Juzgado de Letras del Trabajo de Concepción

MARTINEZ/TRANSPORTES Y LOGISTICA MENA SPA

Rol

M-1595-2024

Fecha

14 de marzo de 2025

Materia

Despido indirecto, Nulidad del despido

Resultado

No especificado

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Hechos

HECHOS NO CONTROVERTIDOS: No se fijan. CAUSA A PRUEBA: 1. Monto de la remuneración del demandante. 2. Monto de lo adeudado por feriado. 3. Hechos en que se fundó el despido indirecto y efectividad de los mismos. 4. Estado de pago de las cotizaciones de seguridad social. TRIBUNAL ADMITE LA SIGUIENTE PRUEBA OFRECIDA POR LAS PARTES. PARTE DEMANDANTE OFRECE E INCORPORA: Documental: Minuta folio 24 1. Presentación de reclamo ante la Inspección del Trabajo, de fecha 30 de octubre de 2024. 2. Acta de comparendo de conciliación, ante la Dirección del Trabajo, de fecha 14 de noviembre de 2024. 3. Desistido. 4. Carta de despido indirecto de fecha 16 de octubre de 2024, junto a declaración jurada entregada en la Inspección del trabajo y comprobante de envío de carta certificada de correos de Chile enviada al demandado con fecha 17 de octubre de 2024. 5. 03 liquidaciones de remuneraciones, correspondientes a los meses de mayo, junio y septiembre de 2024. 6. 03 certificados de pago de cotizaciones emitido por AFC Chile S.A., de fecha 29 de enero de 2025. 7. Certificado de pago de cotizaciones previsionales emitido por AFP PLAN VITAL, de fecha 04 de febrero de 2025. 8. Certificado de pago de cotizaciones previsionales emitido por FONASA de fecha 22 de enero de 2025. Tribunal. Se tiene presente por ofrecida e incorporada prueba documental. Confesional: Desistida. Tribunal. Se tiene presente la renuncia. Exhibición de documentos: Que la demandada TRANSPORTE Y LOGISTICA MENA SPA, exhiba los siguientes documentos, bajo apercibimiento legal del artículo 453 N°5 del Código del Trabajo: 1. Excluido por el tribunal. 2. Excluido por el tribunal. Tribunal. No ha lugar. PARTE DEMANDADA OFRECE E INCORPORA: Documental: Minuta folio 31 1. Copia de contrato individual de trabajo celebrado entre la empresa Transporte y Logística Mena SpA., rol único tributario 77.045.066-7 y el demandante de autos don Leonardo Fabio Martínez Bedoya, con fecha 06 de Abril de 2021. 2. Copia de comproba

Fallo

Por estas consideraciones se resuelve: I. Que, SE HACE LUGAR a la demanda interpuesta por don LEONARDO FABIO MARTINEZ BEDOYA en contra de TRANSPORTES Y LOGISTICA MENA SPA, ambas ya individualizadas, declarándose terminado el contrato de trabajo por despido indirecto con fecha 16 de octubre de 2024 y la nulidad de dicho término, por tanto, condenándose a la demandada a pagar al actor las siguientes sumas: a) $840.544, por concepto de indemnización sustitutiva de aviso previo. b) $3.362.176 por concepto de indemnización por 4 años de servicios. c) $1.681.088, por concepto de recargo del 50% de la indemnización por año de servicios d) $1317.264, por concepto de 49,87 días de feriado. II. Que, la demandada deberá enterar en la AFP PROVIDA, AFC CHILE y FONASA las cotizaciones declaradas y no pagadas por todo el periodo de la relación laboral, entre el 7 de abril de 2021 y el 16 de octubre 2024. III. Que, la demandada deberá pagar las remuneraciones y demás prestaciones que se devenguen desde el despido, a razón de una remuneración mensual de $540. 544 hasta la fecha en que se convalide en los términos del artículo 162 inciso 5° y 7° del Código del Trabajo. IV. Que, cada parte pagará sus costas. Las partes se entienden notificadas en este acto de todo lo que se ha resuelto. Regístrese y archívese en su oportunidad RIT: M-1595-2024 RUC: 24-4-0623432-7 Dictada por don FERNANDO ANDRÉS STEHR GESCHE, Juez Titular del Juzgado de Letras del Trabajo de Concepción. Se deja constancia

Texto Completo (Preview)

ACTA DE AUDIENCIA ÚNICA DE CONCILIACIÓN, CONTESTACIÓN Y PRUEBA PROCEDIMIENTO MONITORIO (Audiencia efectuada semipresencial) FECHA 14 de Marzo de 2025 RUC 24-4-0623432-7 RIT M-1595-2024 Registro MAGISTRADO FERNANDO ANDRES STEHR GESCHE de Audio ADMINISTRATIVO DE ACTAS Leslie Poulette Schulz Durán Remoto HORA DE INICIO 11:08 horas 2 HORA DE TERMINO 11:40 horas Nº REGISTRO DE

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