DUNNER/
Rol
V-26-2025
Fecha
22 de mayo de 2025
Materia
DONAR O INSINUACIÓN, AUTORIZACIÓN PARA
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS Y TENIEND PRESENTE: Que, con fecha 29 de enero de 2025, comparece don Alfredo Dünner Martin, casado y separado totalmente de bienes, ingeniero agrónomo, cedula de identidad N°4.420.488-6, domiciliado en Avenida Quilín N°5980, comuna de Peñalolén, respetuosamente señala: Que viene en solicitar autorización pata donar a título de mera liberalidad, los derechos que poseo en la propiedad que más adelante se indica, a mis tres hijos, MARÍA ALEJANDRA DÜNNER PLANELLA, ROLANDO DÜNNER PLANELLA y GABRIELA DÜNNER PLANELLA; todo, en mérito de los antecedentes que expongo a continuación. Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 889 Nº1 del Código de Procedimiento Civil, se individualiza a continuación al donante y a los donatarios: Donante: ALFREDO DÜNNER MARTIN, chileno, casado y separado totalmente de bienes, ingeniero agrónomo, cédula nacional de identidad N°4.420.488-6, domiciliado en Avenida Quilín N°5.980, comuna de Peñalolén, Santiago. Donatarios: 1.- MARÍA ALEJANDRA DÜNNER PLANELLA, chilena, casada y separada totalmente de bienes, médico cirujano, cédula nacional de identidad N°12.123.897-7, domiciliada en camino El Almendral N°6.150, comuna de Peñalolén, Santiago; 2.- ROLANDO DÜNNER PLANELLA, chileno, casado y separado totalmente de bienes, ingeniero civil eléctrico, cédula nacional de identidad N°13.472.782-9, domiciliado en Avenida Hernando de Aguirre N°731, departamento N°401, comuna de Providencia, Santiago, y 3.- GABRIELA DÜNNER PLANELLA, chilena, soltera, ingeniera agrónoma, cédula nacional de Código: BPZMXUXLWLR Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl identidad N°14.169.478-2, domiciliada en calle Juan Palau N°1.679, comuna de Las Condes, Santiago. Su intención es donar a sus tres hijos, María Alejandra Dünner Planella, Rolando Dünner Planella y Gabriela Dünner Planella, en partes iguales, la totalidad de los derechos de dominio que me corresponden en el inmueble ubicado con frente
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que con la solicitud de folio 1 se persigue que el Tribunal, de acuerdo con los artículos 1386 y siguientes del Código Civil, y a título de mera liberalidad, autorice la donación de bienes de don Alfredo Dünner Martin Para Donar, a sus Tres Hijos: María Alejandra Dünner Planella, Rolando Dünner Planella Y Gabriela Dünner Planella, todos ya individualizados, en partes iguales, la totalidad de los derechos que rolan inscritos a mi nombre a fojas 31.048 Nº27.192 del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, del año 1996 y que equivalen a un 50% de la totalidad de los derechos de dominio que recaen sobre inmueble ubicado con frente a la Avenida Américo Vespucio número cuatro mil cien, comuna de Peñalolén, Región Metropolitana. SEGUNDO: Que acompaño a los autos los siguientes antecedentes Por el primer otrosí del libelo de folio 1; 1.-Certificado de nacimiento de doña MARÍA ALEJANDRA DÜNNER PLANELLA; 2.- Certificado de nacimiento de don ROLANDO DÜNNER PLANELLA; 3.- Certificado de nacimiento de doña GABRIELA DÜNNER PLANELLA; 4.- Copia de inscripción con vigencia emitida por el Conservador de Bienes Raíces de Santiago, del inmueble que se pretende donar y que acredita el dominio del donante sobre la referida propiedad, y 5.- Certificado de avalúo fiscal del Lote Dos de la figura llamada “situación propuesta” del plano de subdivisión respectivo, comuna de Peñalolén, Región Metropolitana, emitido al primer semestre del año 2025. A folio 11, con fecha 28 de marzo de 2025, acompaña certificado de pago del impuesto a la donación. TERCERO: Que, para un acertado análisis de la solicitud de folio uno, es necesario precisar las normas que regulan la materia, sobre el particular, en primer término es menester indicar el artículo 1386 del Código Civil que define la donación en los siguientes términos: “La donación entre vivos es un acto por el cual una persona transfiere gratuita e irrevocablemente una parte de sus bienes a otra persona, que la acepta”; a su turno el artículo 1198 del mismo cuerpo legal Código: BPZMXUXLWLR Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl dispone: “Todos los legados, todas las donaciones, sean revocables o irrevocables, hechas a un legitimario, que tenía entonces la calidad de tal, se imputarán a su legítima, a menos que en el testamento o en la respectiva escritura o en acto posterior auténtico aparezca que el legado o la donación ha sido a título de mejora.”. El artículo 1407 señala: “Las donaciones a título universal, sean de la totalidad o de una cuota de los bienes, exigen, además de la insinuación y del otorgamiento de escritura pública, y de la inscripción en su caso, un inventario solemne de los bienes, so pena de nulidad. El 1408 indica: “El que hace una donación de todos sus bienes deberá reservarse lo necesario para su congrua subsistencia; y si omitiere hacerlo, podrá en todo tiempo obligar al donatario a que, de los
Fallo
se declara que: Ha lugar a la solicitud de autos, autorizándose la donación de acuerdo con los artículos 1386 y siguientes del Código Civil, a título de mera liberalidad, don Alfredo Dünner Martin, cedula de identidad N°4.420.488-6, a sus hijos: María Alejandra Dünner Planella, cedula de identidad N°12.123.897-7; Rolando Dünner Planella, cedula de identidad N°13.472.782-9 y Gabriela Dünner Planella, cedula de identidad N°14.169.478-2, en partes iguales, la totalidad de los derechos que rolan inscritos a su nombre de fojas 31.048 Nº27.192 del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, del Código: BPZMXUXLWLR Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl año 1996 y que equivalen a un 50% de la totalidad de los derechos de dominio que recaen sobre inmueble ubicado con frente a la Avenida Américo Vespucio número cuatro mil cien, comuna de Peñalolén, Región Metropolitana. Notifíquese, regístrese y archívese en su oportunidad. Rol V-26-2025.- DICTADA POR DOÑA LILIAN LIZANA TAPIA JUEZ SUPLENTE.- AUTORIZA MARIO ROJAS GALLEGUILLOS SECRETARIO SUBROGANTE.- Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Santiago, veintid s de mayo de dos mil veinticincoó Código: BPZMXUXLWLR Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2025-05-22T13:16:24-0400
Texto Completo (Preview)
FOJA: 12 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 28 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : V-26-2025 CARATULADO : DUNNER/ Santiago, veintid s de mayo de dos mil veinticincoó VISTOS Y TENIEND PRESENTE: Que, con fecha 29 de enero de 2025, comparece don Alfredo Dünner Martin, casado y separado totalmente de bienes, ingeniero agrónomo, cedula de identidad N°4.420.488-6, domiciliado en Avenida
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