1º Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago

JULIO/LAVASECO LAS CONDES SPA

Rol

M-5095-2024

Fecha

19 de marzo de 2025

Materia

Despido injustificado, Nulidad del despido, Prestaciones

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS: PRIMERO: Que, comparece PEDRO ESTEBAN JULIO CASTILLO, C.I. 17.780.064-3, chileno, conductor, domiciliado en Santa Laura Nº 1355, comuna de Independencia, deduciendo Demanda laboral, en procedimiento Monitorio, de Reconocimiento de relación laboral, despido verbal, injustificado, improcedente e indebido, nulidad del despido, cobro de prestaciones e indemnizaciones laborales y régimen de subcontratación, en contra de LAVASECO LAS CONDES SPA., empresa del giro de su denominación, rol único tributario 77.113.728-8, representada legalmente por doña ANA MARÍA ISABEL ÁLVAREZ MOLINA C.I. 4.997.587-2, desconoce profesión u oficio, o en virtud de quien corresponda, en relación al artículo 4 del Código del trabajo, ambos domiciliados en Chesterton Nº 8095, comuna de Las Condes. Expone que inició relación laboral, con la demandada el día 23 de julio de 2024, bajo vínculo de subordinación y dependencia, conforme el artículo 7 del Código del Trabajo, cumpliendo jornada de trabajo determinada, y recibiendo una remuneración fija por ello, durante toda la relación laboral, en el puesto de “Conductor”. Debía hacerse cargo del traslado y entrega de las ventas del lugar, y en definitiva, realizar todas las gestiones que le indicara su empleador, relacionadas a las labores del lavaseco, labor que desarrollaba tanto en las dependencias de la empresa, como en terreno, incluso fuera de los horarios regulares de jornada. Indica que no se escrituró su contrato de trabajo, ni ese mes, ni en el siguiente, manteniéndole en informalidad laboral. Estima, se cumplen plenamente los requisitos del contrato individual de trabajo que se consagra en el artículo 7° del Código del mismo ramo, puesto que prestó servicios desde el día 23 de julio de 2024 hasta el 29 de agosto de 2024, ambos inclusive, bajo vínculo de subordinación y dependencia para el demandado, recibiendo órdenes de su superior directo, y ciñéndose a sus instrucciones, cumpliendo una jornada de trabajo completa y recibiendo u

Fallo

por tanto su procedencia y destinatario. Ahora bien, si pudiera entenderse que los mensajes son entre el actor y Sebastián Fernández, a quien menciona como su superior directo en la demanda, llama la atención, en primer lugar que van desde el 23 de julio al 6 de agosto, esto es un periodo bastante más acotado que aquel por el que reclama el actor la duración de la relación laboral. En ellos se menciona que el actor comenzó a prestar servicios el 23 de julio, sin embargo, el actor aporta detalles de ventas desde el 2 de julio al 21 de agosto, periodo que tampoco coincide con lo señalado en la demanda. También llama la atención que se hable de pago por $20.000 diarios, sin embargo, el actor refiere que su remuneración ascendía a $937.500, lo que tampoco coincide con lo señalado en el libelo. Se lee en uno de los pasajes “Jua Pablo me comento que tuviste el vidrio roto de tu auto, te autorizo a dejarlo en la planta, si lo deseas”, de lo que se puede entender que el actor usaba su propio vehículo. Finalmente en el libelo refiere el actor que nada se le pagó por todo el periodo laborado, mientras que en los mensajes hay promesa de pago para el día 1 de agosto, sin que en los posteriores se advierta alguna conversación por ausencia de pago, apareciendo aun más apartado de la lógica que el supuesto reclamo -que dio lugar al supuesto despido- se relacionara con la Ley del peso y la entrega de elementos de protección personal y no con la ausencia absoluta de remuneraciones y la supues

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1° Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago Santiago, diecinueve de marzo de dos mil veinticinco. VISTOS: PRIMERO: Que, comparece PEDRO ESTEBAN JULIO CASTILLO, C.I. 17.780.064-3, chileno, conductor, domiciliado en Santa Laura Nº 1355, comuna de Independencia, deduciendo Demanda laboral, en procedimiento Monitorio, de Reconocimiento de relación laboral, despido verbal, injustificado, improcedente

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