9º Juzgado Civil de Santiago

MAYORGA/

Rol

V-304-2024

Fecha

20 de mayo de 2025

Materia

OTROS VOLUNTARIOS

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS: Comparece Mar a Cristina Hern ndez Mayorga, singerista, ení á representaci n de Elba Mayorga Gonz lez, pensionada, ambas domiciliadasó á en calle Disputada N 1.287, comuna de Pudahuel, solicitando se notifique a° Maribel Nora Pailahueque Vidal, desconoce profesi n u oficio, domiciliadaó en calle Ri ihue N 1.381, comuna de Pudahuel, para la aceptaci n oñ ° ó repudio de una herencia. Indica que el 29 de diciembre de 2020 falleci Carlos Gregorioó Pailahueque Vidal, padre de Maribel Nora Pailahueque Vidal. Por resoluci n del Servicio de Registro Civil e Identificaci nó ó inscripci n N 93331 de 2023 se concedi la posesi n efectiva de la herenciaó ° ó ó intestada del causante a sus herederos: su hija antes individualizada y su c nyuge sobreviviente Elba Mayorga Gonz lez.ó á Este ltimo tiene el leg timo inter s en que se hagan en formaú í é compartida las gestiones correspondientes al cuidado y conservaci n sobreó los bienes cuya posesi n efectiva fue concedida, junto a la posibleó liquidaci n de la herencia. La nica manera de proceder con estos actos esó ú que previamente Maribel Nora Pailahueque se pronuncie sobre si acepta o repudia la herencia de Carlos Gregorio Pailahueque en su calidad de heredera abintestato.

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que la aceptaci n de una herencia es un actoó jur dico por el cual una persona llamada por la ley o por voluntad delí causante a una sucesi n, asume la calidad de heredero.ó SEGUNDO: Que el inciso 1 del art culo 1225 del C digo Civil° í ó establece que todo asignatario puede aceptar o repudiar libremente la sucesi n.ó Por otra parte, en lo pertinente, el inciso 1 del art culo 1232 dispone° í que Todo asignatario ser obligado, en virtud de demanda de cualquier“ á Código: DJRLXURXQHQ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl persona interesada en ello, a declarar si acepta o repudia; y har estaá declaraci n dentro de los cuarenta d as subsiguientes al de la demanda .ó í ” TERCERO: Que la solicitante acompa duplicado de la posesi nñó ó efectiva de la herencia quedada al fallecimiento de Carlos Gregorio Pailahueque Pailahueque, donde consta que sus herederas son Maribel Nora Pailahueque Vidal y la solicitante. CUARTO: Que, notificada personalmente la solicitud de autos, Maribel Nora Pailahueque Vidal compareci y manifest que aceptaba laó ó herencia. En consecuencia y visto, adem s, lo dispuesto en los art culos 817 yá í siguientes del C digo de Procedimiento Civil, se tiene por aceptada laó herencia habida al fallecimiento de Carlos Gregorio Pailahueque Pailahueque por parte de Maribel Nora Pailahueque Vidal. Reg strese, notif quese y arch vese en su oportunidad.í í í Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Santiago, veinte de mayo de dos mil veinticinco. Código: DJRLXURXQHQ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2025-05-20T08:25:48-0400

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NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 9 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : V-304-2024 CARATULADO : MAYORGA/ Santiago, veinte de mayo de dos mil veinticinco. VISTOS: Comparece Mar a Cristina Hern ndez Mayorga, singerista, ení á representaci n de Elba Mayorga Gonz lez, pensionada, ambas domiciliadasó á en calle Disputada N 1.287, comuna de Pudahuel, solicitando se notifique a° Maribel Nora

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