GATICA/BANCO DE CRÉDITO E INVERSIONES
Rol
M-3753-2024
Fecha
27 de marzo de 2025
Materia
Costas, Despido injustificado, Prestaciones, Recargos
Resultado
No especificado
Hechos
HECHOS NO CONTROVERTIDOS X · CONCILIACION (llamado) X · 1. TOTAL · 2. PARCIAL · RECIBE LA CAUSA A PRUEBA X · OFRECE E INCORPORA PRUEBA X · 1. DEMANDANTE X · A. DOCUMENTAL X · B. CONFESIONAL X · C.TESTIMONIAL · D. OTROS MEDIOS DE PRUEBA (exhibición y oficios) · 1. DEMANDADA X · A. DOCUMENTAL X · B. CONFESIONAL X · C.TESTIMONIAL · D. OTROS MEDIOS DE PRUEBA (exhibición y oficios) · OBSERVACIONES A LA PRUEBA X · SENTENCIA X AUTORIZA PODER: El Tribunal tiene presente escrito delegación de poder otorgado a RELACION DE LOS HECHOS: Consta íntegramente en audio. CONTESTACIÓN DE LA DEMANDA: Consta íntegramente en audio. CONCILIACIÓN: Llamadas las partes a conciliación, no se produce. El Tribunal propone como base de acuerdo la suma de $5.000.000. La parte demandante no acepta las bases del tribunal, a su vez, la parte demandada si acepta la propuesta del Tribunal. HECHOS NO CONTROVERTIDOS: 1. Existencia de relación laboral desde el 20 de de mayo del 2013 hasta el 12 de junio del año 2024. 2. La desvinculación por la causal del artículo 161 inciso 1, cumpliendo las formalidades del despido. 3. La remuneración de la trabajadora para artículo 172, $1.358.591. 4. Que se le pagó en el finiquito por concepto de indemnización de años de servicio 14.944.501. 5. Que el descuento a FC realizado en el finiquito es de $2.561.786. 6. Funciones de ejecutiva integral HECHOS CONTROVERTIDOS: 1. Hechos indicados en la carta de término de la relación laboral, efectividad de los mismos y si estos configuran la causal invocada por el empleador. MEDIOS DE PRUEBA: PARTE DEMANDADA OFRECE E INCORPORA: Documental: 1. Contrato de Trabajo suscrito entre Banco de Crédito e Inversiones y Elizabeth Gatica Palma, con fecha 20 de mayo de 2013. 2. Certificado de Saldo Aporte del Empleador al Seguro de Cesantía para Imputar a Indemnización efectuados por Banco de Crédito e Inversiones respecto de Elizabeth Gatica Palma, de fecha 11 de junio de 2024, por la sum
Fundamentos
Fundamentos en audio) Reposición: Tribunal: Se rechaza la reposición, sin costas. PARTE DEMANDANTE OFRECE E INCORPORA: Documental: 1. Copia de carta aviso de despido. 2. Copia de finiquito con reserva de acciones. 3. Copia de anexo de contrato de trabajo. 4. Copia de comprobante de ingreso del reclamo administrativo. 5. Copia de acta de comparendo administrativo. 6. Copia de ofertas de trabajo. Exclusión de prueba documental y traslado. Consta audio El tribunal tiene por ofrecida e incorporada la prueba documental. Confesional: Atendida la incomparecencia del absolvente, la parte demandada solicita que se haga efectivo el apercibimiento correspondiente, lo que se resolverá en sentencia definitiva. Exhibición de documentos: 1-REGISTRO QUE INDIQUE DOTACIÓN DE PERSONAL DE LA DEMANDADA, en el área donde prestaba servicios la trabajadora. Como lo es el pago de cotizaciones de la mutualidad afiliada, correspondiente a los meses de abril, mayo, junio, julio y agosto de 2024. Atendido que no se exhibió lo solicitado, la parte demandante pide que se haga efectivo el apercibimiento correspondiente, lo que se resolverá en sentencia definitiva. Observaciones a la prueba: Consta íntegramente en audio. SENTENCIA: Santiago, veintiséis de marzo de dos mil veinticinco. VISTOS, OÍDOS Y CONSIDERANDO: Primero: Que ha comparecido ante este Primer juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, doña Elizabeth Catalina Gatica Palma, chielna, cédula de identidad N° 17.951.366-8, domiciliada en Calle Miguel Ángel número 03771 calle 33 de la comuna de Puente Alto, representada por doña Cristina Melo Rivas, quien dedujo esta demanda en procedimiento monitorio por despido injustificado en contra del Banco de Crédito de Inversiones Rut 97006000-6, representada por don Luis Iván Enríquez Gallegos, cédula de idendidad N° 11.279.235-K, chileno, domiciiado para estos efectos en Avenda El Golf N°125, comuna de Las Condes. Resolutiva: Atendido lo expuesto y lo dispuesto en los artículos 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9, 161 inciso primero, 162 inciso primero, 168 letra a), 420 letra a, 446 y siguientes 456, 457, 458, 459 del Código del Trabajo, artículo 13 de la ley 19.728 y demás normas pertinentes.- I.- Que se acoge la demanda deducida por doña Elizabeth Catalina Gatica Palma, en contra del BANCO DE CRÉDITO E INVERSIONES y
Fallo
se declara: a) Que el despido del cual fue objeto el demandante de autos con fecha el 12 de junio de 2024, es injustificado; II.- Que se condena a la demandada al pago de: a) $4.483.350, por concepto de un 30% de incremento por sobre la indemnización por años de servicios, de conformidad con el artículo 168 letra a) del Código del Trabajo; b) $2.561.786 por concepto de devolución del descuento por aporte patronal del empleador a la cuenta individual del trabajador en el seguro cesantía; III.- Que las sumas ordenadas pagar se reajustarán y devengarán los intereses previstos en los artículos 173 del Código del Trabajo; IV.- Que no se condena en costas a esta última por estimar que tuvo motivo plausible. V.- Ejecutoriada esta sentencia, cúmplase lo dispuesto en ella, dentro de quinto día. En caso contrario, certifíquese dicha circunstancia y pasen los antecedentes al Juzgado de Cobranza Laboral y Previsional. Dirigió la audiencia doña Carolina Donoso Ortega, Juez Titular (D) del 1° Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago. Se hace presente finalmente que se autoriza que en la transcripción de la presente sentencia se efectúe la corrección de yerros verbales, puntuación y numeración de considerandos y otros eventuales errores involuntarios, ocurridos en la dictación verbal de la sentencia sin que ello importe una modificación sustancial a los términos de la misma. Las partes quedan notificadas de las resoluciones dictadas en esta audiencia, conforme lo establece el artículo
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1° Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago ACTA DE AUDIENCIA ÚNICA PROCEDIMIENTO MONITORIO FECHA Santiago, 26 de marzo de 2025 RUC 24- 4-0598829-8 RIT M-3753-2024 CARATULADO Gatica / Banco de Crédito E Inversiones MAGISTRADO Carolina Donoso Ortega ADMINISTRATIVO DE ACTAS Claudia Fuentes Yessi HORA DE INICIO 09:12 HORA DE TERMINO 10:07 SALA 3.1 Nº REGISTRO DE AUDIO 2440598829-
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