ROJAS/VITESE SPA
Rol
O-536-2023
Fecha
24 de marzo de 2025
Materia
Costas, Despido injustificado, Feriado legal, Feriado proporcional, Indemnización por años de servicios, Indemnización sustitutiva de aviso previo, Reajustes e intereses, Recargos, Remuneraciones
Resultado
No especificado
Hechos
visto además lo dispuesto en los artículos 1, 7, 63, 73, 162, 163, 172, 173, 220, 446 y siguientes del Código del Trabajo y artículo 1698 del Código Civil, se declara: I.- Que, se acoge la demanda presentada por doña Ana Rojas Sandoval, abogada, en representación de don Nibaldo Andrés Rojas Castillo RUT N°17.436.195-9; en contra de VITESE SPA, RUT N°76.617.233-4, todos ya individualizados, por lo que se declara que el despido del actor ocurrido el día 23 de febrero de 2023, ha sido sin expresión de causa y/o injustificado, por lo tanto; se condena a la demandada a lo siguiente: I. a) $1.143.750.- (Un millón ciento cuarenta y tres mil setecientos cincuenta pesos), por indemnización sustitutiva del aviso previo. I. b) $4.575.000 (cuatro millones quinientos setenta y cinco mil pesos), por indemnización por años de servicio. I. c) $2.287.500.- (dos millones doscientos ochenta y siete mil quinientos pesos), por recargo del 50% en virtud de lo dispuesto en el artículo 168 letra b) del Código del Trabajo. II.- Que, se acoge la demanda de cobro de prestaciones y en consecuencia la demandada deberá pagar al actor lo siguiente: II. a) La suma de $876.875.- (ochocientos setenta y seis mil ochocientos setenta y cinco pesos), por concepto de remuneraciones adeudada correspondiente a veintitrés (23) días del mes de febrero del año 2023. II. b) La suma de $800.625.- (ochocientos mil seiscientos veinticinco pesos) por feriado legal, correspondiente al periodo 2019- 2020. II. c) La suma de $800.625.- (ochocientos mil seiscientos veinticinco pesos) por feriado legal, correspondiente al periodo 2020- 2021. II. d) La suma de $800.625.- (ochocientos mil seiscientos veinticinco pesos) por feriado legal, correspondiente al periodo 2021- 2022. II. e) La suma de $800.625.- (ochocientos mil seiscientos veinticinco pesos) por feriado legal, correspondiente al periodo 2022- 2023. II. f) La suma de $83.113.- (ochenta y tres mil ciento trece pesos), por feriado proporcional, correspondiente a
Fundamentos
CONSIDERANDO: Por las consideraciones antes señaladas y visto además lo dispuesto en los artículos 1, 7, 63, 73, 162, 163, 172, 173, 220, 446 y siguientes del Código del Trabajo y artículo 1698 del Código Civil,
Fallo
se declara: I.- Que, se acoge la demanda presentada por doña Ana Rojas Sandoval, abogada, en representación de don Nibaldo Andrés Rojas Castillo RUT N°17.436.195-9; en contra de VITESE SPA, RUT N°76.617.233-4, todos ya individualizados, por lo que se declara que el despido del actor ocurrido el día 23 de febrero de 2023, ha sido sin expresión de causa y/o injustificado, por lo tanto; se condena a la demandada a lo siguiente: I. a) $1.143.750.- (Un millón ciento cuarenta y tres mil setecientos cincuenta pesos), por indemnización sustitutiva del aviso previo. I. b) $4.575.000 (cuatro millones quinientos setenta y cinco mil pesos), por indemnización por años de servicio. I. c) $2.287.500.- (dos millones doscientos ochenta y siete mil quinientos pesos), por recargo del 50% en virtud de lo dispuesto en el artículo 168 letra b) del Código del Trabajo. II.- Que, se acoge la demanda de cobro de prestaciones y en consecuencia la demandada deberá pagar al actor lo siguiente: II. a) La suma de $876.875.- (ochocientos setenta y seis mil ochocientos setenta y cinco pesos), por concepto de remuneraciones adeudada correspondiente a veintitrés (23) días del mes de febrero del año 2023. II. b) La suma de $800.625.- (ochocientos mil seiscientos veinticinco pesos) por feriado legal, correspondiente al periodo 2019- 2020. II. c) La suma de $800.625.- (ochocientos mil seiscientos veinticinco pesos) por feriado legal, correspondiente al periodo 2020- 2021. II. d) La suma de $800.625.- (ochocien
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JUZGADO DE LETRAS DEL TRABAJO DE ANTOFAGASTA AUDIENCIA DE JUICIO MODALIDAD PRESENCIAL FECHA Antofagasta, a veintiuno de marzo de dos mil veinticinco. MAGISTRADO IVÁN MAURICIO PEREIRA ARRIAGADA HORA DE INICIO 10:47 Horas. HORA DE TERMINO 11:24 Horas. ENCARGADO DE ACTA Soledad Ponce Araneda. SALA 3 RUC 23-4-0475449-1 RIT O-536-2023 Registro de audio N° 2340475449-1-1335 RESOLU
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