FOTOVOLTAICA FLOR DEL LLANO SPA/
Rol
V-242-2024
Fecha
5 de mayo de 2025
Materia
MINERO, PEDIMENTO (CONCESIÓN DE EXPLORACIÓN)
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS Con fecha 20 de noviembre de 2024 a fojas 1 se presenta doña PAOLA ANDREA BOTTO MAHAN, Divorciada, Abogado, en representación de FOTOVOLTAICA FLOR DEL LLANO SpA, sociedad chilena, del giro desarrollo y producción de parques fotovoltaicos, R.U.T. N° 77.840.735-3, ambos domiciliados en calle Badajoz N° 130, Oficina 1401, Las Condes, Santiago, quien señala que desea constituir una concesión de exploración, con el objetivo de estudiar la existencia de sustancias concesibles en terrenos abiertos y sin cultivos, solicita se otorgue a su representada la concesión de exploración materia de autos. El punto medio del terreno pedimentado se encuentra ubicado en la comuna de San Clemente, Provincia de Talca, Región del Maule, y se determina coordenadas U.T.M. Norte: 6.065.600,00 metros y Este: 271.800,00 metros, referidas al Elipsoide Internacional de Referencia 1924, Datum Provisorio Sudamericano La Canoa 56, Huso 19. El terreno pedimentado tiene la forma de un rectángulo cuyos lados orientados en sentido Norte-Sur U.T.M. miden 1.000 metros y aquellos orientados en sentido Este-Oeste U.T.M. miden 1.000 metros. La concesión de exploración minera la denominaré "FLOR DEL LLANO 3", cuya superficie abarca de esta manera un total de 100 hectáreas. Y en mérito de lo expuesto y lo previsto en los artículos 43, 46 y siguientes del Código de Minería, solicita tener por presentado el pedimento "FLOR DEL LLANO 3" y acogiéndolo a tramitación, disponer de la inscripción y publicación Código: RFRWXUXUJXX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl correspondiente y en definitiva otorgar la concesión de exploración solicitada a mi representada. Con fecha 16 de enero de 2025 se presenta doña PAOLA ANDREA BOTTO MAHAN, ya individualizada en autos, quien señala que estando dentro del plazo señalado por el artículo 55 del Código de Minería, viene en solicitar al tribunal, se sirva dictar la sentencia constitutiva de la concesión de
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Con fecha 20 de noviembre de 2024 a fojas 1 se presenta doña PAOLA ANDREA BOTTO MAHAN, Divorciada, Abogado, en representación de FOTOVOLTAICA FLOR DEL LLANO SpA, sociedad chilena, del giro desarrollo y producción de parques fotovoltaicos, R.U.T. N° 77.840.735-3, ambos domiciliados en calle Badajoz N° 130, Oficina 1401, Las Condes, Santiago, quien señala que desea constituir una concesión de exploración, con el objetivo de estudiar la existencia de sustancias concesibles en terrenos abiertos y sin cultivos, solicita se otorgue a su representada la concesión de exploración materia de autos. El punto medio del terreno pedimentado se encuentra ubicado en la comuna de San Clemente, Provincia de Talca, Región del Maule, y se determina coordenadas U.T.M. Norte: 6.065.600,00 metros y Este: 271.800,00 metros, referidas al Elipsoide Internacional de Referencia 1924, Datum Provisorio Sudamericano La Canoa 56, Huso 19. El terreno pedimentado tiene la forma de un rectángulo cuyos lados orientados en sentido Norte-Sur U.T.M. miden 1.000 metros y aquellos orientados en sentido Este-Oeste U.T.M. miden 1.000 metros. La concesión de exploración minera la denominaré "FLOR DEL LLANO 3", cuya superficie abarca de esta manera un total de 100 hectáreas. Y
Fallo
en mérito de lo expuesto y lo previsto en los artículos 43, 46 y siguientes del Código de Minería, solicita tener por presentado el pedimento "FLOR DEL LLANO 3" y acogiéndolo a tramitación, disponer de la inscripción y publicación Código: RFRWXUXUJXX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl correspondiente y en definitiva otorgar la concesión de exploración solicitada a mi representada. Con fecha 16 de enero de 2025 se presenta doña PAOLA ANDREA BOTTO MAHAN, ya individualizada en autos, quien señala que estando dentro del plazo señalado por el artículo 55 del Código de Minería, viene en solicitar al tribunal, se sirva dictar la sentencia constitutiva de la concesión de exploración de autos, denominada “FLOR DEL LLANO 3” Dicha concesión abarcará todo el terreno pedido, comprendiendo en consecuencia una superficie total de 100 hectáreas. Las coordenadas U.T.M. de cada uno de los vértices del perímetro de la cara superior de la concesión solicitada y de su punto medio, de acuerdo con el plano y son las siguientes: VERTICE NORTE (m) ESTE (m) P.M. 6.065.600,00 271.800,00 V1 6.066.100,00 271.300,00 V2 6.066.100,00 272.300,00 V3 6.065.100,00 272.300,00 V4 6.065.100,00 271.300,00 La relación entre el vértice V1 del perímetro de la concesión de Exploración y el punto medio (PM) señalado en el pedimento, está dada por una distancia de 707,11 metros y un rumbo U.T.M en grados centesimales S 50,0000 grd. E y un azimut 150,0000
Texto Completo (Preview)
FOJA: 16 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 3º Juzgado de Letras de Talca CAUSA ROL : V-242-2024 CARATULADO : FOTOVOLTAICA FLOR DEL LLANO SPA/ Talca, cinco de mayo de dos mil veinticinco. VISTOS Con fecha 20 de noviembre de 2024 a fojas 1 se presenta doña PAOLA ANDREA BOTTO MAHAN, Divorciada, Abogado, en representación de FOTOVOLTAICA FLOR DEL LLANO SpA, sociedad chilena, del giro de
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