2º Juzgado de Letras de San Bernardo

BANCO DE CRÉDITO E INVERSIONES/RUIZ

Rol

C-762-2024

Fecha

14 de mayo de 2025

Materia

PAGARÉ, COBRO DE

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS Con fecha 26 de febrero de 2024, comparece Gerardo Nazar Samur, abogado, en representación judicial y convencional, del BANCO DE CREDITO E INVERSIONES S.A. Bancaria, representada legalmente por su gerente general don Eugenio Von Chrismar Carvajal, factor de comercio, ambos con domicilio en calle Huérfanos 1134 de Santiago. Indica que, doña Patricia Salas Marticorena, como apoderado del Banco de Crédito e Inversiones, y éste, actuando como mandatario de don Rodrigo Patricio Ruiz Retamales, ignora profesión u oficio y con domicilio en Edelmira del Carmen Muñoz Muñoz D/C 252, comuna de Buin, suscribió ante Notario y a la orden de su representado, el pagaré que adjuntamos a la demanda, por la suma de $6.225.528, pagadero a la vista. Dicha obligación genera intereses a contar de la fecha de suscripción del documento, esto es, el 19 de diciembre de 2023 a razón de la tasa máxima convencional que la ley permite estipular para operaciones en moneda nacional no reajustables. Señala que, el apoderado del Banco, suscribió el pagaré referido habilitado por el mandato otorgado mediante escritura pública de fecha 23 de noviembre de 2018, otorgado en la Notaría de Santiago de don Alberto Mozo Aguilar, que en un otrosí acompaño, el cual nace producto del mandato conferido por el deudor en el contrato de cuenta corriente (Tarjeta de Crédito) BCI, de fecha 30 de marzo de 2016, autorizado notarialmente, que habilita al Banco, actuando por si o a través de las personas naturales o jurídicas en que ellos deleguen, para suscribir pagarés a nombre del deudor por los montos originados en el uso de su cuenta corriente (Tarjeta de Crédito), que también acompañamos. En el mismo pagaré se prorrogó competencia para los Tribunales de Justicia de San Bernardo. Sostiene que, el deudor no ha dado cumplimiento a su obligación de pagar la deuda a su vencimiento, por lo cual se adeuda a nuestro representado y desde el día 19 de diciembre de 2023 la suma de $6.225.528, más intereses y costas

Fundamentos

CONSIDERANDO PRIMERO: Que, a folio 1, comparece Gerardo Nazar Samur, abogado, en representación judicial y convencional, del BANCO DE CREDITO E INVERSIONES S.A. Bancaria, deduce demanda en juicio ejecutivo en contra de don Rodrigo Patricio Ruiz Retamales, por la suma de $6.225.528, pagadero a la vista, más intereses y costas, solicitando se despache mandamiento de ejecución y embargo en su contra por la suma indicada. SEGUNDO: Que, a folio 16, comparece Rodrigo Patricio Ruiz Retamales, ejecutado en autos, quien opone las excepciones del numeral 7, 9 y 11 del artículo 464 del Código de Procedimiento Civil, solicitando sean acogidas y se niegue lugar a la ejecución con costas. TERCERO: Que, a folio 25, comparece Gerardo Nazar Samur, abogado, por el actor, quien evacua el traslado conferido respecto de las excepciones opuestas por el ejecutado Rodrigo Ruiz Retamales, solicitando su absoluto rechazo, con costa. CUARTO: Que, la parte ejecutante acompaño los siguientes documentos: 1.-Pagaré número de operación D12000087520. 2.- Mandato conferido por el deudor al Banco ejecutante. 3.- Personería del abogado compareciente en relación con el Banco de Crédito e Inversiones, la cual consta de con la copia autorizada de la escritura de mandato judicial de fecha 17 de Julio de 2023 otorgada en la notaría de Santiago de don Alberto Mozo Aguilar, en tanto que la personería del gerente general del Banco de Crédito e Inversiones consta de la escritura de 17 de febrero de 2015 otorgada en la misma notaria. 4.- Personería del apoderado del banco que suscribió el pagaré, el cual consta de la escritura pública de fecha 23 de noviembre de 2018 otorgada en la notaría de Santiago de don Alberto Mozo Aguilar. QUINTO: Que, el demandado no acompaño prueba alguna que diera cuenta de sus dichos. Código: XPXUXUHXKZN Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Foja: 1 SEXTO: Que, tratándose de la excepción del N° 7 del artículo 464 del Código de Procedimiento Civil, esto es, “La falta de alguno de los requisitos o condiciones establecidos por las leyes para que dicho título tenga fuerza ejecutiva, sea absolutamente, sea con relación al demandado”, fundada en el hecho en un supuesto abuso de mandato. En este sentido es posible concluir que, del análisis del contrato acompañado se puede apreciar que se encuentra firmado por el ejecutado y su firma autorizada ante notario, en el numeral primero contiene un mandato para documentar deuda y suscribir y/o completar pagarés, indicando que “confiere mandato mercantil al Bci.. para que en su nombre y representación, autocontratando y a través de cualquiera de sus apoderados o en quien el Bci deleguen en adelante cualquiera de ellos, el mandatario suscriba y/o complete pagarés; y reconozca deudas em Beneficio y a la orden del Bci, por los montos, de capital, intereses, costas y comisiones de las sumas adeudadas” , de lo anterior se puede apreciar que el mandatario cumplió

Fallo

se declaran admisibles y se recibe la causa a prueba. Con fecha 15 de enero de 2025, se citó a las partes a oír sentencia. CONSIDERANDO PRIMERO: Que, a folio 1, comparece Gerardo Nazar Samur, abogado, en representación judicial y convencional, del BANCO DE CREDITO E INVERSIONES S.A. Bancaria, deduce demanda en juicio ejecutivo en contra de don Rodrigo Patricio Ruiz Retamales, por la suma de $6.225.528, pagadero a la vista, más intereses y costas, solicitando se despache mandamiento de ejecución y embargo en su contra por la suma indicada. SEGUNDO: Que, a folio 16, comparece Rodrigo Patricio Ruiz Retamales, ejecutado en autos, quien opone las excepciones del numeral 7, 9 y 11 del artículo 464 del Código de Procedimiento Civil, solicitando sean acogidas y se niegue lugar a la ejecución con costas. TERCERO: Que, a folio 25, comparece Gerardo Nazar Samur, abogado, por el actor, quien evacua el traslado conferido respecto de las excepciones opuestas por el ejecutado Rodrigo Ruiz Retamales, solicitando su absoluto rechazo, con costa. CUARTO: Que, la parte ejecutante acompaño los siguientes documentos: 1.-Pagaré número de operación D12000087520. 2.- Mandato conferido por el deudor al Banco ejecutante. 3.- Personería del abogado compareciente en relación con el Banco de Crédito e Inversiones, la cual consta de con la copia autorizada de la escritura de mandato judicial de fecha 17 de Julio de 2023 otorgada en la notaría de Santiago de don Alberto Mozo Aguilar, en tanto que la

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Foja: 1 FOJA: 30 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 2 Juzgado de Letras de San Bernardoº CAUSA ROL : C-762-2024 CARATULADO : BANCO DE CR DITO E INVERSIONES/RUIZÉ San Bernardo, catorce de mayo de dos mil veinticinco VISTOS Con fecha 26 de febrero de 2024, comparece Gerardo Nazar Samur, abogado, en representación judicial y convencional, del BANCO DE CREDITO E INVERSIONES S.A. Bancaria,

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