2º Juzgado Civil de Temuco

MELLA/TESORERIA REGIONAL DE LA ARAUCANÍA

Rol

C-5331-2024

Fecha

22 de mayo de 2025

Materia

PRESCRIP.EXTINCIÓN DE ACCIONES, ADQUISICIÓN DE DERECHOS Y OT

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No especificado

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Hechos

VISTOS Con fecha 26 de septiembre de 2024 comparece la abogada doña Karin Mella Reyes, en representación de don Pedro Enrique Mella Córdova, comerciante, ambos domiciliados en calle Manuel Rodríguez 1265, Temuco, quien viene en interponer demanda en juicio ordinario de prescripción extintiva de las acciones de cobro de obligaciones tributarias en contra el Fisco de Chile- Servicio de Tesorería General de la República, representado para estos efectos por doña Claudia Andrea Guajardo Arriagada, en su calidad de Abogada Provincial, ambos domiciliados en calle Claro Solar Nº 885, Temuco, todo en virtud de los

Fundamentos

fundamentos de hecho y consideraciones de derecho que en su libelo expone. Con fecha 10 de octubre de 2024 consta notificación a la demandada de conformidad al artículo 44 del Código de Procedimiento Civil. Con fecha 01 de octubre de 2024 la demandada contesta la demanda. Con fecha 11 de noviembre de 2024 el demandante evacúa el trámite de réplica. Con fecha 25 de noviembre de 2024 se tiene por evacuada la dúplica en rebeldía de la demandada. Con fecha 08 de enero de 2025 se lleva a cabo audiencia de conciliación con la sola asistencia de la demandante, por lo que se tiene por frustrada. Con fecha 17 de enero de 2025 se recibe la causa a prueba, rindiéndose la que consta en autos. Con fecha 13 de marzo de 2025 se cita a las partes a oír sentencia. CON LO RELACIONADO Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, con fecha 26 de septiembre de 2024 la abogada doña Karin Mella Reyes, en representación de don Pedro Enrique Mella Córdova, comerciante, ambos domiciliados en calle Manuel Rodríguez 1265, Temuco, dedujo demanda en juicio ordinario de prescripción extintiva de las acciones de cobro de obligaciones tributarias en contra el Fisco de Chile-Servicio de Tesorería General de la República, representado para estos efectos por doña Código: FXXCXUXNGLR Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-5331-2024 Foja: 1 Claudia Andrea Guajardo Arriagada, en su calidad de Abogada Provincial, ambos domiciliados en calle Claro Solar Nº 885, Temuco, en base a los argumentos de hecho y derecho que expuso en su libelo, al siguiente tenor: “Por esta presentación de conformidad con lo dispuesto en los artículos 254 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, artículos 200 y 201 del Código Tributario y 2513 y siguientes del Código Civil, deduzco demanda de declaración de prescripción extintiva de la acción ejecutiva de cobro de las obligaciones tributarias que se individualizarán, en juicio ordinario declarativo y de condena en contra del Fisco de Chile, representado conforme lo dispone el artículo 186 del Código Tributario, por la Abogado del Servicio de Tesorerías, doña CLAUDIA ANDREA GUAJARDO ARRIAGADA, C.I 12.291.369-4, ambos con domicilio en calle Claro Solar Nº 885 primer piso, edificio Servicios Públicos de la comuna y ciudad de Temuco, a fin de que S.S. la acoja a tramitación, de lugar a ella en todas sus partes y declare prescrita la acción ejecutiva de cobro del Fisco de Chile, respecto de las obligaciones tributarias de dinero adeudadas por don PEDRO ENRIQUE MELLA CÓRDOVA, C.I: 8.816.310-9, descrita en la tabla del número 1 de esta demanda, en virtud de los argumentos de hecho y de derecho que expongo a continuación: ANTECEDENTES DE HECHO. 1. Que, según el Certificado de Deuda emitido por la Tesorería General de la República, a nombre de don Pedro Mella Córdova, le registra al día de hoy, como deudor de las siguientes obligaciones tributarias de dinero: 2.- Los impuestos individualizados en forma pr

Fallo

POR TANTO: De conformidad con lo expuesto, lo dispuesto en los artículos 200 y 201 del Código Tributario, artículos 2503, 2518 y 2521 del Código Civil y demás disposiciones aplicables al caso sub lite, RUEGO A S.S., tener por interpuesta demanda de prescripción extintiva de la acción ejecutiva de cobro en contra del Fisco de Chile, representado por la Abogado del Servicio de Tesorerías, doña CLAUDIA ANDREA GUAJARDO ARIAGADA, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 7, 186 del Código Tributario, ambos ya individualizados, acogerla a tramitación dar lugar a ella en todas sus partes, y 1) Declarar prescrita la acción ejecutiva de cobro de impuestos del Fisco de Chile, relativa a las obligaciones tributarias de dinero adeudadas por don PEDRO ENRIQUE MELLA CÓRDOVA, C.I: 8.816.310-9, reajustes, intereses, multas de las deudas contenidas en el folio señalado en el CERTIFICADO DE DEUDA 3168081. 2) Condenar al Fisco de Chile, a eliminar de la Cuenta Única Tributaria de don PEDRO ENRIQUE MELLA CÓRDOVA, C.I: 8.816.310-9, y de todo sistema afín o anexo a cargo de dicho Servicio, que dé cuenta de dicha morosidad, toda la información relativa a los Formularios y Folios debidamente individualizados en el cuerpo de esta demanda y que identifican ante el Servicio de Tesorerías, las obligaciones tributarias cuya Declaración de Prescripción de su acción de cobro, se ha demandado en estos autos. 3) Condenar al Fisco de Chile al pago de las costas de la presente causa. 4) O lo que S.S. s

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C-5331-2024 Foja: 1 FOJA: 28 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 2 Juzgado Civil de Temucoº CAUSA ROL : C-5331-2024 CARATULADO : MELLA/TESORERIA REGIONAL DE LA ARAUCAN AÍ Temuco, veintid s de mayo de dos mil veinticincoó VISTOS Con fecha 26 de septiembre de 2024 comparece la abogada doña Karin Mella Reyes, en representación de don Pedro Enrique Mella Córdova, comerciante, ambos domicil

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