17º Juzgado Civil de Santiago

CLÍNICA LAS CONDES S.A./BRICEÑO

Rol

C-15083-2022

Fecha

8 de mayo de 2025

Materia

PESOS, COBRO DE

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS Con fecha 15 de diciembre de 2022, a folio 1, a trav s deé presentaci n ingresada por la oficina judicial virtual, comparece do aó ñ Patricia Alejandra Silva Parra, abogada en representaci n convencional deó Cobranzas Collection Services SPA, empresa del giro de cobranzas, representada legalmente por don Manuel Pinto Machuca, c dula deé identidad N 10.958.569-6, ingeniero comercial, mandataria judicial de° Cl nica Las Condes S.Aí , sociedad del giro de su denominaci n, Rut:ó 93.930.000-7, representada legalmente por don Alejandro Gil G mez, yó do a Renata Harasic Gil, todos domiciliados para estos efectos en calleñ Santa Luc a 150, Santiago, quien interpone demanda en juicio ordinario deí menor cuant a de cobro de pesos, en contra de í Carlos Alberto Brice oñ Armijo, con domicilio en Crist bal Colon 3873 departamento 83, Lasó Condes, Santiago. Funda su demanda en que la demandante es due a del cr ditoñ é contenido en las siguientes boletas electr nicas emitidas a nombre deló demandado: (1) Boleta N 146936, con fecha de admisi n 14 de abril de° ó 2020, bajo n mero de episodio: 2000436176, por un valor $ 305.304.-; (2)ú Boleta N 6507790, con fecha de admisi n 14 de abril de 2020, bajo° ó n mero de episodio: 2000436176, por un valor $ 1.388.274.-; (3) Boleta Nú ° 3974184, con fecha de admisi n 14 de abril de 2020, bajo n mero deó ú episodio: 2000436176, por un valor $ 150.112.-; (4) Boleta N 3974185, con° fecha de admisi n 14 de abril de 2020, bajo n mero de episodio:ó ú 2000436176, por un valor $168.776. Afirma que el demandado no ha pagado dichas boletas a Cl nica Lasí Condes S.A. y por tanto adeuda la suma de $2.012.466.- por concepto de capital, m s los intereses moratorios que se devenguen desde elá incumplimiento hasta la fecha del pago ntegro y total de lo adeudado, m sí á las costas. Indica que el art culo 1871 del C digo Civil dispone que la obligaci ní ó ó del comprador es pagar el precio, en consecuencia, procede que su representada accione judicia

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que en autos Cl nica Las Condes S.A, deduce demandaí de cobro de pesos en contra de Carlos Alberto Brice o Armijo, ambos yañ individualizados, a fin de que sea condenada a pagar la suma de $2.012.466.- m s intereses y costas, o la suma que este Tribunal estimeá conveniente conforme al m rito del proceso, en virtud de los antecedentesé se alados en lo expositivo.ñ SEGUNDO: Que se tuvo por contestada la demanda, en rebeld a deí la parte demandada, hecho que constituye aquello que la doctrina denomina contestaci n ficta , esto es, que el silencio procesal de la parte“ ó ” demandada debe interpretarse como una negaci n de todos y cada uno deó los hechos en los cuales la actora ha fundado su pretensi n, de modo queó corresponder tenerlos por controvertidos.á TERCERO: Que, atendida la rebeld a de la demandada seg n seí ú dej establecido de forma precedente, de conformidad a las premisas deló art culo 1698 del C digo Civil, es de cargo del actor acreditar los hechos ení ó que funda su acci n, esto es, la existencia de una obligaci n por la cual laó ó demandada se haya puesto en calidad de deudora de la suma de dinero que por esta v a reclama.í CUARTO: Que a fin de acreditar lo correspondiente, la parte demandante, rindiendo prueba, acompa los siguientes documentos: ñó (1) Boleta N 146936, con fecha de admisi n 14 de abril de 2020, bajo n mero° ó ú de episodio: 2000436176, por un valor $ 305.304.-; (2) Boleta N 6507790,° con fecha de admisi n 14 de abril de 2020, bajo n mero de episodio:ó ú 2000436176, por un valor $ 1.388.274.-; (3) Boleta N 3974184, con fecha° de admisi n 14 de abril de 2020, bajo n mero de episodio: 2000436176,ó ú por un valor $ 150.112.-; (4) Boleta N 3974185, con fecha de admisi n 14° ó de abril de 2020, bajo n mero de episodio: 2000436176, por un valorú $168.776; (5) Resumen de bonificaciones a la cuenta del demandado correspondiente al episodio 2000436176; (6) Cuadratura correspondiente al episodio 2000436176; (7) Copias de las ordenes de atenci n emitidos poró Isapre Colmena, las cuales corresponden al episodio 2000436176. QUINTO: Que, con el m rito de la prueba rese ada, valorada deé ñ conformidad a la Ley, ha quedado acreditado que entre las partes existe Código: PXXRXUDZGCL Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl RIT« » Foja: 1 una relaci n contractual de prestaci n de servicios de salud realizados poró ó Cl nica Las Condes en favor de la demandada, que se encuentra detr s deí á aquellos conceptos consignados en la instrumental revisada. Los documentos en su conjunto, permiten tener por establecido el origen, detalle y saldo pendiente de pago. En efecto, las boletas electr nicasó N 146936, 6507790, 3974184 y 3974185 dan cuenta de los servicios° m dicos prestados a don Carlos Alberto Brice o Armijo, todos ellosé ñ asociados al episodio cl nico N 2000436176. Dichas boletas se vinculaní ° directamente con la cuadratura del episodio, la que entr

Fallo

por tanto adeuda la suma de $2.012.466.- por concepto de capital, m s los intereses moratorios que se devenguen desde elá incumplimiento hasta la fecha del pago ntegro y total de lo adeudado, m sí á las costas. Indica que el art culo 1871 del C digo Civil dispone que la obligaci ní ó ó del comprador es pagar el precio, en consecuencia, procede que su representada accione judicialmente para obtener el cumplimiento forzado de las obligaciones contendidas en dichas boletas. Finalmente, y se alando la normativa aplicable, solicita tener porñ interpuesta demanda en juicio ordinario de menor cuant a de cobro deí pesos en contra de Carlos Alberto Brice o Armijo acogerla en todas susñ partes y, en definitiva, declarar que debe pagar a Cl nica Las Condes laí suma de $2.012.466.- m s intereses y costas.á Código: PXXRXUDZGCL Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl RIT« » Foja: 1 A folio 8, seg n estampado receptorial, la demanda fue notificada conú fecha 20 de febrero de 2023 de conformidad al art culo 44 del C digo deí ó Procedimiento Civil. A folio 24 se tuvo por evacuado el traslado en rebeld a de laí demandada y se cit a las partes a la audiencia de conciliaci n, a la cual noó ó compareci ninguna de las partes.ó A folio 38, al no haber comparecido ninguna de las partes a la audiencia de conciliaci n fijada en autos, se recibi la causa a prueba,ó ó rindi ndose la que consta en autos.é A folio 53, se cit a las partes a o

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RIT« » Foja: 1 FOJA: 43 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 17 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : C-15083-2022 CARATULADO : CL NICA LAS CONDES S.A./BRICE OÍ Ñ Santiago, ocho de mayo de dos mil veinticinco VISTOS Con fecha 15 de diciembre de 2022, a folio 1, a trav s deé presentaci n ingresada por la oficina judicial virtual, comparece do aó ñ Patricia Alejandra Silva Parra, abogada

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