ROBLES/
Rol
V-124-2024
Fecha
8 de mayo de 2025
Materia
BIENES RAÍCES, RECLAMO NEGATIVA DEL CONSERVADOR
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS: Con fecha 25 de septiembre de 2024, en folio 1, comparece do a LIDIAñ DEL CARMEN ROBLES MU OZ, c dula de identidad N 6.048.737-5Ñ é ° , casada, due a de casa, domiciliada en Fundo Santa Eugenia S/N, comuna de Paine,ñ quien interpone reclamaci n de negativa de inscripci n, solicitando se ordene aló ó Se or Conservador de Bienes Ra ces de Buin, inscribir la resoluci n exenta N E-ñ í ó ° 20017, de fecha 20 de noviembre de 2018, dictada por la Secretar a Regionalí Ministerial de Bienes Nacionales de la Regi n Metropolitana, por los antecedentesó que expone. Indica que, con el prop sito de iniciar los tr mites de regularizaci n de suó á ó inmueble, solicit ante el Ministerio de Bienes Nacionales acogerse al procedimientoó contenido en el D. L. N 2695.° Menciona que, la tramitaci n se inici a trav s del expediente Nó ó é °16.685, obteni ndose con fecha 20 de noviembre de 2018 la Resoluci n Exenta N E-20017,é ó ° que ordenaba inscribir a nombre del solicitante el inmueble en cuesti n, junto conó inscribir en el Registro del Conservador de Bienes Ra ces de Buin-Paine, laí prohibici n de gravar y enajenar el inmueble singularizado, durante el plazo de dos yó cinco a os, respectivamente, contado desde la fecha de inscripci n de dominio, lañ ó que quedar a cancelada por el solo ministerio de la ley una vez transcurrido elí referido plazo; y que, una vez transcurrido el mismo plazo de dos a os contadosñ desde la inscripci n del dominio, cancelar las anteriores inscripciones relativas aló mismo inmueble. Expone que, pese a contar con la resoluci n exentaó que ordena al Conservador de Bienes Ra ces de Buin inscribir el inmueble, con fecha 05 de febreroí de 2019, bajo la car tula N 321461, este se niega a realizarlo se alando los siguientesá ° ñ reparos: Código: KFCCXUFTHCL Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Foja: 1 “1. El solicitante posee t tulo inscrito por sobre el inmueble, tanto y deí conformidad a
Fundamentos
CONSIDERANDO: Primero: Que, con fecha 2 de septiembre de 2024, en folio 1 , comparece do añ LIDIA DEL CARMEN ROBLES MU OZÑ , c dula de identidadé N 6.048.737-5, casada, due a de casa, domiciliada en Fundo Santa Eugenia S/N,° ñ comuna de Paine, quien interpone reclamo en contra del Conservador de Bienes Ra ces de Buiní , en virtud de los fundamentos de hecho y de derecho expuestos en la parte expositiva de este fallo. Código: KFCCXUFTHCL Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Foja: 1 Segundo: Que, 03 de octubre de 2024 a folio 4, consta oficio evacuado por el Conservador de Bienes Ra ces de Buin, í cuyo contenido y consideraciones fueron descritas latamente en la parte expositiva de este fallo. Tercero: Que, a folio 14, el solicitante hace presente escrito, en virtud del informe evacuado por el Conservador de Bienes Ra ces de Buiní , cuyo contenido tambi n se dar por reproducido, al haber sido consignado en la parte expositiva deé á esta sentencia. Cuarto: Que, la parte solicitante acompa la siguiente documentaci n:ñó ó 1.- Copia de expediente N 16.685, seguido ante el Ministerio de Bienes° Nacionales. 2.- Copia de car tula N 321461, emitida por el Conservador de Bienesá ° Ra ces de Buin que rechazo inscripci n.í ó 3.- Copia de resoluci n exenta E-20017 de fecha 20 de noviembre de 2018,ó que ordena la inscripci n del inmueble a favor.ó 4.- Copia de resoluci n exenta N 890 que pone t rmino al expedienteó ° é N 16685.° Quinto: Que, el t tulo presentado al despacho del Conservador de Bienesí Ra ces de Buin consiste en la í Resoluci n Exenta N E-20017 ó ° de fecha 20 de noviembre de 2018, emitida por la Secretar a Regional Ministerial de Bienesí Nacionales de la Regi n Metropolitana.ó Dicha resoluci n ministerial, que corresponde al expediente Nó °16685, concedi a do a ó ñ LIDIA DEL CARMEN ROBLES MU OZÑ la posesi n deló inmueble ubicado en Avenida General Baquedano Sitio 2, Lote B, Rol de Aval o N 126-247, comuna de Paine, Provincia del Maipo, Regi nú ° ó Metropolitana; superficie aproximada de 955,3 mt2, cuyos deslindes son los siguientes: NORTE: Alberto Rojas, en 3230 metros, separado por cerco; ESTE: Fundo ngel Mart nez, en 30,10 metros, separado por cerco; Á í SUR: Camino de acceso, en 31,40 metros; OESTE: Lote A de propiedad de Manuel Robles, en 29,90 metros, separado por cerco. Adem s, en su apartado resolutivo, numeral 2 á ° y 3 se establece la prohibici n° ó de gravar el inmueble, por un lapso de 2 a os. y enajenarlo por un lapso de 5 a osñ ñ contado desde la fecha de inscripci n del dominio.ó Por ltimo, en eú l apartado 4 , se ordena que, transcurrido el plazo de 2 a o,° ñ se cancelen materialmente y por el s lo ministerio de la ley, las inscripcionesó anteriores relativas al inmueble, especialmente y en forma parcial la de fojas 835 Código: KFCCXUFTHCL Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Foja: 1 N 1071 del a o
Fallo
por tanto, verificar su aplicaci n en cada caso, constituyendo el acto administrativo emitido por esaó autoridad el justo t tulo en base al cual se ordena la respectiva inscripci n en elí ó Conservador de Bienes Ra ces pertinente. í Por lo anterior, ser desestimado el primer reparo.á D cimo: é Que, en cuanto al segundo reparo, en relaci n con que el Sr.ó Conservador de Buin manifiesta que no realizar inscripciones de predios rurales queá Código: KFCCXUFTHCL Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Foja: 1 no tengan la cabida m nima contemplada en el Plan Regulador Metropolitano, yaí que establece que los predios r sticos, por regla general, deben dividirse en lotesú resultantes de a lo menos 4 hect reas o 40.000 metros cuadrados y que en este casoá el terreno objeto de la solicitud no cumple con la superficie m nima predialí establecida por dicho plan para las reas rurales, toda vez que la superficie delá terreno es de 955,3 metros cuadrados, mientras que el Plan Regulador Metropolitano exige una superficie m nima de 4 hect reas.í á Adem s, manifiesta que la resoluci n del Ministerio de Bienes Nacionalesá ó generar a la apertura de caminos interiores y divisiones internas dentro de un predioí de mayor extensi n, lo cual contradice la Ley General de Urbanismo yó Construcciones. Por otro lado, argumenta que la solicitud de inscripci n vulnera la leyó N 21.477, que modifica la ley N 20.234, destacando que la ley proh
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Foja: 1 FOJA: 17 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 1 Juzgado de Letras de Buinº CAUSA ROL : V-124-2024 CARATULADO : ROBLES/ Buin, ocho de mayo de dos mil veinticinco VISTOS: Con fecha 25 de septiembre de 2024, en folio 1, comparece do a LIDIAñ DEL CARMEN ROBLES MU OZ, c dula de identidad N 6.048.737-5Ñ é ° , casada, due a de casa, domiciliada en Fundo Santa Eugenia S/N, comuna de Pai
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