SOCIEDAD CHILENA DE AUTORES E INTÉRPRETES MUSICALES/METRONOMO SPA.
Rol
C-14701-2022
Fecha
5 de mayo de 2025
Materia
INDEMNIZACIÓN LEY DE PROPIEDAD INTELECTUAL
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS: Comparece don Sergio Antonio Vitali Naranjo, Abogado, domiciliado en Doctor S tero Del R o Nº 326, oficina 1305, Santiago, en representaci n de laó í ó Sociedad Chilena de Autores e Int rpretes Musicales, SCD, Corporaci n de derechoé ó privado, sin fines de lucro, seg n mandato judicial, que se acompa a en un otros ,ú ñ í representada por su Director General don Juan Antonio Dur n Gonz lez, ingenieroá á civil, ambos domiciliados en Condell Nº 346, Providencia, Santiago Se ala que lñ a Sociedad Chilena de Autores e Int rpretes Musicales, SCD,é conforme a las autorizaciones concedidas por Resoluciones Nºs. 3.891 y 2.608 del Ministerio de Educaci n, publicadas en el Diario Oficial del 10 de Octubre de l992ó y 23 de Junio de l994, respectivamente, es una entidad de gesti n colectiva queó cuenta con la autorizaci n de funcionamiento a que se refieren los art culos 91 yó í siguientes de la Ley Nº17.336, Sobre Propiedad Intelectual, (modificada por la Ley Nº19.166, de l992). De acuerdo a lo expuesto, SCD est autorizada paraá realizar la gesti n colectiva de los derechos de autor y conexos de los autores,ó compositores, artistas, int rpretes y ejecutantes, productores de fonogramas y dem sé á titulares de derechos que representa, tanto nacionales y extranjeros, para la administraci n del derecho de comunicaci n p blica de las obras musicales, con oó ó ú sin texto, sincronizados o no en obras audiovisuales, teatrales y coreogr ficas, yá fonogramas, que constituyen el repertorio de SCD, el cual consta en el Registro P blico que, de acuerdo al art culo 102 de la Ley, se lleva en el domicilio de miú í representada. En conformidad a los derechos y atribuciones que la ley concede a SCD, viene en demandar a Metronomo SPA., giro de su denominaci n, conó Código: VBEXXUYYTEX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Fojas 2 C-14701-2022 domicilio en calle Ernesto Pinto Lagarrigue N°179, comuna de Recoleta, Regi nó Me
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Comparece don Sergio Antonio Vitali Naranjo, Abogado, en representaci n de la Sociedad Chilena de Autores e Int rpretes Musicales, SCD,ó é Corporaci n de derecho privado, sin fines de lucro, representada por su Directoró General don Juan Antonio Dur n Gonz lez, ingeniero civil, quien interponeá á demanda en juicio sumario por infracci n a la Ley de Propiedad Intelectual y deó indemnizaci n de perjuicios, en contra de Metronomo SpA., giro de suó denominaci n, con domicilio en Calle Ernesto Pinto Lagarrigue N°179, comuna deó Recoleta, Regi n Metropolitana, representada por su Gerente General don Manueló Alfredo Mu oz Araneda, declarando que la demandada ha infringido la Ley deñ Propiedad Intelectual por haber utilizado el repertorio de obras musicales representado por SCD, sin su autorizaci n previa, a los eventos previamenteó indicados, conden ndolo a lo siguiente: A pagar a su representada, a t tulo deá í indemnizaci n, la tarifa del 8% de las entradas brutas obtenidas por cada evento,ó ya individualizados, m s un 50% por derechos conexos; A cancelar el reajuste delá monto de la tarifa demandada a t tulo de indemnizaci n de perjuicios, seg n laí ó ú variaci n que experimente el ndice de Precios al Consumidor entre el d a 1º deló Í í mes en que se efectu cada evento y el ltimo d a del mes anterior al de su pagoó ú í efectivo; A pagar todo lo anterior, con los intereses que correspondan, contados desde el d a en que se efectu cada evento hasta el d a de su pago efectivo; Aí ó í pagar una multa de 50 Unidades Tributarias Mensuales, prevista en el art culo 78í de la LeyNº17.336, o la que el Tribunal. se sirva fijar; A la confecci n yó entrega de las planillas de ejecuci n en que consten las obras ejecutadas en losó eventos; A poner t rmino a la actividad infractora, esto es, la utilizaci n noé ó autorizada del repertorio de SCD, en futuros eventos; Sin perjuicio de lo anterior, en subsidio, y de acuerdo al m rito del proceso, a lo que el Tribunal se sirvaé determinar, conforme a derecho. Todo lo anteriormente demandado seg n losú montos que se liquiden en la etapa del cumplimiento del fallo, y de acuerdo a lo Código: VBEXXUYYTEX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Fojas 7 C-14701-2022 dispuesto en el art. 85, letra K de la Ley Nº17.336 sobre Propiedad Intelectual; Al pago de las costas de la causa.; seg n lo expresado en lo expositivo de estaú sentencia, que se da por reproducido en este considerando. SEGUNDO: Que legalmente notificada la demandada Metronomo SpA., representada legalmente por don Manuel Alfredo Mu oz Aranedañ , no contesta la demanda ni aporta prueba alguna en su defensa; de conformidad a lo se alado enñ lo expositivo de esta sentencia. TERCERO: Que en la interlocutoria de prueba se establecieron los siguientes hechos sustanciales controvertidos y pertinentes respecto de los cuales ha de recaer. 1.- Efectividad de que la demandada ha utilizado
Fallo
Por tanto, en m rito de lo expuesto en los arts. 85, 91 y siguientes, yé dem s citados de la Ley Nº 17.336 y del Convenio de Berna, en relaci n a losá ó arts. 173, 680 y siguientes del C.P.C. y 2314 del C digo Civil; solicita tener poró interpuesta la presente demanda en juicio sumario por infracci n a la Ley deó Propiedad Intelectual y de indemnizaci n de perjuicios, en contra de Metronomoó SpA., giro de su denominaci n, con domicilio en Calle Ernesto Pinto Lagarrigueó N°179, comuna de Recoleta, Regi n Metropolitana, representada por su Gerenteó General don Manuel Alfredo Mu oz Araneda, declarando que la demandada hañ infringido la Ley de Propiedad Intelectual por haber utilizado el repertorio de obras musicales representado por SCD, sin su autorizaci n previa, a los eventosó previamente indicados, conden ndolo a lo siguiente: á 1)A pagar a su representada, a t tulo de indemnizaci n, la tarifa del 8% deí ó las entradas brutas obtenidas por cada evento, ya individualizados, m s un 50% porá derechos conexos. 2) A cancelar el reajuste del monto de la tarifa demandada a t tulo deí indemnizaci n de perjuicios, seg n la variaci n que experimente el ndice deó ú ó Í Precios al Consumidor entre el d a 1º del mes en que se efectu cada evento yí ó el ltimo d a del mes anterior al de su pago efectivo. ú í 3) A pagar todo lo anterior, con los intereses que correspondan, contados desde el d a en que se efectu cada evento hasta el d a de su pago efectivo. í ó í 4) A pagar una multa de 50
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Fojas 1 C-14701-2022 NOMENCLATURA : 1. [40] Sentencia JUZGADO : 14º Juzgado Civil de Santiago CAUSA ROL : C-14701-2022 CARATULADO : SOCIEDAD CHILENA DE AUTORES E INTÉRPRETES MUSICALES/METRONOMO SPA En Santiago, a cinco d as del mes de mayo de dos mil veinticinco.í VISTOS: Comparece don Sergio Antonio Vitali Naranjo, Abogado, domiciliado en Doctor S tero Del R o Nº 326, oficina 1305, Santiago, en r
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