EMPRESA ELÉCTRICA CORDILLERA SPA./
Rol
V-88-2025
Fecha
14 de mayo de 2025
Materia
OTROS VOLUNTARIOS
Resultado
No especificado
Hechos
Vistos: A folio 1, con fecha 08 de abril de 2025, comparece don Tomás Alfredo Ovalle Fuenzalida, abogado, cédula nacional de identidad N°14.123.577-K, en representación convencional de Empresa Eléctrica Cordillera SpA, sociedad constituida en conformidad a las leyes de la República de Chile, del giro de transmisión de energía eléctrica, Rol único Tributario N°77.538.763-7, representada legalmente por don Guillermo García Cano, ingeniero, cédula nacional de identidad N°14.743.090-6, todos domiciliados para estos efectos en Avenida Tajamar número ciento ochenta y tres, oficina trescientos uno, comuna de Las Condes, Santiago, Región Metropolitana, solicitando, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 67 del D.F.L. N°4/20018 del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, del año 2006, que fija texto refundido, coordinado y sistematizado del D.F.L. N°1 del Ministerio de Minería, del año 1982, Ley General de Servicios Eléctricos, que proceda a otorgar a su representada, la toma de posesión material del inmueble gravado con servidumbre legal eléctrica, denominado registralmente como “PROPIEDAD SITUADA EN LA RUTA CINCO O CARRETERA PANAMERICANA NORTE CON EL CAMINO PÚBLICO A CALDERA”, cuyo dominio se encuentra inscrito a favor de CGE TRANSMISIÓN S.A., a fojas 515, número 432 del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Caldera, correspondiente al año 2022, inmueble ubicado en la comuna de Caldera, provincia de Copiapó, Región de Atacama, sobre el cual atraviesa parte del trazado del proyecto denominado “NUEVA LÍNEA 2X110 KV DESDE S/E CALDERA A LÍNEA 1X110 KV CARDONES - PUNTA PADRONES”, Tramo 2, cuya concesión eléctrica definitiva fue concedida por el Ministerio de Energía en virtud del Decreto Supremo Nº60 de fecha 25 de septiembre del año 2024, correspondiente al ID-1. En cuanto a las características de la afectación en el ID-1, señaló que son las siguientes: longitud de servidumbre 40,25 metros; ancho de faja de Código: XNXXXUURRBX Este documento ti
Fundamentos
Considerando: PRIMERO: Que, ha comparecido ante este Tribunal don Tomás Alfredo Ovalle Fuenzalida, en representación convencional de Empresa Eléctrica Cordillera SpA, ya individualizada, a fin de que se conceda a esta última derecho a tomar posesión material del inmueble denominado “Propiedad Situada En La Ruta Cinco O Carretera Panamericana Norte Con El Camino Público A Caldera”, inscrito a fojas 515, número 432 del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Caldera correspondiente al año 2022, que se encuentra ubicado en la comuna de Caldera, provincia de Copiapó, Región de Atacama, y cuyo Código: XNXXXUURRBX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Foja: 11 dominio consta en favor de CGE Transmisión S.A., sobre el cual pasa parte del trazado del proyecto que se encuentra desarrollando la solicitante, denominado “Nueva Línea 2x110 Kv Desde S/E Caldera A Línea 1x110 Kv Cardones - Punta Padrones”, Tramo 2, cuya concesión eléctrica definitiva fue concedida por el Ministerio de Energía en virtud del Decreto Supremo Nº60 de fecha 25 de septiembre del año 2024. SEGUNDO: Que, la interesada para fundamentar su petición ha acompañado a folio 1 los siguientes documentos: 1.- Copia de la Resolución Exenta Electrónica N°18790 de fecha 17 de agosto de 2023 de la Superintendencia de Electricidad y Combustibles que declara admisible la solicitud de concesión eléctrica definitiva del Proyecto; 2.- Copia del Decreto Supremo Nº60 de fecha 25 de septiembre del año 2024 del Ministerio de Energía que otorgó concesión eléctrica definitiva para establecer las instalaciones de transmisión energía eléctrica del Proyecto sobre el predio signado con ID-1, en publicación del diario oficial Número 43.990 de fecha 05 de noviembre de 2024 CVE 2565044; 3.- Copia de la Resolución Exenta N°27875 de fecha 07 de octubre de 2024 de la Superintendencia de Electricidad y Combustibles que designó la Comisión Tasadora; 4.- Copia del Informe de Avalúo emitido por la Comisión Tasadora en el cual se fijó la indemnización que el concesionario eléctrico debe pagar al propietario del predio sirviente ID-1, con ocasión de haberse impuesto servidumbres eléctricas forzosas mediante Decreto Supremo Nº60 de fecha 25 de septiembre del año 2024 del Ministerio de Energía; 5.- Copia del Plano Especial de Servidumbre denominado PES-1, correspondiente al predio sirviente singularizado como ID-1 en lo principal de folio 1, en su lámina 01 de 01; 6.- Copia de la escritura pública de fecha 11 de febrero de 2025, Repertorio N°4308-2025, otorgada en la 43° Notaria de Santiago de don Juan Ricardo San Martín Urrejola, en la que consta la personería del compareciente; 7.- Copia de la inscripción de fojas 16187 número 6034 del Registro de Comercio de Santiago correspondiente al año 2025, en que consta la revocación y designación de poder de Empresa Eléctrica Cordillera SpA. Código: XNXXXUURRBX Este documento tiene firma electrónica y
Fallo
Por estas consideraciones y teniendo presente lo dispuesto en los artículos 817 del Código de Procedimiento Civil; artículos 2, 4, 16, 48, 52, 60, 65, 66, 68, 69, 71 y 72 del D.F.L. N°4/20.018 sobre Ley General de Servicios Eléctricos, se resuelve: I. Que SE AUTORIZA a Empresa Eléctrica Cordillera SpA, a tomar posesión material de los terrenos afectos a servidumbre eléctrica en el inmueble denominado “Propiedad Situada En La Ruta Cinco O Carretera Panamericana Norte Con El Camino Público A Caldera”, ubicado en la comuna de Caldera, inscrito en fojas 515, número 432 del Registro de Propiedad del año 2022 del Conservador de Bienes Raíces de Caldera, cuya propietaria CGE Transmisión S.A., el cual se encuentra gravado con servidumbre eléctrica en virtud del trazado del proyecto que se encuentra desarrollando la solicitante, Código: XNXXXUURRBX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Foja: 11 denominado “Nueva Línea 2x110 Kv Desde S/E Caldera A Línea 1x110 Kv Cardones - Punta Padrones”, Tramo 2, cuya concesión eléctrica definitiva fue concedida por el Ministerio de Energía en virtud del Decreto Supremo Nº60 de fecha 25 de septiembre del año 2024, del Ministerio de Energía para el establecimiento de una línea de transporte de energía eléctrica que afecta al predio materia de la gestión individualizado con el ID-1. II. Notifíquese personalmente o por cédula, CGE Transmisión S.A., propietario del predio denominado “Propie
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Foja: 11 NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : Juzgado de Letras y Gar.de Caldera CAUSA ROL : V-88-2025 CARATULADO : EMPRESA ELÉCTRICA CORDILLERA SPA./ Caldera, catorce de mayo de dos mil veinticinco. Vistos: A folio 1, con fecha 08 de abril de 2025, comparece don Tomás Alfredo Ovalle Fuenzalida, abogado, cédula nacional de identidad N°14.123.577-K, en representación convencional de Empresa E
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