LIMP FACILITY SERVICES S.A./IPT CORDILLERA
Rol
I-2-2025
Fecha
21 de marzo de 2025
Materia
Reclamo Multa Administrativa
Resultado
No especificado
Hechos
Hechos no controvertidos: 1. Que la demandante en el comparendo de conciliación exhibió al ente fiscalizador carta de aviso término relación laboral de fecha 8 de noviembre de 2024 por inasistencia de la trabajadora. 2. Que la trabajadora prestaba usualmente sus servicios en Inmobiliaria Plaza Providencia ubicado en AV. Pedro de Valdivia N°2219, Providencia y en el mes de noviembre prestó servicios en Lorena N°1255, Providencia. 3. Que respecto de este domicilio (Lorena N°1255), no hay un anexo de cambio de domicilio. 4. Que es solo una trabajadora la afectada.-. Hechos controvertidos: Se fijan como hechos sustanciales, pertinentes y controvertidos los siguientes: 1. efectividad que la Resolución de multa Nº4541/24/351 de fecha 27 de noviembre de 2024, contiene error de hecho que haga procedente dejarla sin efecto o en subsidio rebajarla MEDIOS DE PRUEBA Reclamante ofrece e incorpora el siguiente medio de prueba: Documental reclamante: 1. Resolución de multa Nº4541/24/351 de fecha 27 de noviembre de 2024 2. Correo electrónico de fecha 13 de diciembre de 2024 que notifica la multa reclamada. 3. Carta de aviso de término de contrato de trabajo de fecha 29 de abril de 2024 por necesidades de la empresa junto a su comprobante de envío emitido por correos de chile de igual fecha y comprobante de aviso a la DT. 4. Carta de término de servicios comerciales de fecha 29 de agosto de 2024. 5. Carta de término de contrato de trabajo de fecha 08 de noviembre de 2024 de la trabajadora objeto de la multa por no concurrencia, junto a su comprobante de envío emitido por correos de chile de igual fecha y comprobante de aviso a la DT. 6. Anexo de contrato de trabajo de fecha 01 de enero de 2024. 7. Libro de remuneraciones de los meses de octubre y noviembre de 2024 con total de trabajadores y su constancia de ingreso a la Dirección del Trabajo. 8. Registros de multas ejecutoriadas de la empresa obtenido desde el portal de la DT. 9. Licencias médicas de todo el año 2024 de l
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, el reclamo judicial es interpuesto por la empresa Limp Facility Services S.A., representada por la abogada María Paz Fuenzalida Catalán, en contra de una resolución de multa administrativa emitida por la Inspección Provincial del Trabajo Cordillera. Antecedentes del Reclamo: La multa fue cursada el 27 de noviembre de 2024, Resolución Nº 4541/24/351 por no consignar por escrito la modificación del lugar de trabajo de la trabajadora Tatiana Egaly Suarez Verdugo, RUT: 11.226.999-1). - La trabajadora ingresó a la empresa el 6 de octubre de 2023 como auxiliar de aseo, con un contrato a plazo fijo que fue renovado y luego transformado en indefinido a partir del 1 de enero de 2024. Originalmente, la trabajadora prestaba servicios en Viajes Falabella (Las Condes), pero luego se modificó su lugar de trabajo a Inmobiliaria Plaza Providencia (Providencia) mediante un anexo firmado el 22 de noviembre de 2023. - El 30 de septiembre de 2024, el cliente (Inmobiliaria Plaza Providencia) terminó el contrato comercial con Limp Facility Services S.A., lo que generó un problema con el lugar de trabajo de la empleada. Situación de la Trabajadora - El 29 de abril de 2024, se notificó a la trabajadora el término de su contrato por necesidades de la empresa, con un aviso previo de 30 días (término efectivo el 30 de mayo de 2024). - Sin embargo, la trabajadora comenzó a emitir licencias médicas continuas que interrumpieron el plazo del aviso previo, extendiendo su término hasta noviembre de 2024. Durante este período, el cliente donde prestaba servicios terminó el contrato comercial, por lo que la empresa ya no contaba con esa instalación. La trabajadora se reincorporó el 7 de octubre de 2024, pero como no había instalación disponible, se decidió que trabajara en la casa matriz de la empresa, Lorena 1255, Providencia durante el tiempo restante del aviso previo. Finalmente, la trabajadora fue desvinculada el 5, 6 y 7 de noviembre de 2024 por ausencias injustificadas (artículo 160 Nº3 del Código del Trabajo). Fundamentos del Reclamo: La empresa argumenta que hubo un error de hecho al cursar la multa, ya que no se pudo escriturar el cambio de lugar de trabajo porque la trabajadora ya no prestaba servicios al momento de la fiscalización 27 de noviembre de 2024. Además, se señala que la multa de 40 UTM ($2.665.120) es excesiva, ya que la empresa no tiene antecedentes de multas recurrentes o reincidencias. La empresa solicita que se deje sin efecto la multa o, en su defecto, que se rebaje al mínimo legal. SEGUNDO: Que, la demandada, contestó la demanda solicitando su completo rechazo, todo con expresa condenación en costas, en virtud de los antecedentes de hecho y derecho que expone: I. LOS HECHOS: Qué en el comparendo por reclamo por despido deducido por la trabajadora en contra de su ex empleador se verificó el día 26 de noviembre del año 2024, comparendo donde se exhibe documental consistente en contrato individual de trabajo, domicilio
Fallo
SE DECLARA: I.- Que ACOGE PARCIALMENTE el reclamo deducido por Limp Facility Services S.A., representada legalmente por doña María Paz Fuenzalida Catalán, en contra de la Inspección Provincial del Trabajo de Cordillera, ya individualizada y, en consecuencia, SE DECLARA que la Resolución de Multa Administrativa N°4541.2024.351 de fecha 27.11.2024, está exenta de error de hecho que haga procedente dejarla sin efecto, regulándose su cuantía a la cantidad de 5 UTM. II.- Que no se condena en costas a la parte demandada por no resultar totalmente vencida. Regístrese, archívese en su oportunidad, quedando las partes notificadas de esta sentencia en este acto. RIT N°: I -2-2025. RUC N°: 25-4-0635844-8 Dictada por doña MOIRA PAOLA RAMÍREZ VALENZUELA, Juez Titular del Juzgado de Letras del Trabajo de Puente Alto.
Texto Completo (Preview)
ACTA DE AUDIENCIA UNICA DE CONCILIACIÓN Y PRUEBA DE PROCEDIMIENTO RECLAMO FECHA 21/03/2025 RUC 25-4-0635844-8 RIT I-2-2025 MAGISTRADO MOIRA RAMIREZ VALENZUELA ADMINISTRATIVO DE ACTAS EVELYN RODRIGUEZ LAVADOS HORA DE INICIO 10.04 Horas HORA DE TERMINO 13.20 Horas Nº REGISTRO DE AUDIO 2540635844-8-1363-210325-00-01-AU MODALIDAD Presencial SALA 3 PARTE RECLAMANTE COMPARECIENTE L
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