1º Juzgado de Letras de Rengo

PROMOTORA CMR FALABELLA S.A./SANDAÑA

Rol

C-2131-2024

Fecha

15 de mayo de 2025

Materia

PAGARÉ, COBRO DE

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS : Con fecha 23 de agosto de 2024, a folio 1, compareci la abogada do aó ñ HEDY MATTHEI FORNET, domiciliada en calle Bueras 359, oficina 710, piso 7, Edificio G nesis, Rancagua, en representaci n de é ó PROMOTORA CMR FALABELLA S.A., sociedad comercial representada por don Gast n Botazzini,ó economista y don Juan Guillermo Espinosa Fuentes, ingeniero civil, todos domiciliados en calle Moneda N 970, piso 18, comuna de Santiago, quien interpuso° demanda ejecutiva en contra de do a ñ SABRINA ROSA SANDA A P REZÑ É ignora profesi n u oficio, domiciliado en calle Hu scar Norte 1560, comuna deó á Rengo, solicitando se despache mandamiento de ejecuci n y embargo por la sumaó de $2.599.422, m s intereses moratorios que se devenguen desde la fecha de laá mora y hasta el d a del pago efectivo, y en caso de no verificarse el pago alí requerimiento, se ordene seguir adelante con la ejecuci n, hasta hacerse enteroó pago de lo adeudado a su representada, con costas. Fund su acci n se alando que, su representada es due a del pagaró ó ñ ñ é N 2135137,º por la suma de $2.599.422, por concepto de capital, con vencimiento el d a 12 de julio de 2024, suscrito por la sociedad promotora CMR Falabella S.A,í representada por los se ores don JOS MIGUEL BENAVIDES FELI , donñ É Ú GONZALO TOM S VIAL YUNGE, do a ALEJANDRA RAMOSÁ ñ HERN NDEZ, do a MAR A ALEJANDRA GONZ LEZ DARAUCHE, do aÁ ñ Í Á ñ VER NICA N EZ S NCHEZ y do a PAOLA MART NEZ ISMAIL, enÓ ÚÑ Á ñ Í representaci n, a su vez, de la deudora, do a ó ñ SABRINA ROSA SANDA AÑ P REZÉ , seg n escritura p blica en que consta que cada uno de los representantesú ú antes mencionados, actuando de forma separada e indistinta, representan a la sociedad PROMOTORA CMR FALABELLA S.A para suscribir pagar s a nombreé del deudor. Expuso que, el deudor no pag en su totalidad el pagar indicado a la fechaó é de su vencimiento, y tampoco a la fecha de presentaci n de la demanda,ó Código: GDVBXULXMSX Este documento tiene firma electrónica y su original pu

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, con fecha 23 de agosto de 2024, a folio 1, compareci laó abogada do a HEDY MATTHEI FORNET, en representaci n de ñ ó PROMOTORA CMR FALABELLA S.A., quien interpuso demanda ejecutiva en contra de do añ SABRINA ROSA SANDA A P REZÑ É , solicitando se despache mandamiento de ejecuci n y embargo por la suma de ó $2.599.422, m s intereses moratorios que seá devenguen desde la fecha de la mora y hasta el d a del pago efectivo, y en caso deí no verificarse el pago al requerimiento, se ordene seguir adelante con la ejecuci n,ó hasta hacerse entero pago de lo adeudado a su representada, con costas, atendidas las razones de hecho y de derecho referidas en lo expositivo de la presente sentencia. SEGUNDO: Que, con fecha 18 de octubre de 2024, a folio 8 compareci laó ejecutada do añ SABRINA ROSA SANDA A PEREZÑ , quien se opuso a la ejecuci n, incoando las excepciones de los n meros 7, 14 y 11 del art culo 464 deló ú í C digo de Procedimiento Civil, solicitando se acoja una o m s de ellas y enó á definitiva se deniegue la ejecuci n de autos, con costas, ó atendidas las razones de hecho y de derecho se aladas en lo expositivo de la presente sentencia.ñ Código: GDVBXULXMSX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-2131-2024 Foja: 1 TERCERO: Que, con el fin de respaldar su ejecuci n, la ejecutante acompa aó ñó los autos la siguiente prueba: Documental: 1)- Pagar N 2135137é ° de fecha 11 de julio de 2024, suscrito por la suma de $2.599.422; 2)- Contrato de apertura de l nea deí cr dito, de afiliaci n al sistema y uso de tarjeta de cr dito condiciones particulares deé ó é fecha 27 de julio de 2019 y hoja de Resumen de contrato de apertura de l nea deí cr dito.é CUARTO: Que, la parte ejecutada no rindi probanzas en los presentes autos.ó QUINTO: Que, respecto a la primera excepci n opuesta por la ejecutada,ó la del N 7 del art culo 464 del C digo de Procedimiento Civil° í ó , esto es, la falta de alguno de los requisitos o condiciones establecidos por las leyes para que dicho t tuloí tenga fuerza ejecutiva, sea absolutamente, sea con relaci n al demandado y en relaci n aó ó la falta de pago del impuesto de timbres y estampillas que grava el pagar objeto de laé acci n de autos.ó Sobre el particular, el art culo 24 N 9 del Decreto Ley N 3475 se ala que Soloí ° ° ñ “ estar n exentos de los impuestos que establece el presente decreto ley, los documentosá que den cuenta de los siguientes actos, contratos o convenciones: N 9- Contratos de° apertura de o l neas de cr ditos e instrumentos en que se documenten dichas l neas oí é í contratos de apertura, sin perjuicio de pagarse el impuesto de que trata el N 3 del° art culo 1 de este decreto ley, respecto de todas y cada uno de las operaciones deí ° cr dito que se realicen en virtud de lo pactado en la apertura o l nea de cr dito é í é ” SEXTO: Que, revisado el pagar acompa ado por la parte ejecutante, se puedeé ñ verificar que se lee la fr

Fallo

por tanto en mora por la suma de á $2.599.422, por concepto de capital. Agreg que, asimismo corresponde apló icar intereses moratorios desde la fecha del vencimiento del pagar y hasta su pago ntegro y efectivo, que equivalen alé í inter s m ximo convencional para operaciones de cr dito y dinero no reajustables. é á é Se al que, el deudor relev al portador del documento de la obligaci n deñ ó ó ó protesto y la firma del representante de la sociedad aceptante por mandato se encuentra autorizada ante notario. Finaliz indicando que, la obligaci n consta en un t tulo ejecutivo, es l quida,ó ó í í actualmente exigible y su acci n no se ó encuentra prescrita. Con fecha 10 de octubre de 2024, se notific personalmente la demanda deó autos al ejecutado, seg n da cuenta estampado receptorial rolante a folio 6 delú cuaderno principal. Con fecha 18 de octubre de 2024, a folio 8 compareci la ejecutada do aó ñ SABRINA ROSA SANDA A PEREZÑ , cesante, domiciliada en calle Hu scará N 1560, comuna de Rengo, quien se opuso a la ejecuci n, incoando las excepciones° ó de los n meros 7, 14 y 11 del art culo 464 del C digo de Procedimiento Civil,ú í ó solicitando se acoja una o m s de ellas y en definitiva se deniegue la ejecuci n deá ó autos, con costas. En primer lugar, opuso la excepci n del N 7 del art culo 464 del C digoó ° í ó de Procedimiento Civil, esto es, la falta de alguno de los requisitos o condiciones establecidos por las leyes para que dicho t tulo tenga fuerzaí ejecutiva, sea abs

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C-2131-2024 Foja: 1 NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 1 Juzgado de Letras de Rengoº CAUSA ROL : C-2131-2024 CARATULADO : PROMOTORA CMR FALABELLA S.A./SANDA AÑ Rengo, quince de mayo de dos mil veinticinco VISTOS : Con fecha 23 de agosto de 2024, a folio 1, compareci la abogada do aó ñ HEDY MATTHEI FORNET, domiciliada en calle Bueras 359, oficina 710, piso 7, Edificio G nesis, Rancagua, en r

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