ESCALANTE/GRUPO EPYS SPA
Rol
M-11-2025
Fecha
14 de marzo de 2025
Materia
Despido injustificado
Resultado
No especificado
Hechos
HECHOS A PROBAR X · NO HAY HECHOS CONTROVERTIDOS X · SENTENCIA ART. 453 No 4 inc 2do. X · RECEPCION DE PRUEBAS X · EXAMEN DE ADMISIBILIDAD DE PRUEBAS X · OFRECE PRUEBA DEMANDANTE X · DOCUMENTAL DEMANDANTE X · OFRECE PRUEBA DEMANDADO X · DOCUMENTAL DEMANDADO X · DILIGENCIAS DECRETADAS X Se deja constancia que la demandada, GRUPO EPYS SPA., encontrándose legalmente notificada no comparece a la presente audiencia. Se deja constancia que se tiene por contestada en rebeldía la demanda. Atendida la incomparecencia de la demandada, se tiene por frustrado el llamado a conciliación. Solicitud de sentencia: La parte demandante, en atención a que la demandada ha sido legalmente emplazada para comparecer a esta audiencia y no lo ha hecho, y entendiendo a que no se ha contestado la demanda en forma expresa, no existen hechos sustanciales, pertinentes y controvertidos, motivo por el cual, solicita dictar sentencia de inmediato y al hacerlo haga aplicación de lo dispuesto en el artículo 453 N° 1 inciso 7° del Código del Trabajo, en orden a tener por tácitamente admitidos contenidos en la demanda y en definitiva dictar sentencia, acogiendo la misma en los términos expuestos en el petitorio, con costas. El tribunal resuelve: Estando en pleno conocimiento la parte demandada de la realización de la audiencia del día de hoy y no habiendo comparecido y habiéndose tenido por contestada la demanda en su rebeldía, se hace aplicación de lo dispuesto en el artículo 453 N° 3 inciso segundo del Código del Trabajo y no existiendo hechos sustanciales, pertinentes y controvertidos el tribunal procede a dictar sentencia. Dictación y notificación de sentencia: Quillota, a catorce de marzo de dos mil veinticinco. VISTOS, OÍDOS Y
Fundamentos
CONSIDERANDO: Se procede a la dictación y notificación de la sentencia, se deja constancia que el registro íntegro de la misma se encuentra grabado en audio, transcribiéndose sólo su parte resolutiva, en conformidad con lo dispuesto en Acta 71-2016, de la Excelentísima Corte Suprema. Por las consideraciones anotadas y visto además lo consignado en los artículos 1 a 63, 162, 163, 172, 446, 496, y siguientes del Código del Trabajo, 1698 del Código Civil
Fallo
se declara: I.- Que, se acoge la demanda deducida por doña SHERAYMIR DANIELA ESCALANTE PEREZ, RUT N° 28.381.164-6, en contra de GRUPO EPYS SPA., RUT N° 77.398.236-8, representada por don Adonías Vásquez Álvarez, ambos ya individualizados, y se declara que la demandada GRUPO EPYS SPA. es continuadora o sucesora legal de la empresa ESPECIALISTA EN PROCESOS Y SISTEMAS SPA, II.- Que el despido de que fue objeto es injustificado, y se condena a la demandada al pago de: 1.- Indemnización sustitutiva del aviso previo que corresponde a $665.000.- III.- Las sumas ordenadas pagar deberán ser con reajustes e intereses de conformidad con lo dispuesto en artículos 63 y 173 del Código del Trabajo. IV.- Se condena en costas a las demandadas las que se regulan en un diez por ciento de las sumas ordenadas pagar debidamente reajustadas. V.- Ejecutoriada que sea la presente sentencia, cúmplase con lo dispuesto en ella dentro de quinto día; en caso contrario, certifíquese dicha circunstancia y pasen los antecedentes a la Unidad de Cobranza Laboral y Previsional de este Tribunal. Téngase a las partes por notificadas del fallo en audiencia, siendo las 09:25 horas se pone término a la misma. RIT M-11-2025 RUC 25-4-0648681-0 Dirigió la Audiencia y Resolvió doña PATRICIA ZAVALA ASTUDILLO, Juez Titular del Segundo Juzgado de Letras de Quillota. Se deja constancia que el registro oficial de la presente audiencia se encuentra grabado en el audio y a disposición de los intervinientes. 2° Juzgado de L
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ACTA DE AUDIENCIA UNICA DE CONTESTACION, CONCILIACIÓN Y PRUEBA DE PROCEDIMIENTO MONITORIO FECHA 14 DE MARZO DE 2025.- RUC 25-4-0648681-0 RIT M-11-2025. MAGISTRADO PATRICIA ZAVALA ASTUDILLO. ADMINISTRATIVO DE ACTAS Marjorie Jorquera Césped. HORA DE INICIO 09,10 HORAS. HORA DE TERMINO 09,25 HORAS. Nº REGISTRO DE AUDIO 2540648681-0-97 PARTE DEMANDANTE COMPARECIENTE SHERAYMIR DA
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