COLLADO/INVERSIONES ESQUIVEL SPA
Rol
M-463-2022
Fecha
13 de marzo de 2025
Materia
Costas, Cotizaciones de Salud, Cotizaciones del Seguro de Cesantía, Cotizaciones Previsionales, Feriado proporcional, Reajustes e intereses, Remuneraciones
Resultado
No especificado
Hechos
vistos lo dispuesto en los artículos 7, 9 inciso 4, 10, 63, 456, del Código del Trabajo, SE DECLARA, que se acoge la demanda deducida por doña ANGÉLICA DEL ROSARIO COLLADO ALDAY en contra de su ex empleador INVERSIONES ESQUIVEL SPA representada legalmente por Don Diego Esquivel Godoy, y en consecuencia en consecuencia, se acoge sus pretensiones en los siguientes términos: I.- Se reconoce la existencia de una relación laboral entre las partes precedentemente individualizada, desde el 10 de junio 2021 hasta el 31 de mayo de 2022, la cual culminó por renuncia voluntaria de la trabajadora. II.- No habiéndose acreditado por la parte demandada el cumplimiento del pago de las prestaciones solicitada en esta demanda se acoge la demanda en cuanto se condena al empleador ya individualizado al pago de las remuneraciones: a. -Remuneración adeudada de los meses de abril y mayo de 2022, suma que asciende a $1.000.000.- b.- Cotizaciones de seguridad social, AFP, AFC y Fonasa por todo el período trabajado de mayo de 2022 por la suma de: b.1.- AFP el monto de $660.000.- b.2.- FONASA, el monto de $385.000.- b.3.- AFC, el monto de $132.000.- c.- Feriado proporcional por la suma de $400.000.- III.- Las sumas que deberán ser canceladas con los reajustes e intereses que procedan de conforme a lo dispuesto en los artículos 63 y 173 del Código del trabajo. IV.- Que habiendo resultado totalmente vencida, la parte demandada, se condena el pago de las costas, regulándose las personales en la suma de $500.000.- Notifíquese y archívense los antecedentes en su oportunidad. DICTADA POR DOÑA LETICIA QUEZADA NUÑEZ, JUEZA DESTINADA DEL JUZGADO DE LETRAS DEL TRABAJO DE LA SERENA. Los intervinientes quedan válidamente notificados de las resoluciones dictadas en audiencia. Se deja constancia que el registro oficial de la presente audiencia se encuentra grabado en el audio y a disposición de las partes.
Fallo
Por estas consideraciones y vistos lo dispuesto en los artículos 7, 9 inciso 4, 10, 63, 456, del Código del Trabajo, SE DECLARA, que se acoge la demanda deducida por doña ANGÉLICA DEL ROSARIO COLLADO ALDAY en contra de su ex empleador INVERSIONES ESQUIVEL SPA representada legalmente por Don Diego Esquivel Godoy, y en consecuencia en consecuencia, se acoge sus pretensiones en los siguientes términos: I.- Se reconoce la existencia de una relación laboral entre las partes precedentemente individualizada, desde el 10 de junio 2021 hasta el 31 de mayo de 2022, la cual culminó por renuncia voluntaria de la trabajadora. II.- No habiéndose acreditado por la parte demandada el cumplimiento del pago de las prestaciones solicitada en esta demanda se acoge la demanda en cuanto se condena al empleador ya individualizado al pago de las remuneraciones: a. -Remuneración adeudada de los meses de abril y mayo de 2022, suma que asciende a $1.000.000.- b.- Cotizaciones de seguridad social, AFP, AFC y Fonasa por todo el período trabajado de mayo de 2022 por la suma de: b.1.- AFP el monto de $660.000.- b.2.- FONASA, el monto de $385.000.- b.3.- AFC, el monto de $132.000.- c.- Feriado proporcional por la suma de $400.000.- III.- Las sumas que deberán ser canceladas con los reajustes e intereses que procedan de conforme a lo dispuesto en los artículos 63 y 173 del Código del trabajo. IV.- Que habiendo resultado totalmente vencida, la parte demandada, se condena el pago de las costas, regulándose l
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ACTA DE AUDIENCIA UNICA DE CONCILIACIÓN Y PRUEBA DE PROCEDIMIENTO MONITORIO FECHA 12 DE MARZO DE 2025 RUC 22-4-0429210-6 RIT M-463-2022 MAGISTRADO LETICIA QUEZADA NUÑEZ ADMINISTRATIVO DE ACTAS KIARA NICOLE LEDEZMA FELIÚ SALA 5 HORA DE INICIO 11:00 HORA DE TERMINO 11:30 Nº REGISTRO DE AUDIO 2240429210-6-1337 PARTE DEMANDANTE ANGÉLICA DEL ROSARIO COLLADO ALDAY ABOGADO MARITZA J
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