BANCO INTERNACIONAL/PAUZOCA
Rol
C-22828-2024
Fecha
16 de mayo de 2025
Materia
PAGARÉ, COBRO DE
Resultado
No especificado
Hechos
Vistos: Con fecha 27 de diciembre de 2024 comparece do a Hedy Mattheiñ Fornet, abogada, mandataria judicial, domiciliada en calle Miraflores 130, piso 27, comuna de Santiago, correo electr nicoó notificacionbancointer@hmycia.com, en representaci n convencional deó Banco Internacional, sociedad an nima bancaria, cuyo representante legaló es su Gerente General don Mario Chamorro Carrizo, c dula de identidadé N 7.893.316-K, ingeniero comercial, todos domiciliados en calle Miraflores° 130, piso 27, comuna de Santiago, quien deduce demanda ejecutiva en contra de don Marco Antonio Pauzoca Contreras, c dula de identidadé N 18.538.788-7, ignora profesi n u oficio, domiciliado en Pasaje 3 de° ó febrero, comuna de Pedro Aguirre Cerda. Con fecha 07 de enero de 2025, se orden despachar mandamientoó de ejecuci n y embargo.ó Con fecha 17 de febrero de 2025, el ejecutado opuso las excepciones de los numerales d cimo primero, s ptimo, d cimo cuarto y cuarto delé é é art culo 464 del C digo de Procedimiento Civil.í ó Con fecha 11 de marzo de 2025, se declararon admisibles las excepciones y, con su m rito, se recibi la causa a prueba.é ó Código: FXZPXUKSJZX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl mailto:notificacionbancointer@hmycia.com C-22828-2024 Foja: 1 Con fecha 28 de abril de 2025, encontr ndose la causa en estado, seá cit a las partes a o r sentencia.ó í Considerando. Primero: Que, do a Hedy Matthei Fornet, mandataria judicial, enñ representaci n convencional de Banco Internacional, cuyo representanteó legal es su Gerente General don Mario Chamorro Carrizo, deduce demanda ejecutiva en contra de don Marco Antonio Pauzoca Contreras, todos ya individualizados. Indica que el demandado es deudor vencido de los siguientes pagar s:é 1.- Pagar de monto capital equivalente a 133,8035 Unidades deé Fomento, con vencimiento para el d a 28 de noviembre de 2024.í 2.- Pagar de monto capital equivalente a 14,8671 Unidades deé Fo
Fundamentos
fundamentos de la excepci n en comento apareceó que la ejecutada no se ala los vicios de nulidad del que adolecer a lañ í obligaci n para ser susceptible de dicha sanci n civil, sino m s bien viene aó ó á atacar un Contrato de Apertura de L nea de Cr dito para Estudiantes deí é Educaci n Superior con Garant a Estatal y que el pagar haya sido llenadoó í é en contravenci n a los momentos en que debe ser llenado de acuerdo a laó Ley N 20.027, hechos los cuales no han sido acreditados en estos autos,° razones suficientes para su rechazo sin m s consideraciones.á iv.- En cuanto a la excepci n del numeral cuarto del art culoó í 464 del C digo de Procedimiento Civil:ó Código: FXZPXUKSJZX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-22828-2024 Foja: 1 D cimo sé ptimo: é Que, la ineptitud del libelo ha de ser analizada como una excepci n que apunta al cumplimiento de los requisitosó establecidos en el art culo 254 del C digo de Procedimiento Civil. í ó Ha de afirmarse que la demanda es un acto procesal de imputaci nó de conductas asociadas a consecuencias jur dicas, de ah la necesidad de queí í sea absolutamente clara y precisa, pues es a partir de ella que se construye la defensa de la parte demandada. De no existir una debida claridad en aquella lo que se est conculcando es el derecho a defensa, elemento queá forma parte esencial de un debido proceso. D cimo é octavo: Que, atendido lo reci n expuesto y de una atentaé lectura del libelo cuestionado es posible constatar que la demanda de autos cumple cabalmente los requisitos establecidos en el art culo 254 del C digoí ó de Procedimiento Civil. De hecho, las alegaciones de la demandada no dicen relaci n con la falta de antecedentes que, del simple estudio de laó demanda, aparecen de manifiesto en ella, por ello no se vislumbra ineptitud alguna, siendo del todo impertinente el fundamento planteado por el ejecutado, m s a n si se tiene en consideraci n sus propias alegaciones, lasá ú ó que dan cuenta del cabal entendimiento respecto de las pretensiones deducidas por la ejecutante. A mayor abundamiento, la jurisprudencia reiteradamente ha se aladoñ que se entiende que un libelo es inepto en s , cuando omiti ndose alguno deí é los requisitos establecidos en el art culo 254 ya citado, aquel se torna vago,í confuso e ininteligible en t rminos tales que hagan imposible a losé demandados plantear sus defensas. En el caso de autos, del estudio del l belo se desprende que el actorí cumple con todos los requisitos del art culo 254 del C digo deí ó Procedimiento Civil, y teniendo en consideraci n que dichos requisitos sonó normas de car cter formal que debe contener la demanda, lo que no diceá relaci n a los argumentos esgrimidos por la ejecutada que vienen a atacar laó efectividad de los datos entregados por el actor, hechos que deben ser alegados por los medios procesales que corresponda, se estar por rechazará la excepci n.ó Código: FXZPXUKSJZX Este doc
Fallo
se declararon admisibles las excepciones y, con su m rito, se recibi la causa a prueba.é ó Código: FXZPXUKSJZX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl mailto:notificacionbancointer@hmycia.com C-22828-2024 Foja: 1 Con fecha 28 de abril de 2025, encontr ndose la causa en estado, seá cit a las partes a o r sentencia.ó í Considerando. Primero: Que, do a Hedy Matthei Fornet, mandataria judicial, enñ representaci n convencional de Banco Internacional, cuyo representanteó legal es su Gerente General don Mario Chamorro Carrizo, deduce demanda ejecutiva en contra de don Marco Antonio Pauzoca Contreras, todos ya individualizados. Indica que el demandado es deudor vencido de los siguientes pagar s:é 1.- Pagar de monto capital equivalente a 133,8035 Unidades deé Fomento, con vencimiento para el d a 28 de noviembre de 2024.í 2.- Pagar de monto capital equivalente a 14,8671 Unidades deé Fomento, con vencimiento para el d a 28 de noviembre de 2024.í Se ala que la sumatoria de los montos de capital ya referidos y por elñ cual se solicita se despache mandamiento de ejecuci n y embargo, asciendeó a 148,6706 Unidades de Fomento, equivalentes en moneda nacional al d aí de vencimiento, esto es al d a 28 de noviembre de 2024, a la suma deí $5.682.570.- Explica que en los documentos antes se alados se estipul que elñ ó capital adeudado devengar a contar del 28 de noviembre de 2024 y hastaá la fecha de su pago efectivo, intereses a la t
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C-22828-2024 Foja: 1 FOJA: 19 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 16 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : C-22828-2024 CARATULADO : BANCO INTERNACIONAL/PAUZOCA Santiago, diecis is de mayo de dos mil veinticincoé Vistos: Con fecha 27 de diciembre de 2024 comparece do a Hedy Mattheiñ Fornet, abogada, mandataria judicial, domiciliada en calle Miraflores 130, piso 27, comuna de Santiago,
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