1º Juzgado Civil de San Miguel

JERIA/ILUSTRISIMA MUNICIPALIDAD DE LO ESPEJO

Rol

C-2840-2024

Fecha

7 de mayo de 2025

Materia

PRESCRIP.EXTINCIÓN DE ACCIONES, ADQUISICIÓN DE DERECHOS Y OT

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS: Comparece don Julio Enrique Jeria Flores, comerciante independiente, domiciliado en Buenaventura N 7172, Clara Estrella, comuna de Lo Espejo, quien° deduce demanda en juicio ordinario en contra de la Ilustre Municipalidad de Lo Espejo, representada por do a Javiera Paz Reyes Jara, alcaldesa, ambas con domicilio enñ Avenida Cardenal Ra l Silva Henr quez N 8321, comuna de Lo Espejo, con laú í ° finalidad de que se declare la prescripci n sobre la deuda que mantiene por los derechosó de patente comercial. Indica que, consta en el certificado de deuda, emitido por la ilustre Municipalidad de Lo Espejo, que con fecha 28 de mayo de 2024, mantiene una deuda desde el a oñ 2002 hasta el a o 2024, que asciende a $6.297.693. No obstante, el monto de la deudañ concentrada entre las fechas 31 de julio 2002 y 31 de enero de 2021, la cual asciende a $6.083.636, se encuentra prescrita en todas las cuotas en que se cumplan los presupuestos necesarios para hacerlo, pues han transcurrido m s de tres a os desde queá ñ se hizo exigible su cobro. Se ala que, el C digo Civil, en el primer inciso de su art culo 2521, establece queñ ó í las acciones a favor y en contra del Fisco y de las Municipalidades, provenientes de toda clase de impuestos, prescriben en 3 a os y, dado que la deuda se origin en 2002 y hastañ ó el 2021 no se ha extinguido, esta se entiende prescrita. Por los

Fundamentos

motivos expuestos solicita se declare la prescripci n de la deuda de patente comercial desde el 31 de julio de 2002ó hasta el 31 de enero de 2021, la cual asciende a un monto de $6.083.636. A folio 14, se notific a la I. Municipalidad de Lo Espejo, en conformidad aló art culo 44 del C digo de Procedimiento Civil. í ó A folio 17, se tuvo por contestada la demanda en rebeld a de la parteí demandada. Código: WZSKXUMVKDK Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-2840-2024 Foja: 1 A folio 27, se llev a efecto la audiencia de conciliaci n con la comparecencia deló ó demandante asistidos de sus apoderadas y en rebeld a de la parte demandada, la cual noí se produjo. A folio 29, se fijaron los hechos sustanciales, pertinentes y controvertidos recibi ndose la causa a prueba. é A folio 37, se cit a las partes a o r sentencia.ó í CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, comparece don Julio Enrique Jeria Flores, quien deduce demanda en juicio ordinario en contra de la Ilustre Municipalidad de Lo Espejo, representada por su alcaldesa do a Javiera Paz Reyes Jara, con la finalidad de que señ declare la prescripci n sobre la deuda que mantiene por los derechos de patenteó comercial que van del 31 de julio de 2002 hasta el 31 de enero de 2021, por un monto de $6.083.636. SEGUNDO: Que se tuvo por contestada la demanda en rebeld a de la parteí demandada. TERCERO: Que la parte demandante acompa los siguientes documentos: ñó 1.- Certificado Rol 6-3 expedido por la Ilustre Municipalidad de Lo Espejo con fecha 28 de mayo de 2024, respecto de don Julio Enrique Jeria Flores. CUARTO: Que, de conformidad con lo dispuesto por el art culo 2492 delí C digo Civil: La prescripci n es un modo de adquirir las cosas ajenas, o extinguir lasó “ ó acciones y derechos ajenos, por haberse pose do las cosas o no haberse ejercido dichasí acciones y derechos durante cierto lapso de tiempo, y concurriendo los dem s requisitosá legales . ” QUINTO: Que, por su parte, el art culo 2497 del mismo cuerpo legal se alaí ñ que: Las reglas relativas a la prescripci n se aplican igualmente a favor o en contra del“ ó Estado, de las iglesias, de las municipalidades, de los establecimientos y Corporaciones Nacionales y de los individuos particulares que tienen la libre administraci n de losó suyos , raz n por la que es aplicable dicha disposici n legal a la presente causa.” ó ó SEXTO: Que, son presupuestos legales de la prescripci n extintiva, que el queó quiera aprovecharse de ella la alegue, puesto que el juez no puede declararla de oficio y el transcurso de cierto lapso, durante el cual no se hayan ejercido dichas acciones, el que se cuenta desde que la obligaci n se ha hecho exigible.ó S PTIMO: É Que, dicho lo anterior resulta necesario precisar que en lo referente a la prescripci n de los impuestos de patente municipal, el marco regulatorio seó encuentra en los art culos 23, 24 y 29 del Decreto Ley N 3.063. En efecto, el art culoí ° í 23 estable

Fallo

se declarar la extinci n de la acci n para elá ó ó cobro de los reajustes, intereses, multas y cualquier recargo que accedan a los derechos de patente comercial correspondientes al per odo antes referidoí Y vistos, adem s lo dispuesto por los art culos 144, 160, 170, 342 y siguientes delá í C digo de Procedimiento Civil, art culos 2492, 2493, 2497, 2515ó í , 2521 del C digo Civiló se resuelve: I.- Que, se acoge la demanda presentada por don Julio Enrique Jeria Flores en contra de la I. Municipalidad de Lo Espejo, en consecuencia, se declara la prescripci nó de la acci n para el cobro de las patentes comerciales correspondientes a las anualidadesó que van desde el a o 2002 a 2021, ambos incluidos, m s reajustes, intereses, multas yñ á cualquier recargo que accedan a ellos. II.-Que cada parte pagar sus costas. á Reg strese, an tese, notif quese y arch vese en su oportunidad.í ó í í ROL 2840-2024 Código: WZSKXUMVKDK Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-2840-2024 Foja: 1 DICTADA POR DO A SUSANA CHACÑ N ARANCIBIA, JUEZAÓ TITULAR Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en San Miguel, siete de mayo de dos mil veinticinco Código: WZSKXUMVKDK Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2025-05-07T14:54:40-0400

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C-2840-2024 Foja: 1 FOJA: 32 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 1 Juzgado Civil de San Miguelº CAUSA ROL : C-2840-2024 CARATULADO : JERIA/ILUSTRISIMA MUNICIPALIDAD DE LO ESPEJO San Miguel, siete de mayo de dos mil veinticinco VISTOS: Comparece don Julio Enrique Jeria Flores, comerciante independiente, domiciliado en Buenaventura N 7172, Clara Estrella, comuna de Lo Espejo, quien° dedu

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