COMITE VECINAL DE SEGURIDAD CIUDADANA Y CENTRO DE DESARROLLO BARRIO LA HACIENDA UNIDAD VECINAL Nº19/
Rol
I-461-2024
Fecha
17 de marzo de 2025
Materia
Reclamo Multa Administrativa
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS Y
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que comparece RAMÓN ALFONSO HINOJOSA ARAYA, cédula de identidad N°6.249.656-8, presidente de comité, en representación de COMITÉ VECINAL DE SEGURIDAD CIUDADANA Y CENTRO DE DESARROLLO BARRIO LA HACIENDA, RUT: 65.191.319-5, ambos con domicilio en Hacienda Macul 6369, comuna de Peñalolén, Región Metropolitana y deduce recurso de reclamación, previsto y sancionado en el artículo 503, en relación con los artículos 511y 512 del Código del Trabajo, en contra de la RESOLUCION EXENTA No: 1308-13038/2024, dictada por don PABLO FERNANDO FUENTES CACERES Inspector Jefe de la Inspección Comunal del Trabajo Santiago Sur Oriente, con domicilio en Av. Campo de Deportes N°787, comuna de Ñuñoa, Región Metropolitana, con fecha 27 de mayo de 2024, notificada legalmente con fecha 27 del mismo mes, mediante correo electrónico, en atención a los siguientes antecedentes de hecho y derecho: En cuanto al plazo para interponer el reclamo judicial, en la especie, esta resolución se notificó vía correo electrónico con fecha 27 de mayo de 2024, por ende el plazo para comenzar a computar los 15 días para la interposición del reclamo judicial, comienzan el día 30 de mayo de 2024, ya que conforme al artículo 508 Código del Trabajo, las resoluciones se entenderán practicadas y producirán pleno efecto legal al tercer día hábil de haber sido notificadas y, entonces el día 17 de junio de 2024, precluía el plazo para estos efectos. Explica que el COMITÉ VECINAL DE SEGURIDAD CIUDADANA Y CENTRO DE DESARROLLO BARRIO LA HACIENDA fue oportunamente notificada de la Resolución N°8047/24/29, de fecha 29 de abril de 2024, la cual fuera dictada por fiscalizadora actuante de la ICT de Santiago Sur Oriente, resolución mediante la cual se impusieron cinco multas administrativas, a saber: Indica que dicha resolución fue objeto del recurso de RECLAMACIÓN ADMINISTRATIVA DE LA MULTA (RAM) previsto en el artículo 511del Código del Trabajo, presentado ante la mencionada entidad fiscalizadora con fecha 23 de mayo del año 2024. Con fecha 27 de mayo de 2024, por medio de RESOLUCION EXENTA No: 130813039/2024, dictada por don PABLO FERNANDO FUENTES CACERES, Inspector Jefe de la Inspección Comunal del Trabajo Santiago Sur Oriente,
Fallo
se resuelve dicho recurso, acogiendo parcialmente la RAM respecto a las multas de 2 a 5 de la numeración anterior, dejando a firme la del número 1. Que, respecto a la multa del número 1 precedente, la misma se mantuvo por RESOLUCION EXENTA No: 1308-13038/2024 de fecha 27 de mayo de 2024 y respecto de ella se reclama judicialmente. En concreto, sostiene que la Fiscalizadora yerra gravemente en mantener la multa impuesta respecto a la multa 1 del proceso de fiscalización primitivo de abril de 2024. En efecto, alega que por intermedio de su administración actual, quien recién asumió en octubre de 2023, solicitó a estos efectos, la centralización en la mantención de la documentación de su representada COMITÉ VECINAL DE SEGURIDAD CIUDADANA Y CENTRO DE DESARROLLO BARRIO LA HACIENDA en dependencias de su oficina, ubicada en Alameda 4050 Oficina 1613, comuna de Estación Central, Región Metropolitana. Lo anterior, según consta en RESOLUCIÓN EXENTA N°2000/2024/1473. En efecto, de la propia interpretación del Jefe de departamento de inspección, don Jorge Meléndez Córdova, quien firma la mentada resolución exenta que fija la centralización, se colige que la faena central -lugar donde se practica la fiscalización primitiva de abril de 2024, no cuenta con los espacios necesarios para almacenar dicha documentación tan relevante: Que, así las cosas, resulta del todo desproporcionado, mantener una multa de 26.73 IMM, lo que equivale en pesos al día de hoy a la suma de $12.295.800, cuando pr
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Santiago, diecisiete de marzo de dos mil veinticinco. VISTOS Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que comparece RAMÓN ALFONSO HINOJOSA ARAYA, cédula de identidad N°6.249.656-8, presidente de comité, en representación de COMITÉ VECINAL DE SEGURIDAD CIUDADANA Y CENTRO DE DESARROLLO BARRIO LA HACIENDA, RUT: 65.191.319-5, ambos con domicilio en Hacienda Macul 6369, comuna de Peñalolén, Región Metropolitana y ded
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