17º Juzgado Civil de Santiago

PROMOTORA CMR FALABELLA S.A./GALLARDO

Rol

C-22196-2024

Fecha

15 de mayo de 2025

Materia

PAGARÉ, COBRO DE

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTOS: Que con fecha 18 de diciembre de 2024, mediante presentaci nó ingresada a trav s de la oficina judicial virtual, comparece do a é ñ Hedy Matthei Fornet, abogado, domiciliada en Miraflores 130, piso 27, Comuna de Santiago, en representaci n judicial de ó Promotora CMR Falabella S.A., sociedad comercial, representada convencionalmente por los se oresñ don Gaston Bottazzini, economista, y don Juan Guillermo Espinosa Fuentes, ingeniero civil, los tres ltimos domiciliados en calle Moneda 970, piso 18,ú comuna de Santiago quien deduce demanda ejecutiva en contra de don Jaime Rolando Gallardo Venegas, ignora profesi n u oficio, conó domicilio en la calle Andacollo 563, comuna de La Reina, solicitando se despache en su contra mandamiento de ejecuci n y embargo por la sumaó de $2.291.590.-, m s intereses y costas.á Se ala que ñ su representada es due a del pagar N 2149677, que señ é º acompa a en el segundo otros de esta demanda, por la suma deñ í $2.291.590.-, por concepto de capital, con vencimiento el d a 13-11-2024,í suscrito por la sociedad Promotora Cmr Falabella S.A, representada por los se ores don Jos Miguel Benavides Feliu, don Gonzalo Tomas Vial Yunge,ñ é do a Alejandra Ramos Hernandez, do a Mar a Alejandra Gonz lezñ ñ í á Darauche, do a Ver nica Nu ez Sanchez y do a Paola Martinez Ismail, enñ ó ñ ñ representaci n, a su vez, del deudor, don Jaime Rolando Gallardo Venegas.,ó mediante copia de la escritura p blica en que consta que cada uno de losú representantes antes mencionados, actuando de forma separada e indistinta, Código: UTXTXUFENXX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-22196-2024 Foja: 1 representan a la sociedad Promotora Cmr Falabella S.A. para suscribir pagar s a nombre del deudor, la que se acompa a en el segundo otros deé ñ í la presente demanda. Refiere que el deudor no pag en su totalidad el pagar indicado enó é el p rrafo anterior a la fecha de su vencimiento y que aá la fec

Fundamentos

CONSIDERANDO: Código: UTXTXUFENXX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-22196-2024 Foja: 1 PRIMERO: Que Promotora CMR Falabella, deduce demanda ejecutiva de cobro de pagar en contra de é don Jaime Rolando Gallardo Venegas, a fin de que pague suma de $2.291.590.- con motivo de la suscripci n del pagar referidoó é , raz n por la que se ha interpuesto la acci nó ó ejecutiva en su contra para obtener el entero y cumplido pago de las sumas que se adeudan, con intereses y costas. SEGUNDO: Que el demandado, debidamente representado, opuso a la ejecuci n las excepciones contempladas en los n meros 7, 11 y 14 deló ú art culo 464 del C digo de Procedimiento Civil, indicando, conforme a losí ó argumentos que fueron referidos en lo expositivo de esta sentencia. TERCERO: Que, atendida la naturaleza jur dica de las excepcionesí opuestas, cabe consignar que la ejecutante sustent el presente juicio en ó – entre otros- el pagar N 2149677, suscrito por el demandado el d a 12 deé ° í noviembre de 2024 por la suma $2.291.590-. El referido instrumento se encuentra guardado en la custodia del Tribunal bajo el N 14868-2024. ° CUARTO: Que respecto a la primera excepci n opuesta por eló ejecutado, referida a la falta de alguno de los requisitos o condiciones establecidos por las leyes para que dicho t tulo tenga fuerza ejecutiva, esí preciso asentar que la excepci n alegada supone la falta de alguno de losó requisitos para que proceda la acci n ejecutiva, sea porque el t tulo noó í re ne todas las condiciones establecidas por la ley para que se le considereú como ejecutivo o porque la deuda no es l quida o actualmente exigible,í debiendo lo anterior relacionarse con aquellos preceptos legales que consagran determinadas exigencias para que un t tulo tenga dichaí condici n.ó QUINTO: Que, respecto a que la parte ejecutante no habr a pagadoí el impuesto de timbres y estampillas, corresponde se alar, de acuerdo a loñ dispuesto en los art culos 15 N 2, 17 N 1 y 26 del Decreto Ley N 3.475,í º º º que la obligaci n que se reclama, y seg n adem s lo ha sostenido laó ú á jurisprudencia, se entiende cumplida con la leyenda impresa en el pagar deé autos, en donde consta que El Impuesto de Timbres y Estampillas que“ grava a este documento se paga por ingresos mensuales de dinero en Código: UTXTXUFENXX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-22196-2024 Foja: 1 Tesorer a, seg n Decreto Ley N 3.475 Art. 15 N 2 , todo lo cual implicaí ú ° ° ” que la actora queda relevada de comprobar el pago de este impuesto, sin perjuicio de la fiscalizaci n que le corresponde al Servicio de Impuestosó Internos y que no corresponde acreditar en esta sede, raz n por la cual laó presente excepci n no puede prosperar, desde que la referida menci nó ó aparece incorporada en el pagar .é SEXTO: Que en cuanto a la excepci n de concesi n de esperas o laó ó pr rroga del plazo del ar

Fallo

por tantoó ú á en mora desde la fecha de vencimiento en el pago de la suma de $2.291.590.-, por concepto de capital. Adem s, y en conformidad a loá dispuesto en el mismo pagar , corresponde la aplicaci n de interesesé ó moratorios desde la fecha del vencimiento del pagar y hasta su pagoé ntegro y efectivo, que equivalen al inter s m ximo convencional paraí é á operaciones de cr dito y dinero no reajustables En consecuencia, el montoé total adeudado a su representada asciende a la suma de $2.291.590.-, por concepto de capital, m s los intereses moratorios y costas. Como consta delá pagar que se acompa a, el deudor relev al portador del documento de laé ñ ó obligaci n de protesto y la firma del representante de la sociedad aceptanteó por mandato se encuentra autorizada ante notario Previas citas legales, solicita tener por interpuesta demanda ejecutiva en contra de don Jaime Rolando Gallardo Venegas y pide se ordene despachar mandamiento de ejecuci n y eó mbargo en su contra por la cantidad de $2.291.590.- por concepto de capital insoluto, m s los interesesá y reajustes que procedan, seg n las cl usulas del pagar , ordenando seguirú á é este procedimiento hasta el integro pago de las cantidades adeudadas, con costas. Seg n estampado receptorial de folio 9, con fecha 23 de enero deú 2025 se notific la demanda de conformidad con lo dispuesto en el art culoó í 44 del C digo de Procedimiento Civil; mientras que a folio 3 del cuadernoó de apremio consta haberse practicado el requir

Texto Completo (Preview)

C-22196-2024 Foja: 1 FOJA: 17 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 17 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : C-22196-2024 CARATULADO : PROMOTORA CMR FALABELLA S.A./GALLARDO Santiago, quince de mayo de dos mil veinticinco VISTOS: Que con fecha 18 de diciembre de 2024, mediante presentaci nó ingresada a trav s de la oficina judicial virtual, comparece do a é ñ Hedy Matthei Fornet, abogado

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica