1º Juzgado de Letras de Los Angeles

ALTAMIRANO/

Rol

V-9-2025

Fecha

6 de mayo de 2025

Materia

BIENES RAÍCES, AUTORIZACIÓN ENAJENAR

Resultado

No especificado

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Hechos

Visto: Al folio 01, comparece don Manuel Jesús Altamirano Valenzuela, profesor, domiciliado en calle Tomás de Aquino N° 1739, Los Ángeles, deduciendo una solicitud de autorización para comprar y gravar un departamento. Expone que es cónyuge con doña Jeannette Mercedes Rebolledo Venegas, sin profesión, de su mismo domicilio, con quién está casado en sociedad conyugal, la que padece una enfermedad que le ocasiona un 65% de discapacidad. En ese contexto, se requiere un departamento para brindar un mejor cuidado a la Sra. Rebolledo el que asciende a un valor de 1780 UF, existiendo un crédito preaprobado de 2002.7566 UF en el Banco de Chile. Luego de citar el artículo 1749 del Código Civil, pide al tribunal autorizar la compra y gravamen del departamento N° 231, piso 3, conjunto habitacional Cimbres del Retiro Sur II, más el estacionamiento 19. Para acreditar lo expuesto rindió información sumaria de testigos, prueba documental y se recibió informe del Sr. Defensor Público. Con lo relacionado y

Fundamentos

considerando: Primero: Que, la prueba documental allegada, acredita que, efectivamente, el solicitante es cónyuge de doña Jeannette Mercedes Rebolledo Venegas, la que padece una discapacidad física y psíquica evidente, según se constató, por lo demás, el día de la audiencia respectiva. Segundo: Que, igualmente, por medio de la información sumaria de testigos se acredita la conveniencia de la compra solicitada. Corroboran las razones esgrimidas para ello en el escrito del folio 01. Tercero: Que, el Sr. Defensor Público ha manifestado que es procedente acceder a lo solicitado.

Fallo

Por estas consideraciones y teniendo presente lo establecido en el artículo 891 del Código de Procedimiento Civil, resuelvo: I. Que se acoge la solicitud enderezada al folio 01, por lo que se suple judicialmente la voluntad de doña Jeannette Mercedes Rebolledo Venegas, para la celebración de los siguientes contratos: a. Se autoriza a don Manuel Jesús Altamirano Valenzuela, cédula nacional de identidad 9.418.322-7, comprar el inmueble departamento N° 231, piso 3, conjunto habitacional “Cumbres del Retiro Sur II”, más el estacionamiento 19. Código: FCTFXUXVXCJ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl b. Se autoriza a don Manuel Jesús Altamirano Valenzuela, cédula nacional de identidad 9.418.322-7, para constituir una hipoteca sobre el inmueble anteriormente individualizado. c. Se autoriza a don Manuel Jesús Altamirano Valenzuela, cédula nacional de identidad 9.418.322-7, para constituir una prohibición de celebrar actos y contratos respecto del inmueble anteriormente individualizado. Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Los Angeles, seis de mayo de dos mil veinticinco Código: FCTFXUXVXCJ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2025-05-06T13:35:33-0400

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NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 1º Juzgado de Letras de Los Angeles CAUSA ROL : V-9-2025 CARATULADO : ALTAMIRANO/ Los Angeles, seis de mayo de dos mil veinticinco Visto: Al folio 01, comparece don Manuel Jesús Altamirano Valenzuela, profesor, domiciliado en calle Tomás de Aquino N° 1739, Los Ángeles, deduciendo una solicitud de autorización para comprar y gravar un departamento. Expone q

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