2º Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago

QUINTEROS/ARQUITECTURA Y CONSTRUCCIONES AMS SPA

Rol

O-5146-2024

Fecha

26 de marzo de 2025

Materia

Accidentes del trabajo y enfermedades profesionales, Costas, Cotizaciones de Salud, Cotizaciones Previsionales, Daño moral, Despido injustificado, Feriado proporcional, Indemnización sustitutiva de aviso previo, Nulidad del despido, Reajustes e intereses, Remuneraciones

Resultado

No especificado

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Hechos

antecedentes de hecho y

Fundamentos

CONSIDERANDO PRIMERO. Individualización de las Partes. Comparece CRISTIAN ENRIQUE QUINTEROS RUIZ, chileno, jornalero en construcción, cédula nacional de identidad N° 19.583.535-7 domiciliado en Pasaje Economía, N ° 8471 Comuna de Cerro Navia, representado por los abogados don Eduardo Díaz Zambrano, doña Arantxa Andrea Subiabre Espinoza y doña Paula Aceña Bucchi, y deduce demanda en procedimiento de aplicación general por declaración de relación laboral, despido injustificado, nulidad del despido y cobro de prestaciones en contra de su ex empleador ARQUITECTURA Y CONSTRUCCIONES AMS SPA, sociedad comercial del giro de su denominación, RUT 77.052.175-0, representada legalmente de acuerdo a lo preceptuado en el artículo 4º inciso primero del Código del Trabajo por don ARTURO ENRIQUE MUÑOZ SEPÚLVEDA, factor de comercio, C.I. N° 16.630.209-9, ambos con domicilio en Av. Providencia 1208, Comuna De Providencia, Región Metropolitana, o por quien haga las veces de tal en virtud de dicho artículo, debido a los antecedentes de hecho y fundamentos de derecho que se expondrán. SEGUNDO. Demanda. En cuanto a los hechos, expuso: I.- Relación laboral y remuneración. Ingresé a prestar servicios para la demandada ARQUITECTURA Y CONSTRUCCIONES AMS SPA, bajo vínculo de subordinación y dependencia, a contar del día 03 de abril de 2024, en completa informalidad laboral, sin contrato de trabajo, para desarrollar las labores de “jornalero en construcción”, para prestar servicios directos en terreno, en diversas obras de la demandada que se me asignaban respectivamente. A la fecha de mi despido, trabajaba en la obra ubicada en calle Manantiales N°81, comuna de Las Condes, Región Metropolitana, entre otras obras anteriores, ubicadas en las comunas de Ñuñoa, Vitacura y Huechuraba Mi jornada laboral era de 45 horas semanales de lunes a viernes de 08:00 a 18:00 horas y eventualmente los días sábados. Mi remuneración bruta asciende a la fecha a la suma de $750.000.- (setecientos cincuenta mil pesos) suma que debe ser considerada para efectos de lo dispuesto en el artículo 172 del Código del Trabajo,

Fallo

por tanto, solicito desde ya que este sea el monto que S.S., considere como base de cálculo para todos los efectos legales. Cabe mencionar que nunca se me hizo un contrato de trabajo; sin embargo, posterior al período de licencia médica que tuve a raíz de un accidente laboral el día 08 de abril de 2024, el cual se demanda en esta presentación, licencia médica de la cual la demandada no se hizo cargo, con fecha 03 de mayo de 2024 se me despide por la causal del artículo 159 N°4 del Código del Trabajo, es decir, por un supuesto “vencimiento del plazo establecido en el contrato”, lo que resulta muy curioso y artificial, toda vez que nunca se me exhibió ni firmé un contrato de trabajo, quedando afectado y vulnerado en mis derechos, en completo abandono e ignorado a partir del hecho del accidente por la demanda y como corolario de dicha vulneración se me despide, aumentando el daño inferido a mi persona. II.- Antecedentes de la relación laboral, el accidente laboral y del término de la misma. Con fecha 08 de abril de 2023, ingresé con total normalidad a mi jornada laboral a las 08:30 horas, en la obra de construcción de la demandada ubicada en calle Manantiales N°81, Las Condes, Región Metropolitana. Iniciando la tarde, a las 14:00 aproximadamente, de acuerdo a las funciones que realizaba y estando con guantes del todo precarios y de poca seguridad que me entregó la empresa aquel día, me dispuse a trasladar unas planchas de zinc. Al momento de tomar la plancha con mis manos en

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Santiago, veintiséis de marzo de dos mil veinticinco. VISTOS, OÍDOS Y CONSIDERANDO PRIMERO. Individualización de las Partes. Comparece CRISTIAN ENRIQUE QUINTEROS RUIZ, chileno, jornalero en construcción, cédula nacional de identidad N° 19.583.535-7 domiciliado en Pasaje Economía, N ° 8471 Comuna de Cerro Navia, representado por los abogados don Eduardo Díaz Zambrano, doña Arantxa Andrea Subiabre

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