilustre Municipalidad de Valparaíso, en el primer otrosí de folio N° 11, en contra de don Claudio Enrique Villalobos Rodríguez, todos ya individualizados, y, por consiguiente, se condena al demandado reconvencional a pagar a I. Municipalidad de Valparaíso los permisos de circulaci

Texto Completo (Preview)

NOMENCLATURA : 1. [40] Sentencia. JUZGADO : 2º Juzgado Civil de Valparaíso. CAUSA ROL : C-544-2025. CARATULADO : VILLALOBOS/ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE VALPARAÍSO. MATERIA : PRESCRIPCIÓN EXTINTIVA. Valparaíso, veintitrés de mayo de dos mil veinticinco. VISTO: En folio N° 1, comparece don Claudio Enrique Villalobos Rodríguez, empleado, quien deduce demanda de declaración de prescripción extintiva en

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica