BANCO DE CRÉDITO E INVERSIONES/MUÑOZ
Rol
C-20670-2024
Fecha
15 de mayo de 2025
Materia
PAGARÉ, COBRO DE
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS: Que con fecha 25 de noviembre de 2024, mediante presentaci nó ingresada a trav s de la oficina judicial virtual, comparece don Rodrigoé Bast as Jir n, abogado, en representaci n judicial del í ó ó Banco de Cr dito eé Inversiones, sociedad an nima bancaria del giro de su denominaci n,ó ó ambos domiciliados para estos efectos en Ahumada N 341, oficina 401,° comuna de Santiago, Regi n Metropolitana, quien deduce demandaó ejecutiva en contra de don Mauricio Alexis Mu oz Ponceñ , ignora profesi n u oficio, domiciliado en Miraflores N 3098, Maip ,ó ° ú solicitando se despache en su contra mandamiento de ejecuci n y embargo por la sumaó de $5.215.333,- m s intereses y costas.á Se ala que su representado es acreedor del demandado en virtud delñ pagar Op N D14800124576, por la suma de $5.215.333, suscrito coné º fecha 8 de Marzo 2024, por Banco de Cr dito e Inversiones actuando aé trav s de su apoderado Jesica Andrea Pizarro Rivera, y en representaci né ó del ejecutado en virtud del mandato contenido en el documento denominado Contrato Planes Personas Servicios Bancarios BCI, de fecha 12 de Noviembre 2021, pagadero en 36 cuotas mensuales, iguales y sucesivas, de $183.983 cada una, con vencimiento la primera de dichas cuotas el d a 5í de junio 2024. Indica que la obligaci n devengar un inter s del 1,2 % mensualó á é vencido, durante todo el plazo pactado, el que en caso de mora o simple retardo en el pago de una cualquiera de las cuotas del pagar , sea de capitalé Código: GYEBXUJWDPX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-20670-2024 Foja: 1 y/o de intereses, se elevar a al inter s m ximo convencional que la leyí é á permite estipular para operaciones de cr dito de dinero en moneda nacionalé no reajustables y durante todo el per odo que dure la mora o el simpleí retardo, estableci ndose adem s que el no pago oportuno de una cualquieraé á de sus cuotas, sea de capital o de intereses, dar derecho al acreed
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que en autos, Banco de Cr dito e Inversiones deduceé demanda ejecutiva de cobro de pagar en contra de don Mauricio Alexisé Mu oz Ponce, a fin de que pague la suma de $5.215.333,- con motivo delñ pagar en cuotas N D14800124576, suscrito con fecha 08 de marzo 2024,é ° por la suma de $5.215.333,- custodiado con el n mero 14133-2024,- raz nú ó por la que se ha interpuesto la acci n ejecutiva en su contra para obtener eló entero y cumplido pago de la suma que se adeuda, con intereses y costas. SEGUNDO: Que el demandado, debidamente representado, opuso las excepciones contempladas en los n meros 2, 6, 7 y 9 del art culo 464 delú í C digo de Procedimiento Civil, de acuerdo con los antecedentes rese adosó ñ al principio de esta sentencia. TERCERO: Que previo al an lisis de las excepciones opuestas, cabeá consignar que la ejecutante sustent el presente juicio en el pagar en cuotasó é n D14800124576, suscrito con fecha 08 de marzo 2024, por la suma de° $5.215.333,- el cual se encuentra custodiado en la secretar a del tribunalí baj el n mero 14133-2024,- as como en el Contrato Planes Personasó ú í Servicios Bancarios BCI. CUARTO: En cuanto a la excepci n del N 2 del art culo 464 deló ° í C digo de Procedimiento Civil, es necesario indicar que el art culo 6 deló í ° C digo de Procedimiento Civil dispone que quien comparezca en juicio aó nombre de otro, en desempe o de un mandato, deber exhibir el t tulo queñ á í Código: GYEBXUJWDPX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-20670-2024 Foja: 1 acredite su representaci n, siendo poder suficiente el constituido poró escritura p blica otorgada ante notario, cumpli ndose dicho requisito con laú é sola exhibici n del t tulo en el que consta la representaci n que se invoca, loó í ó que se verifica al momento en que el tribunal provee la demanda y se autoriza el poder de autos, no siendo necesario,
Fallo
por tanto, acreditar las circunstancias que en dicho instrumento se contienen. S PTIMOÉ : Que en este sentido, la alegaci n del deudor deber seró á rechazada, por cuanto quien comparece en la demanda como abogado de la ejecutante, lo hace en virtud de un mandato para representarla, como consta de de la escritura p blica de fecha 17 de julio de 2023, repertorio Nú ° 3849-2023, ACTA N MERO SEISCIENTOS NOVENTA DE LA“ Ú SESI N DE DIRECTORIO DEL BANCO DE CR DITO EÓ É INVERSIONES CELEBRADA EL D A MARTES VEINTISIETE DEÍ JUNIO DE DOS MIL VEINTITR S, en la cual la ejecutante entreg É ó – entre otros- a don Rodrigo Bast as Jir n, la facultad de representarla coní ó todas aquellas enumeradas en el inciso primero y segundo del art culo 7 delí C digo de Procedimiento Civil.ó Es en virtud de dicha escritura que la compareciente deduce la acci nó de autos y en su calidad de abogado habilitado es que asume el patrocinio y poder, el que se constituy cumpliendo todos los requisitos establecidos en eló art culo 1 de la Ley N 18.120, pues el libelo aparece patrocinado porí ° abogado y contiene la firma, nombre y domicilio de este, y m s all de lasá á meras aseveraciones de la ejecutada, no se han acompa ado antecedentesñ que desvirt en tal situaci n.ú ó OCTAVO: Que, en cuanto a la excepci n de la falsedad del t tulo,ó í cabe asentar que un t tulo es falso cuando no es aut ntico, es decir, cuandoí é no ha sido realmente otorgado y autorizado por las personas y de la manera que en el t tulo se ex
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C-20670-2024 Foja: 1 FOJA: 13 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 17 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : C-20670-2024 CARATULADO : BANCO DE CR DITO E INVERSIONES/MU OZÉ Ñ Santiago, quince de mayo de dos mil veinticinco VISTOS: Que con fecha 25 de noviembre de 2024, mediante presentaci nó ingresada a trav s de la oficina judicial virtual, comparece don Rodrigoé Bast as Jir n, abogado
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