MANCILLA/VERGARA
Rol
O-212-2024
Fecha
19 de marzo de 2025
Materia
Indemnización por años de servicios, Indemnización sustitutiva de aviso previo, Nulidad del despido, Prestaciones
Resultado
No especificado
Hechos
visto además, lo dispuesto en los artículos 7, 8, 63, 160, 162, 163, 168, 171, 172; 173, 425 y siguientes y 446, y siguientes del Código del Trabajo, se declara: I.- Que se acoge la demanda interpuesta por Don Boris Vladimir Mansilla Maripán, en contra de su ex empleadora doña Marcela del pilar Vergara Monje y, en consecuencia, se declara ajustado a derecho el autodespido de fecha 10 de julio de 2024 y se condena a la ex empleadora al pago de las siguientes prestaciones: 1. La suma de $4.900.000.- por concepto de indemnización por años de servicio 2. La suma de $700.000.- por concepto de indemnización sustitutiva de aviso previo. 3. La suma de $4.200.000.- por concepto de feriado legal. 4. La suma de $120.633.- por concepto de feriado proporcional. 5. La suma de $2.450.000.- por concepto del recargo legal de 50% sobre los años de servicio. 6. Cotizaciones previsionales adeudades durante el periodo trabajado, esto es desde el 29 de agosto de 2017 al 10 de agosto de 2024 a razón de una remuneración mensual de $700.000 en FONASA, AFP PROVIDA y AFC. 7. Prestaciones devengadas desde el término de la relación laboral, esto es, desde el 10 de julio de 2024 hasta la convalidación del despido y la comunicación de dicho hecho en forma legal a razón de una remuneración mensual de $700 000 II.- Que se condena en costas a la demandada, las que se regulan en la suma de $1.000.000. En las indemnizaciones que se ha ordenado pagar, téngase presente por el empleador lo dispuesto en el artículo 13 de la ley 14.908 informando si existen retenciones. Además, ejecutoriada que sea a presente sentencia, ofíciese a las instituciones previsionales correspondientes. RIT: O-212-2024.- RUC: 24-4-0603033-0 Dictada por MARIANGEL CABRERA RABIE Jueza Titular del Juzgado de Letras del Trabajo de Osorno. Téngase a las partes por notificadas en audiencia de las resoluciones precedentemente dictadas. Se deja constancia que el registro oficial de la presente audiencia se encuentra grabado en el aud
Fallo
Por estas consideraciones y visto además, lo dispuesto en los artículos 7, 8, 63, 160, 162, 163, 168, 171, 172; 173, 425 y siguientes y 446, y siguientes del Código del Trabajo, se declara: I.- Que se acoge la demanda interpuesta por Don Boris Vladimir Mansilla Maripán, en contra de su ex empleadora doña Marcela del pilar Vergara Monje y, en consecuencia, se declara ajustado a derecho el autodespido de fecha 10 de julio de 2024 y se condena a la ex empleadora al pago de las siguientes prestaciones: 1. La suma de $4.900.000.- por concepto de indemnización por años de servicio 2. La suma de $700.000.- por concepto de indemnización sustitutiva de aviso previo. 3. La suma de $4.200.000.- por concepto de feriado legal. 4. La suma de $120.633.- por concepto de feriado proporcional. 5. La suma de $2.450.000.- por concepto del recargo legal de 50% sobre los años de servicio. 6. Cotizaciones previsionales adeudades durante el periodo trabajado, esto es desde el 29 de agosto de 2017 al 10 de agosto de 2024 a razón de una remuneración mensual de $700.000 en FONASA, AFP PROVIDA y AFC. 7. Prestaciones devengadas desde el término de la relación laboral, esto es, desde el 10 de julio de 2024 hasta la convalidación del despido y la comunicación de dicho hecho en forma legal a razón de una remuneración mensual de $700 000 II.- Que se condena en costas a la demandada, las que se regulan en la suma de $1.000.000. En las indemnizaciones que se ha ordenado pagar, téngase presente por el empleado
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ACTA DE AUDIENCIA DE JUICIO VIRTUAL PROCEDIMIENTO ORDINARIO FECHA 18 de marzo de 2025 RUC 24-4-0614903-6 RIT O-212-2024 SALA VIRTUAL 2 JUEZA TITULAR MARIANGEL CABRERA RABIE ADMINISTRATIVO DE ACTAS Gustavo Vicuña A. HORA DE INICIO 10:06 horas HORA DE TERMINO 10:45 horas DEMANDANTE BORIS WLADIMIR MANCILLA MARIPÁN ABOGADO OSCAR FERNANDO SILVA BADILLA FORMA DE NOTIFICACIÓN
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