RIVERA/
Rol
V-84-2022
Fecha
12 de mayo de 2025
Materia
NOMBRE, AUTORIZACIÓN CAMBIO DE
Resultado
No especificado
Hechos
Vistos: Que a folio 1, comparece don NICOLÁS IGNACIO RIVERA SOLIS, estudiante, domiciliada en calle Manuel Rodriguez Nº 7510, comuna de Hijuelas, quien viene en solicitar, autorizar el cambio de sus apellidos, quedando en definitiva con los apellidos “Solis Herrera”, en virtud de los siguientes antecedentes de hecho y
Fundamentos
fundamentos jurídicos. Expone que fue registrado e inscrito por sus padres con los apellidos “Rivera Solis”. Sin embargo, desde su niñez ha sido conocido con el nombre de Nicolás Ignacio Solis Herrera. Expresa su deseo que esta situación se regularice y se practiquen las rectificaciones a su partida de nacimiento y demás documentos legales, en el sentido indicado. Indica que el DFL que fija texto refundido, coordinado y sistematizado del código civil; de la ley N° 4.808, sobre Registro Civil, de la ley N° 17.344, que autoriza cambio nombres y apellidos, de la ley N° 16.618, ley de menores, de la ley N° 14.908, sobre abandono de familia y pago de pensiones alimenticias, y de la ley N° 16.271, de impuesto a las herencias, asignaciones y donaciones, en su artículo 4°, artículo 1º inciso segundo letra b) de la ley 17.344 posibilita el cambio de nombre cuando el solicitante, por motivos plausibles haya sido conocido por más de cinco años con nombre o apellidos distintos de los propios. Finaliza su presentación, solicitando que
Fallo
en mérito de lo expuesto y a lo previsto en el artículo 1º inciso segundo letra b) de la Ley N°17344, se sirva tener por presentada solicitud de cambio de nombre en los términos indicados, y se modifique su acta de nacimiento inscrita bajo el número 210 año 2002, del Registro Civil Circunscripción La Calera. A folio 3, da curso a la solicitud y se ordena la publicación legal, en conformidad a lo dispuesto en el artículo 2°, inciso 2°, de la Ley N°17.344. A folio 5, consta la recepción de la información sumaria de testigos. A folio 7, corre aparejada la publicación de extracto de la petición, en el Diario Oficial de fecha sábado 15 de abril de 2023, Núm. 43.527, CVE 2295955, en cumplimiento Código: XSSXXUDRWRM Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl a lo ordenado en el artículo 2°, de la Ley N°17.344, conteniendo las exigencias prescritas en el inciso 3°, del referido artículo, de la cual no se dedujo oposición a la solicitud dentro del plazo legal. A folio 19, rola el informe del Servicio de Registro Civil e Identificación N°5771, sobre la petición de inicio. A folio 29, se trajeron los autos para fallo. Considerando: Primero: Que a folio 1, comparece don Nicolás Ignacio Rivera Solis, ya individualizado, solicitando que se autorice y efectúe su cambio de sus apellidos, “Rivera Solis” por “Solis Herrera”, en base a los argumentos ya indicados en lo expositivo de este fallo. Segundo: Que, a folio 1 se acompañó
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FOJA: 27 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : Juzgado de Letras de La Calera CAUSA ROL : V-84-2022 CARATULADO : RIVERA/ La Calera, doce de mayo de dos mil veinticinco.- Vistos: Que a folio 1, comparece don NICOLÁS IGNACIO RIVERA SOLIS, estudiante, domiciliada en calle Manuel Rodriguez Nº 7510, comuna de Hijuelas, quien viene en solicitar, autorizar el cambio de sus apellidos, quedando e
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