AVENDAÑO/VITAMINA WORK LIFE SA
Rol
O-4564-2024
Fecha
17 de marzo de 2025
Materia
Despido injustificado, Nulidad del despido, Otras Indemnizaciones, Prestaciones
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS: PRIMERO: Que, comparece JENNIFER DEL TRANSITO AVENDAÑO SAN MARTIN, trabajador, Rut N°16114634-K, con domicilio en Pasaje Tabaquero 9225, la Granja, deduciendo demanda en procedimiento ordinario, por Despido injustificado y cobro de indemnizaciones y prestaciones, en contra de VITAMINA WORK LIFE S.A., Rut N°76.407.810-1, persona jurídica del giro de su denominación, representada legalmente por don Cristian Hernan Garcia Palomer, desconoce profesión u oficio, o por quien haga las veces de tal conforme al artículo 4° del Código del Trabajo, ambos con domicilio en Avenida Apoquindo 4501 piso 18 comuna de Las Condes Santiago. Expone que fue contratado por la demandada el 16 de mayo de 2016, para desarrollar la labor de Manipuladora de Alimentos, habitualmente en el jardin infantil ubicado en calle Marcel Duahut 2882 comuna de Providencia, aunque actualmente me desempeñaba en el Santa Amalia ubicado en Santa Amalia 1450, Comuna de La Florida. Al momento del despido el contrato era indefinido y su remuneración para efectos de base de cálculos conforme Art. 172 del Código del trabajo, ascendía a la suma de $746000. Su jornada de trabajo, esta correspondía a 45 horas semanales, distribuida de lunes a viernes de 08:00 a 18:00 horas., pudiendo incluir domingos y festivos. Con fecha 7 de marzo de 2024, fue despedida de forma verbal de la empresa, según detalla. Durante todo el periodo en que prestó servicios para su empleador, se desempeñó de la manera más profesional posible. Jamás recibió personalmente o en su domicilio carta de aviso de término que invocara la causal comunicada por su ex empleador, por lo que no cumplió con ninguna de las formalidades indicadas en el artículo 162 del Código del Trabajo, se vio despojada de su fuente laboral sin razón alguna, y adeudando las prestaciones que demanda. Hace presente que se le adeuda el pago de 0 días de Feriado legal y proporcional y que no ha hecho uso de esos días de feriado y tampoco ha sido compensado en dine
Fallo
Por estas consideraciones y visto además lo dispuesto, en los artículos, 1, 7, 41, 58, 63, 171, y 496 y siguientes del Código del trabajo se declara: I.- Que se acoge la demanda sólo en cuanto al pago de cotizaciones previsionales, por lo que la demandada deberá pagar: a) Cotizaciones adeudadas en AFP Habitat por el periodo desde febrero de 2023 a febrero de 2024; en Fonasa de marzo de 2023 al 7 de marzo de 2024 y en AFC desde febrero de 2023 al 7 de marzo de 2024, en base a una remuneración ascendente a $746.000, debiendo oficiarse a las instituciones referidas para el inicio de las acciones de cobro. II.- Que se rechaza, en todo lo demás pedido en la demanda. III.- Que cada parte pagará sus costas. Regístrese y archívese, en su oportunidad. RIT : O-4564-2024 RUC : 24- 4-0586004-6 Pronunciada por ANDREA LEONOR SILVA AHUMADA, Juez Titular del Primer Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago. En Santiago a diecisiete de marzo de dos mil veinticinco, se notificó por el estado diario la sentencia precedente. San Martín #950 Santiago – Fono 02-9157000 Correo Electrónico jlabsantiago1@pjud.cl
Texto Completo (Preview)
1° Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago Santiago, diecisiete de marzo de dos mil veinticinco. VISTOS: PRIMERO: Que, comparece JENNIFER DEL TRANSITO AVENDAÑO SAN MARTIN, trabajador, Rut N°16114634-K, con domicilio en Pasaje Tabaquero 9225, la Granja, deduciendo demanda en procedimiento ordinario, por Despido injustificado y cobro de indemnizaciones y prestaciones, en contra de VITAMINA WORK L
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