YÁÑEZ/AGRICOLA SAN MARCELINO LIMITADA
Rol
C-30-2025
Fecha
22 de mayo de 2025
Materia
ARRENDAM.TERMINACIÓN INMEDIATA POR NO PAGO RENTAS O RECONVEN
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS: Que, en el folio 1, comparece don Miguel Antonio Podlech Romero, abogado, domiciliado en calle O Higgins Nr.401 de Curacaut n, en” í representaci n de don NELSON ANTONIO YA EZ TRONCOZO,ó Ñ agricultor, domiciliado en camino Santa In s Nr.155 de Curacaut n, eé í interpone demanda de t rmino de contrato de arrendamiento por no pagoé de rentas, en contra de AGRICOLA Y GANADERA SAN MARCELINO LTDA, Rut 76.216.800-6, domiciliada en fundo San Marcelino Hijuela 6, camino Curacaut n a Rio Blanco, sector Rio Blanco, representada por doní CRISTIAN LUIS PARRA OYARCE, c dula de identidad Nr.10.910.364-é 0, domiciliado en el predio Las Trancas km 25 camino Lautaro a Curacaut n.í Indica que con fecha 24 de Marzo de 2015 su representado don NELSON ANTONIO YA EZ TRONCOZO celebr un contrato deÑ ó arrendamiento con AGRICOLA Y GANADERA SAN MARCELINO LTDA, respecto del predio r stico denominado HIJUELA NUMERO 1 deú 17,72 h s , ubicado en km 23 camino Curacaut n a Rio Blanco, rol deá í aval o 208.417; y, respecto de acciones y derechos sobre el inmuebleú denominado HIJUELA NUMERO 2, de 17,93 h s, ubicada en km23á camino Curacaut n a Rio Blanco, rol de aval os 208-420 de Curacaut n,í ú í siendo la superficie arrendada de 35,65 h s.á Se ala qñ ue el inicio del arrendamiento se estipul el 01 de Marzo deó 2015, misma que se entender como t rmino de cada a o arrendado , por“ á é ñ ” Código: XJCKXUFJSKR Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Foja: 1 un per odo de 5 a os, renovable autom ticamente si no hay objeci n deí ñ “ á ó alguna de las partes .” El contrato, en consecuencia, rigi del 01.03.2015 al 01.03.2020. Poró no haber comunicaci n en sentido contrario se renov del 01.03.2020 yó ó termina el 01.01.2025. El arrendatario no ha pagado las rentas de los ltimos 5 a os queú ñ correspond an 200 fardos de tr bol rosado puestos en bodega del predio Laí é Laguna o su equivalente a la fecha en dinero (cl usula 7).á El valor d
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, con en estos antecedentes, se ha demandado la terminaci n de contrato de arrendamiento por no pago de rentas, pidiendoó se condene a este al pago de las siguientes sumas y prestaciones: Código: XJCKXUFJSKR Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Foja: 1 1) Que se acoja la demanda en todas sus partes. 2) Que se da por terminado el contrato de arrendamiento ya antes singularizado por no pago de las rentas. 3) Que se condene a la sociedad demandada a hacer pago de las rentas adeudadas, correspondiente a los cinco ltimos a os, que ascienden aú ñ la cantidad de 1000 fardos de pasto de tr bol rosado puesto en la Bodegaé del Arrendador o de su equivalente en dinero de $3.500.000 m s IVAá ($4.165.000), y las que se devenguen durante la tramitaci n del juicio, hastaó que se efect a la restituci n o el pago, m s los reajustes e intereses legalesú ó á que corresponda. 4) Que la demandada debe restituir la propiedad arrendada dentro de tercero d a totalmente desocupada, desde que el
Fallo
fallo causeí ejecutoria, bajo el apercibimiento de lanzamiento con el auxilio de la fuerza p blica.ú 5) Todo lo anterior con expresa condenaci n en costas.ó En subsidio, para el caso que el demandado enervara la acci n deó terminaci n del contrato, pagando en la oportunidad legal, y puesto que mió representado no desea perseverar en dicho contrato, para lo cual se requiere notificar al arrendatario de esta decisi n tal como se menciona en el mismoó contrato referido en lo principal, es que se solicita desde ya, con la notificaci n de la demanda, la notificaci n de la decisi n de no renovar eló ó ó contrato de arrendamiento a su t rmino, esto es, el 01.03.25.é Que, en el folio 7 con fecha 19 de marzo de 2025, se celebra audiencia de rigor, practic ndose las reconvenciones de pago, y se efect a elá ú llamado a conciliaci n, el que se tiene por frustrado y se tiene poró contestada la demanda en rebeld a.í Que, en el folio 10, se recibe la causa a prueba. Que, en el folio 17, se cita a las partes a o r sentencia.í CON LO RELACIONADO Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, con en estos antecedentes, se ha demandado la terminaci n de contrato de arrendamiento por no pago de rentas, pidiendoó se condene a este al pago de las siguientes sumas y prestaciones: Código: XJCKXUFJSKR Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Foja: 1 1) Que se acoja la demanda en todas sus partes. 2) Que se da por terminado el contrato de arrendamiento ya
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Foja: 1 FOJA: 18 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : Juzgado de Letras y Gar.de Curacautin CAUSA ROL : C-30-2025 CARATULADO : Y EZ/AGRICOLA SAN MARCELINOÁÑ LIMITADA Curacautin, veintid s de mayo de dos mil veinticincoó VISTOS: Que, en el folio 1, comparece don Miguel Antonio Podlech Romero, abogado, domiciliado en calle O Higgins Nr.401 de Curacaut n, en” í representaci n de don NELSON
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