Juzgado de Letras y Gar.de Coelemu

BINIMELIS/ASCENCIO

Rol

C-110-2023

Fecha

3 de junio de 2025

Materia

REIVINDICACIÓN

Resultado

No especificado

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Hechos

NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : Juzgado de Letras y Gar.de Coelemu CAUSA ROL : C-110-2023 CARATULADO : BINIMELIS/ASCENCIO Coelemu, tres de junio de dos mil veinticinco. VISTOS. A folio 1 con fecha de 31 de julio de 2023, comparece do a Bristelañ Del Carmen Binimelis Binimelis, due a de casa, viuda, domiciliada en Calleñ Col n N 52, Poblaci n Villa El Conquistador, comuna de Coelemu, quienó ° ó interpone demanda de reivindicaci n en contra de don V ctor Reneó í Ascencio Binimelis, agricultor, con domicilio en el sector El Calabozo S/N, comuna de Coelemu. A folio 30 consta contestaci n de la demanda y acci nó ó reconvencional. A folio 32 se evac a el tr mite de r plica y contestaci n de laú á é ó demanda reconvencional. A folio 34 se evac a el tr mite de d plica y r plica de la demandaú á ú é reconvencional. A folio 37 se tiene por evacuado en rebeld a el tr mite de d plica deí á ú la demanda reconvencional. A folio 43, llamadas las partes a conciliaci n, esta no se produce.ó A folio 44 se recibi la causa a prueba.ó A folio 66 se cita a las partes a o r sentencia.í CONSIDERANDO. 1 .-° Que, en lo principal de folio 1, compareci do a Bristela Deló ñ Carmen Binimelis Binimelis, due a de casa, viuda, con domicilio en calleñ Colon n mero 52, Poblaci n Villa El Conquistador, comuna de Coelemu,ú ó quien, en procedimiento ordinario, interpone demanda de reivindicaci n enó contra de don Victor Rene Ascencio Binimelis, agricultor, con domicilio en el sector El Calabozo sin n mero, comuna de Coelemu, funda su demandaú en los siguientes antecedentes: Manifiesta ser due a y poseedora inscrita de un inmueble ruralñ ubicado en el sector denominado Calabozo de la comuna de Coelemu, ex“ ” provincia de uble, ex Regi n del Biob o, actual provincia de Itata, yÑ ó í Regi n de uble, de una superficie aproximada de dos coma sesenta yó Ñ Código: ETLRXVKBBDW Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl nueve hect reas,

Fundamentos

motivos anteriores, no encontr ndose acreditados los requisitos que hacen procedente la acci ná ó principal deducida, ella ser rechazada.á En cuanto a la demanda reconvencional de prescripci nó . 12 .-° En lo relativo a la demanda reconvencional de prescripci nó adquisitiva ordinaria deducida por el demandado V ctor Rene Ascencioí Binimelis, fundada en los mismos argumentos de hecho vertidos en su contestaci n principal, esto es, invocando un t tulo que le habr a otorgado laó í í posesi n del bien que ocupa materialmente, ste no podr a haber dadoó é í origen a ning n tipo de posesi n, conforme al art culo 2505 del C digoú ó í ó Civil, que establece una regla absoluta en cuanto a que contra un t tuloí inscrito, como en el que se apoya la demandante y demandada reconvencional, no tiene lugar ninguna prescripci n adquisitiva sobre bienesó ra ces.í En efecto, esta ltima disposici n es especial frente a la del 2510 delú ó mismo cuerpo normativo que regula la prescripci n extraordinaria, puestoó que se refiere exclusivamente a inmuebles inscritos. Código: ETLRXVKBBDW Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl En raz n de lo anterior, la pretensi n del demandante reconvencionaló ó no puede ser acogida, y en consecuencia, ser rechazada tal como se dir ená lo resolutivo del presente fallo. 13 .-° Que, la restante prueba anotada en los motivos octavo y noveno, en lo no considerado, en nada altera lo que se viene diciendo y solo se menciona para los efectos procesales pertinentes.

Fallo

Por estas consideraciones y visto, adem s, lo dispuesto por losá art culos 700, 889, 890, 915, 1698, 1700, 1706, 2492, 2505, 2506, 2507,í 2508, 2510, 2511 y siguientes del C digo Civil y art culos 144, 159, 160,ó í 170, 342, 346, 426 y siguientes del C digo de Procedimiento Civil, seó declara: I.- Que, se rechaza, sin costas, la demanda reivindicatoria deducida por do añ Bristela Del Carmen Binimelis Binimelis en contra de don V ctorí Rene Ascencio Binimelis. II.- Que, se rechaza, sin costas, la demanda reconvencional de prescripci n adquisitiva ordinaria, deducida por don V ctor Rene Ascencioó í Binimelis en contra de do a Bristela Del Carmen Binimelis Binimelis.ñ III.- Que cada parte pagar sus costas, por estimar este tribunal queá ninguna de las partes ha sido totalmente vencida en juicio y por haber tenido ambas partes motivos plausibles para litigar. An tese, Reg strese, Notif quese y arch vese en su oportunidad. -ó í í í ROL C-110-2023 Pronunciada por do a ñ Natalia In s Sandoval Jaraé , Juez Suplente del Juzgado de Letras y Garant a de Coelemu.í Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C., en Coelemu, tres de junio de dos mil veinticinco, se notific por el estado diario, la resoluci n precedente.ó ó Código: ETLRXVKBBDW Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2025-06-03T15:47:33-0400

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NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : Juzgado de Letras y Gar.de Coelemu CAUSA ROL : C-110-2023 CARATULADO : BINIMELIS/ASCENCIO Coelemu, tres de junio de dos mil veinticinco. VISTOS. A folio 1 con fecha de 31 de julio de 2023, comparece do a Bristelañ Del Carmen Binimelis Binimelis, due a de casa, viuda, domiciliada en Calleñ Col n N 52, Poblaci n Villa El Conquistador, comuna de Coelemu, qu

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