MIRANDA/IPS
Rol
O-7808-2024
Fecha
13 de marzo de 2025
Materia
Cotizaciones Previsionales
Resultado
No especificado
Hechos
hechos sustanciales, pertinentes y controvertidos, se da por concluida la audiencia y se procede a dictar sentencia definitiva.: SENTENCIA: PARTE RESOLUTIVA: Por estas consideraciones y lo dispuesto en los artículos 1°, 7°, 58, 159 N° 1, 420, 423, 446 a 462 del Código del Trabajo; artículo 19 del Decreto Ley N° 3.500 y 31 bis de la Ley N° 17.322; se resuelve: I. Que se acoge la demanda interpuesta por doña CLAUDIA LORENA MIRANDA DIAZ, cédula de identidad N° 12.206.530-8, en contra del INSTITUTO DE PREVISIÓN SOCIAL, rol único tributario N° 61.979.440-0, representado por don Patricio Alejandro Coronado Rojo; y se declara: · La prescripción de las acciones para el cobro de cotizaciones previsionales, multas, reajustes e intereses, correspondientes al Instituto de Previsión Social respecto de la ex trabajadora doña Berta Elena García Beroiz, cédula de identidad N° 6.507.386-2, por el periodo desde el mes de marzo de 2006 hasta el mes de marzo del año 2016, ambos meses inclusive, que pudieran derivar del contrato de trabajo existente entre la demandante y la trabajadora mencionada. II. Que no se condena en costas a la demandada, por no mediar oposición de su parte. Las partes quedan notificadas en el acto de esta sentencia. Regístrese y archívese en su oportunidad. Dirigió don JORGE ESCUDERO NAVARRO, Juez Suplente del Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago. Se deja constancia que el registro oficial de la presente audiencia, se encuentra grabado en el audio y a disposición de los intervinientes. Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, trece de marzo de dos mi veinticinco.-
Fundamentos
considerando la incomparecencia de la demandada y la no contestación de la demanda, de acuerdo al artículo 453 N° 3 inciso 2° del Código del Trabajo, el Tribunal estima que no hay hechos sustanciales, pertinentes y controvertidos, se da por concluida la audiencia y se procede a dictar sentencia definitiva.: SENTENCIA: PARTE RESOLUTIVA:
Fallo
Por estas consideraciones y lo dispuesto en los artículos 1°, 7°, 58, 159 N° 1, 420, 423, 446 a 462 del Código del Trabajo; artículo 19 del Decreto Ley N° 3.500 y 31 bis de la Ley N° 17.322; se resuelve: I. Que se acoge la demanda interpuesta por doña CLAUDIA LORENA MIRANDA DIAZ, cédula de identidad N° 12.206.530-8, en contra del INSTITUTO DE PREVISIÓN SOCIAL, rol único tributario N° 61.979.440-0, representado por don Patricio Alejandro Coronado Rojo; y se declara: · La prescripción de las acciones para el cobro de cotizaciones previsionales, multas, reajustes e intereses, correspondientes al Instituto de Previsión Social respecto de la ex trabajadora doña Berta Elena García Beroiz, cédula de identidad N° 6.507.386-2, por el periodo desde el mes de marzo de 2006 hasta el mes de marzo del año 2016, ambos meses inclusive, que pudieran derivar del contrato de trabajo existente entre la demandante y la trabajadora mencionada. II. Que no se condena en costas a la demandada, por no mediar oposición de su parte. Las partes quedan notificadas en el acto de esta sentencia. Regístrese y archívese en su oportunidad. Dirigió don JORGE ESCUDERO NAVARRO, Juez Suplente del Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago. Se deja constancia que el registro oficial de la presente audiencia, se encuentra grabado en el audio y a disposición de los intervinientes. Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, trece de marzo de dos mi veinticinco.-
Texto Completo (Preview)
ACTA DE AUDIENCIA PREPARATORIA PROCEDIMIENTO ORDINARIO FECHA 13 DE MARZO DE 2025 TRIBUNAL SEGUNDO JUZGADO DE LETRAS DEL TRABAJO LUGAR SANTIAGO SALA 10 RUC 24-4-0622163-2 RIT O-7808-2024 MAGISTRADO JORGE ESCUDERO NAVARRO ADMINISTRATIVO DE ACTAS MIJAIL MELLA HORA DE INICIO 09:30 HORAS HORA DE TÉRMINO 09:42 HORAS Nº REGISTRO DE AUDIO 2440622163-2-1349-250313-00 PARTE DEMANDANTE
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