1º Juzgado de Letras de Ovalle

COPEC S.A/SOC COMERCIAL IMPORTADORA Y EXPORTADORA DICAVE LIMITADA

Rol

C-1011-2024

Fecha

19 de mayo de 2025

Materia

OTROS EJECUTIVOS

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS: Con fecha 28 de agosto de 2024, comparece do a ñ In s Eugenia Robles Carrasco,é c dula de identidad N 17.559.911-8é ° , abogada, domiciliada en la Avenida Err zurizá N 1178, Edificio Olivari, Piso 7, Oficina 74, Valpara so, en representaci n convencional° í ó como mandataria judicial de COPEC S.A., RUT 99.520.000-7, del giro Distribuidora de Combustibles, Servicio de Carga El ctrica y Exportaci n, representada legalmenteé ó por don Juan Carlos Balmaceda Pe afiel, c dula de identidad N 13.241.980-9, abogado,ñ é ° ambos para estos efectos, del mismo domicilio, se alando que en la representaci n queñ ó inviste, deduce demanda ejecutiva en contra de SOCIEDAD COMERCIAL IMPORTADORA Y EXPORTADORA DICAVE LIMITADA, RUT 77.990.270-6, representada por don Diomedes Primitivo Cruz Solorzano, c dula deé identidad N 14.627.660-1, cuya profesi n u oficio desconoce, ambos con domicilio en la° ó Av. La Paz N 1319, Ovalle, en atenci n a los

Fundamentos

fundamentos de hecho y de derecho que° ó expone. Informa que consta en copia de avenimiento, acompa ada en un otros que, conñ í fecha 12 de febrero de 2024, las partes habr an arribado a un avenimiento,í materializado en id ntica fecha, aprobado por resoluci n de fecha 15 de febrero deé ó 2024, emitida por este tribunal en causa ROL C-571-2022, caratulada COPEC S.A./“ SOC COMERCIAL IMPORTADORA Y EXPORTADORA DICAVE LIMITADA ,” agregado a fojas 35 y 36 de los referidos autos, el que fue del siguiente tenor, a saber: 1. Que, la sociedad SOC COMERCIAL IMPORTADORA Y EXPORTADORA DICAVE LIMITADA, representada por su abogado don ADOLFO LAY MONTALV N,Á reconoci adeudar a COPEC S.A., la suma de $19.304.676ó (diecinueve millones trescientos cuatro mil seiscientos setenta y seis pesos). 2. Que, se acord la soluci n del capital adeudadoó ó , oblig ndose la demandada aá pagar la deuda mediante 36 cuotas iguales, mensuales y sucesivas de $536.241 (quinientos treinta y seis mil doscientos cuarenta y un pesos), cada una, con vencimiento los d as 5 de cada mes, comenzando el pago de la primera cuota el d a 5 de febrero deí í 2024, hasta el d a 05 de enero de 2027, ambas fechas inclusive.í Código: LTGXXUTDFUP Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-1011-2024 Foja: 1 3. Que, en su cl usula tercera las partes convinieron en que, si la fecha de pagoá recayera en d a s bado, domingo o festivo, la respectiva cuota se pagar a al d a h bilí á í í á siguiente. Las cuotas deber an ser depositadas y/o transferidas electr nicamente, alí ó Banco de Cr ditos e Inversiones (BCI), Cuenta Corriente N 86423967, a nombre deé º Hadad y Asociados Profesionales Ltda., RUT 78.643.080-1, debiendo enviar copia al correo electr nico recepci n@hadadyasociados.cl de los respectivos dep sitos y/oó ó ó transferencias electr nicas o enviar por correo certificado a la oficina ubicada en Avenidaó Err zuriz 1178, Edificio Olivari, Piso 7, Oficina 74, Valpara so.á í 4. Que, se estipul en su cl usula cuarta, que el no pago de una cualquiera de lasó á cuotas de la cl usula dos del avenimiento, por un periodo m ximo de 15 d as desde suá á í vencimiento, dejar a sin efecto el avenimiento y har a exigible el total adeudado como sií í fuera de plazo vencido, deveng ndose desde entonces, el inter s penal m ximo que la leyá é á permita estipular, quedando facultado el demandante para continuar con la presente ejecuci n hasta hacerse entero y cumplido pago de lo adeudado, m s intereses y costas.ó á 5. Que, se estipul expresamente que con dicho instrumento no se nova la deuda.ó Luego, informa que esta parte viene en reconocer un cumplimiento parcial del avenimiento, el cual asciende al monto de $2.252.964 (dos millones doscientos cincuenta y dos mil novecientos sesenta y cuatro pesos). Refiere que la contraria s lo pag la suma de $2.252.964 (dos millones doscientosó ó cincuenta y dos mil novecientos sesenta y cuatro pesos), correspondiente a

Fallo

se declararon admisibles las excepciones y se recibi la causa a prueba fij ndose los hechos sustanciales, pertinentes y controvertidosó á que en dicha resoluci n se expresan.ó Con fecha 20 de marzo de 2025, se cit a las partes a o r sentencia.ó í CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, en estos autos se busca determinar si el t tulo re ne losí ú requisitos o condiciones establecidos por las leyes para que tenga fuerza ejecutiva y si efectivamente se concedieron esperas o pr rrogas del plazo, conforme a la interlocutoriaó de prueba de folio 21. Código: LTGXXUTDFUP Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-1011-2024 Foja: 1 SEGUNDO: Que, de acuerdo con lo establecido por el art culo 1698 del C digoí ó Civil incumbe probar las obligaciones o su extinci n al que alega aquellas o sta. ó é TERCERO : Que, dicho lo anterior, corresponde ahora pronunciarse sobre las excepciones opuestas por la parte demandada a la ejecuci n, siendo la primera de estas,ó la del N 7 del art culo 464 del C digo de Procedimiento Civil, esto es, la falta de algunoº í ó de los requisitos o condiciones establecidos por las leyes para que dicho t tulo tengaí fuerza ejecutiva sea absolutamente, sea con relaci n al demandado, ó fundada en que el avenimiento que sirve de t tulo ejecutivo habr a quedado sin efecto conforme a laí í cl usula cuarta del mismo avenimiento. á Del m rito de autos, se advierte que a folio 1 a la demanda de autos, seé acompa por la parte

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C-1011-2024 Foja: 1 FOJA: 33 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 1 Juzgado de Letras de Ovalleº CAUSA ROL : C-1011-2024 CARATULADO : COPEC S.A/SOC COMERCIAL IMPORTADORA Y EXPORTADORA DICAVE LIMITADA Ovalle, diecinueve de mayo de dos mil veinticinco. VISTOS: Con fecha 28 de agosto de 2024, comparece do a ñ In s Eugenia Robles Carrasco,é c dula de identidad N 17.559.911-8é ° , abogada, d

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