1º Juzgado de Letras de Los Angeles

SOCIEDAD DE INVERSIONES Y SERVICIOS R Y G LIMITADA/

Rol

V-3-2025

Fecha

7 de mayo de 2025

Materia

BIENES RAÍCES, RECLAMO NEGATIVA DEL CONSERVADOR

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

Visto: A lo principal de la solicitud enrolada al folio 01, comparece la Sociedad de Inversiones y Servicios R y G Limitada, representada legalmente por doña Josefina Paz Robles Guzmán, domiciliados en calle Colón N° 125, Los Ángeles, quién solicita al tribunal disponga que el Sr. Conservador de Bienes Raíces modifique la inscripción de dominio que indica, actualizando el metraje de sus deslindes. Refiere que encargó un levantamiento topográfico privado, el que dio cuenta de diferencias en el deslinde norte y oriente de la propiedad, lo que hace necesario sean anotadas al margen de la inscripción de dominio. Al folio 06, el Conservador de Bienes Raíces presentó su informe. Al folio 15, se encuentra el informe pericial que fuera ordenado. Con lo relacionado y

Fundamentos

considerando: Primero: Que, la inscripción cuya modificación se pide es la de fs. 6694, N° 5735, del Registro de Propiedad de 2020, respecto de la Hijuela Uno, de 4.7 hectáreas. Los deslindes que en ella se leen son los siguientes: A) Norte: en 190 metros con lote A, de la misma subdivisión. B) Oriente: en 269 metros con lote A Cinco de la misma subdivisión. C) Sur: en 151 metros con camino público Los Ángeles/Antuco. D) Poniente: en 309 metros con el río Rucue. Segundo: Que, luego de un levantamiento topográfico, expone que se logró establecer que la realidad de los deslindes del inmueble eran distintas. Tercero: Que, se ordenó un informe que fue evacuado al folio 15. Para cumplir su cometido, el geomensor consideró el contorno de lugar definido por cercos existentes. Cuarto: Que, se hace presente que lo decidido afecta únicamente a la inscripción de dominio, más no autoriza a efectuar desplazamientos de los cercos existentes.

Fallo

Por estas reflexiones, medios de prueba y normas legales citadas en la petición, se resuelve: I. Que se acoge la petición del folio 01. II. Que, en consecuencia, el Señor Conservador de Bienes Raíces de Los Ángeles, procederá a rectificar la inscripción de fs. 6694, N° 5735, del Registro de Propiedad de 2020, dejando constancia de los siguientes antecedentes: a. Cabida: 4,41 hectáreas. Código: TXMGXUCWGBK Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl b. Deslinde Norte: En 181,30 metros con Lote A en línea quebrada AB y en 251,10 metros con Lote A Cinco en línea quebrada BC; c. Deslinde Este: En 167,60 metros con Camino Público de Los Ángeles a Antuco en línea quebrada CD; d. Deslinde Sur: En 339,45 metros con Rio Rucue en línea quebrada DE, y; e. Deslinde Oeste: En 93,45 metros con Lote A en línea quebrada EA. II. Que se ordena al Señor Conservador archivar el plano Levantamiento Topográfico efectuado por el geomensor don Rodrigo Cerda Díaz, agregado al folio 15 de estos autos. Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Los Angeles, siete de mayo de dos mil veinticinco Código: TXMGXUCWGBK Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2025-05-07T13:27:59-0400

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NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 1º Juzgado de Letras de Los Angeles CAUSA ROL : V-3-2025 CARATULADO : INVERSIONES Y SERVICIOS R Y G Los Angeles, siete de mayo de dos mil veinticinco Visto: A lo principal de la solicitud enrolada al folio 01, comparece la Sociedad de Inversiones y Servicios R y G Limitada, representada legalmente por doña Josefina Paz Robles Guzmán, domiciliados en calle

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