14º Juzgado Civil de Santiago

BANCO DEL ESTADO DE CHILE/AMÉSTICA

Rol

C-11367-2024

Fecha

2 de mayo de 2025

Materia

PAGARÉ, COBRO DE

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS: Comparece doña Bárbara Larraín Erazo, abogada, mandataria judicial en representación convencional del Banco del Estado de Chile, empresa autónoma de créditos del Estado, domiciliada en Avda. Libertador Bernardo O´Higgins Nº1111, piso 8º, Comuna de Santiago, representado legalmente por su Gerente General Ejecutivo don Oscar Raúl Antonio González Narbona, chileno, casado, ingeniero Civil, RUT N°6.362.085-8, de su mismo domicilio, quien deduce demanda ejecutiva en contra de doña Daisy Andrea Améstica Reveco, ignora profesión u oficio, con domicilio en Senda San Matías N°82 Depto/Casa 12 comuna de Santiago y/o Senda San Matías N°82 departamento 12 comuna de Quilicura y/o Pasaje Estero Colcura N°77 comuna de Quilicura y/o Pasaje Manuel Merino N°1247 comuna de Conchalí y/o Senda Peatonal San Matías N°82 departamento 12 Block E, San Esteban comuna de Quilicura, en virtud de los siguientes argumentos. Refiere que funda la demanda en que su representado es dueño de un pagaré que indica acompañar y que pide se tenga por reproducido, por el cual la persona demandada se obligó a pagar a su parte la suma de 802,600102.- UF.-, con más un interés del 3,3% real anual durante el período comprendido entre la fecha de suscripción del pagaré y el 01 de febrero de 2024, fecha esta última en que vencerán y se capitalizarán los intereses devengados, conformando el nuevo capital. A contar de esta última fecha y hasta 01 de julio de 2052, se pactó intereses del 3,3% real, anual. Indica que el nuevo capital se obligó a pagar mediante 342 cuotas mensuales iguales y sucesivas, equivalentes en pesos, de 3,654000.- UF.- cada una, salvo la Código: YELDXUNSRJH Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-11367-2024 Foja: 1 última que sería de 3,112902.-UF.-, todas con vencimiento los días 01 de cada mes, venciendo la primera de ellas el día 01 de febrero de 2024. Sostiene que en el mismo documento, además, se estableció que, par

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Comparece doña Bárbara Larraín Erazo, abogada, en representación de Banco del Estado de Chile, quien deduce demanda ejecutiva en contra de doña Daisy Andrea Améstica Reveco; fundando su acción en los antecedentes de hecho y de derecho reseñados en lo expositivo de esta sentencia y que se dan por reproducidos en este considerando. Código: YELDXUNSRJH Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-11367-2024 Foja: 1 SEGUNDO: Que legalmente notificada y requerida de pago, el Defensor Público de Santiago don Juan Ferrer Puig, en representación de doña Daisy Andrea Améstica Reveco, opone a la ejecución seguida en su contra la excepción del Nro. 17 del artículo 464 del Código de Procedimiento Civil, esto es la prescripción de la acción cambiaria y en subsidio opone la excepción de prescripción de las acciones cambiarias del portador en contra de los obligados al pago en relación con todas aquellas cuotas que de su exigibilidad hasta la fecha de notificación y requerimiento de pago; de conformidad a lo relacionado en lo expositivo de esta sentencia. TERCERO: Que, a fin de acreditar su pretensión, el ejecutante acompañó los siguientes documentos: 1.- Pagaré a la orden de Banco del Estado de Chile, por cantidad en pesos, moneda corriente nacional de curso legal, equivalente a 802,600102 Unidades de Fomento, pagadero en 342 cuotas mensuales y sucesivas, equivalentes en pesos mediante de 3,654000 las primeras 341 primeras cuotas y de 3,112902 la última, venciendo las cuotas los días 1 de cada mes, la primera cuota el día 1 de febrero de 2024 y la última el día 1 de julio de 2052; suscrito por doña Daisy Andrea Améstica Reveco, con fecha 31 de julio de 2023. Hay autorización notarial de don Octavio Francisco Gutiérrez López, Notario Público Titular de la Trigésima Notaría de Santiago; con fecha 17 de agosto de 2023.- 2.- Copia autorizada Delegación y Otorgamiento de Mandato Banco del Estado de Chile a Mitzi Andrea Salas Aguilar y otros, de fecha 14 de julio de 2022, otorgado ante don José Leonardo Brusi Muñoz, Notario Público Suplente de la Cuadragésima Segunda Notaría de Santiago. Repertorio N° 30.272-2022.- CUARTO: Que la parte demandada no aportó prueba alguna a fin de acreditar sus asertos. QUINTO: Que respecto a la excepción establecida en el N° 17 del artículo 464 del Código de Procedimiento Civil, se dirá que el artículo 2514 del Código Civil dispone que “la prescripción que extingue las acciones y derechos ajenos exige solamente cierto lapso de tiempo, durante el cual no se hayan ejercido dichas acciones. Se cuenta este tiempo desde que la obligación se haya hecho exigible”, y a su vez el artículo 2515 señala que “Este tiempo es en general de tres años para las acciones ejecutivas y de cinco años para las acciones ordinarias”. Por su parte, el artículo 98 de la Ley Nro. 18.092, sobre Letra de Cambio y Pagaré, Código: YELDXUNSRJH Este documento tiene firma electrónica

Fallo

SE RESUELVE: I.- Que se acoge en todas sus partes la excepción de prescripción de la acción ejecutiva opuesta en lo principal, por señor Defensor Público de Santiago don Juan Ferrer Puig, en representación de doña Daisy Andrea Améstica Reveco. II.- Que se omite pronunciamiento respecto de la excepción de prescripción opuesta en forma subsidiaria, tal como se indicó en el considerando décimo del presente fallo. III.- Que no se condena en costas a la parte ejecutante por haber tenido motivo plausible para litigar. REGÍSTRESE. NOTIFÍQUESE PERSONALMENTE O POR CÉDULA. Código: YELDXUNSRJH Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-11367-2024 Foja: 1 Rol C-11367-2024 DICTADA POR DON MARCELO REYES POZO, JUEZ DEL DÉCIMO CUARTO JUZGADO CIVIL DE SANTIAGO. Autoriza doña Fabiola Paredes Aravena, Secretaria Subrogante. Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Santiago, dos de mayo de dos mil veinticinco Código: YELDXUNSRJH Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2025-05-02T11:48:30-0400

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C-11367-2024 Foja: 1 FOJA: 31 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 14 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : C-11367-2024 CARATULADO : BANCO DEL ESTADO DE CHILE/AM STICAÉ Santiago, dos de mayo de dos mil veinticinco VISTOS: Comparece doña Bárbara Larraín Erazo, abogada, mandataria judicial en representación convencional del Banco del Estado de Chile, empresa autónoma de créditos del Est

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