22º Juzgado Civil de Santiago

CORREA/

Rol

V-154-2024

Fecha

23 de mayo de 2025

Materia

REGISTRO CIVIL, RECTIFICACIÓN PARTIDAS

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTO: A folio 1, con fecha 2 de julio de 2024, comparece do añ CAROLINA ISABEL MARCHANT MIRANDA, chilena, abogada, c dulaé de identidad N 13.682.312-4, domiciliada en calle Condell N 1415, oficina° ° 509, comuna de Providencia, en representaci n de don Rafael Seilheó Perrote y de do a Juliana Mendes Perrote,ñ sta ltima tambi n conocidaé ú é como Juliana Correa Mendes, de nacionalidad brasile os, quien viene enñ solicitar la rectificaci n de la partida de nacimiento de su hija en el sentidoó de quedar en definitiva como MARTINA MENDEZ PERROTE .“ ” Funda su petici n indicando que los peticionarios son padres de dosó hijas, a saber, Manuela Mendes Perrote, nacida en Brasil, de tres a os deñ edad, y de Martina Correa Seilhe nacida en Chile, de dos meses de edad. Que, respecto de Manuela, su nacimiento fue inscrito en Brasil, bajo el nombre de Manuela Mendes Perrote. En cambio, Martina, fue inscrito su nacimiento en Chile, con el N 1380 del a o 2024, de la Circunscripci n de° ñ ó Las Condes. Que, a pesar de ser hijas de filiaci n matrimonial de losó solicitantes, stas mantienen apellidos distintos, ello, b sicamente porqueé á nacieron en pa ses diversos, cada uno con su respectiva normativa aplicable.í Explica, que en el caso de Brasil, ste determina que los nacidosé deben llevar los apellidos paternos de sus progenitores, comenzando por el de la madre. En cambio, en Chile, el apellido de los nacidos debe componerse por los apellidos paternos de los padres, pero comenzando por Código: SXKPXUJBYXS Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Foja: 1 el del padre; sin perjuicio de la excepci n de la Ley N 21.334. Mismaó ° cuesti n, aconteci con los apellidos de los progenitores, donde el nombreó ó del padre corresponde a Rafael Seilhe Perrote, siendo Seilhe su apellido materno. En lo concerniente a la madre de la menor, do a Juliana Correañ Mendes o Juliana Mendes Perrote, consta que sta detenta como primeré apelli

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, comparece do a CAROLINA ISABELñ MARCHANT MIRANDA, en representaci n de don Rafael Seilhe Perroteó Código: SXKPXUJBYXS Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Foja: 1 y de do a Juliana Mendes Perrote, sta ltima tambi n conocida comoñ é ú é Juliana Correa Mendes, quien viene en solicitar la rectificaci n de la partidaó de nacimiento de su hija en el sentido de quedar en definitiva como MARTINA MENDEZ PERROTE ,“ ” por los fundamentos expuestos con precedencia. SEGUNDO: Que, conforme lo estatuye la Ley N 17.344, en su° art culo 1 reconoce el derecho que toda persona tiene a usar los nombres yí ° apellidos con que haya sido individualizada en su respectiva inscripci n deó nacimiento. Luego, en el inciso tercero, establece el derecho para solicitar dicha rectificaci n cuando ha sido conocida por m s de cinco a os con uno o m só á ñ á nombres de los que figuran en su partida de nacimiento. TERCERO: Que, constando el hecho de haberse efectuado la publicaci n legal en el Diario Oficial, as como la certificaci n deló í ó Secretario del Tribunal de no haberse deducido oposici n a la solicitud deó autos, dentro del plazo legal el que se encuentra vencido, conjuntamente con el m rito de la informaci n sumaria rendida a folio 6 de autos, y copiaé ó del acta de nacimiento allegados a folio 13; certificado de nacimiento rolante a folio 1, y dem s instrumentos allegados que corroboran losá afirmado por la solicitante, determinan a aceptar la solicitud incoada, para que la menor se conduzca socialmente con el nombre que la identifica, m xime si sta ha sido representada en autos por ambos progenitores. á é Y visto, adem s, lo dispuesto en los art culos 1 letra b) e inciso 3 , yá í ° ° art culos 3 y 4 inciso 3 de la Ley N 17.344, sobre autorizaci n deí ° ° ° ° ó cambio de nombre; art culos 17 y 18 de la Ley N 4.808 sobre Registroí ° Civil; 817 y siguientes del C digo de Procedimiento Civil,

Fallo

se declara: ó I.- Que SE HACE LUGAR a la solicitud de lo principal de folio 1, y se accede a la autorizaci n de cambio de apellido de MARTINAó CORREA SEILHE, c dula de identidad N 28.437.417-7é ° , quedando en definitiva como MARTINA MENDES PERROTE, manteni ndose ené todo caso inalterada su filiaci n.ó II.- Que SE ORDENA al Servicio de Registro Civil e Identificaci n,ó rectificar la inscripci n de nacimiento N 1380, del Registro del a o 2024,ó ° ñ circunscripci n de Las Condes, correspondiente a ó MARTINA CORREA Código: SXKPXUJBYXS Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Foja: 1 SEILHE, en el sentido de establecer que el nombre de la inscrita es MARTINA MENDES PERROTE. Reg strese y notif quese.í í Pronunciada por MONTSERRAT ORTIZ SILVA, Juez Suplente. Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Santiago, veintitr s de mayo de dos mil veinticincoé Código: SXKPXUJBYXS Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2025-05-23T12:31:38-0400

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Foja: 1 FOJA: 17 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 22 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : V-154-2024 CARATULADO : CORREA/ Santiago, veintitr s de mayo de dos mil veinticincoé VISTO: A folio 1, con fecha 2 de julio de 2024, comparece do añ CAROLINA ISABEL MARCHANT MIRANDA, chilena, abogada, c dulaé de identidad N 13.682.312-4, domiciliada en calle Condell N 1415, oficina° ° 509, co

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