ARTIGAS/
Rol
V-70-2024
Fecha
30 de abril de 2025
Materia
DONAR O INSINUACIÓN, AUTORIZACIÓN PARA
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS: Que a folio 1, con fecha 17 de octubre de 2024 compareció don SERGIO ARTIGAS ALLAIRE, chileno, casado, ingeniero, cédula nacional de identidad N°5.561.706-6, domiciliado en calle Rosario Norte N°407, piso 16, comuna de Las Condes, Santiago, representado por su abogado don CRISTIÁN MENESES VALENZUELA, solicitando la autorización judicial para donar, en favor de sus hijos: don CHRISTIAN ENRIQUE ARTIGAS SAPIAIN, chileno, médico cirujano, casado, cédula nacional de identidad número 10.588.645-4; don CRISTÓBAL JOSÉ ARTIGAS SAPIAIN, chileno, arquitecto, casado, cédula nacional de identidad número 10.588.644-6; don JOAQUÍN ESTEBAN ARTIGAS SAPIAIN, chileno, ingeniero en construcción, casado, cédula nacional de identidad número 15.654.250-4; doña MARÍA BELÉN ARTIGAS SAPIAIN, chilena, ingeniero civil industrial, casada, cédula nacional de identidad N°15.550.705-5; doña MARÍA JOSEFINA ARTIGAS SAPIAIN, chilena, enfermera, casada, cédula nacional de identidad N°17.260.193-6; todos domiciliados en calle Rosario Norte N°407, piso 16, comuna de Las Condes, Santiago; el siguiente inmueble: Lote N°4, denominado también “Fundo La Estrella”, de la comuna de Lautaro, de la Región de la Araucanía (en adelante el “Terreno” o “Fundo La Estrella”); Que, con la autorización de este Tribunal, sus hijos previamente individualizados recibirían la totalidad de la propiedad del Terreno. Actualmente el Fundo La Estrella tiene un avalúo fiscal de $524.666.661 pesos chilenos, según consta en rol de avalúo número 3280- 1, y es dueño de dicha propiedad según consta a Fojas 689 vuelta N°628 del registro de propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Lautaro correspondiente al año 2007. Que, es plenamente capaz de disponer del bien que esta donando y sus hijos ya individualizados son también capaces de ser donatarios, no estando sujetos a tutela o curaduría u otro tipo de potestad. Código: EXKKXUXNSWG Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificad
Fundamentos
considerando los otros inmuebles que posee, y el valor patrimonial de su empresa individual según su balance, tienen un avalúo que supera los $2.149.918.432 pesos. Así, como se podrá apreciar, solamente considerando los bienes mencionados, la propiedad de los bienes mencionados superarían los $2.722.300.375 pesos, lo cual garantizaría su solvencia económica y las asignaciones forzosas de sus hijos y cónyuge, por lo que en ningún caso la donación del Terreno podría vulnerar lo que a sus legitimarios, pudiere corresponder en la mitad legitimaria, porción que, como este Tribunal sabría, es la única de la que el causante no puede disponer. Que, finalmente, se pagará el impuesto que corresponda a tal contrato de donación. Previas citas legales, solicita conceder autorización para efectuar la donación del Terreno, y en su oportunidad darle copia de la sentencia que se dicte al efecto para transcribirla en la respectiva escritura a que se reduzca el contrato de donación. Que, con fecha 06 de noviembre del 2024, se rindió Información sumaria de testigos. Código: EXKKXUXNSWG Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl A folio 12, fue acompañado certificado del Servicio de Impuestos internos, en el cual consta la realización del pago del impuesto determinado para las donaciones cuya autorización fue solicitada en la presente causa. Con fecha 08 de enero del 2025, se acompañó informe del Defensor Público. Con fecha 06 de febrero de 2025, se acompañó el e-book de la causa civil ROL V- 64-2024 del 3° Juzgado Civil de Temuco. Con fecha 14 de febrero de 2025, se trajeron los autos para fallo. CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, de acuerdo a lo expuesto en la parte expositiva precedente, el solicitante funda su petición en que posee suficientes bienes como para poder disponer por vía de donación de la suma anteriormente señalada a sus hijos ya individualizados. En efecto, después de efectuada la donación, el monto de su patrimonio, considerando los otros inmuebles que posee, y el valor patrimonial de su empresa individual según su balance, tienen un avalúo que supera los $2.149.918.432, por lo cual garantiza su solvencia económica y las asignaciones forzosas de sus hijos y cónyuge, por lo que en ningún caso la donación del Terreno podría vulnerar lo que a sus legitimarios, pudiere corresponder en la mitad legitimaria. SEGUNDO: Que, el solicitante acompañó los siguientes documentos fundantes de su petición: 1. Certificado de matrimonio con doña María Elena Sapiain Salazar. 2. Certificados de nacimiento de sus hijos Christian, Cristobal, Joaquín, María Belén y María Josefina todos de apellido Artigas Sapiain. 3. Rol de Avalúo Fiscal N°3280-1, correspondiente al Fundo la Estrella, ubicada en la comuna de Lautaro; 4. Certificado de dominio del Fundo la Estrella, emitido por el Conservador de Bienes Raíces de Lautaro. 5. Rol de Avalúo Fiscal N°1413-59 correspondiente a la propiedad ubicada en calle Alemani
Fallo
Por tanto, la donación del Terreno, es decir el Lote 4 denominado también “Fundo La Estrella”, de la comuna de Lautaro, Región de la Araucanía; que pretende efectuar en favor de sus hijos, don Christian Enrique, don Cristóbal José, don Joaquín Esteban, doña María Belén y doña María Josefina, todos de apellidos Artigas Sapiain, no perjudicará en caso alguno los derechos que terceras personas pudieran tener sobre su patrimonio. Asimismo, la donación tampoco perjudicaría sustancialmente el patrimonio de don Sergio, ni mucho menos la situación patrimonial de sus asignatarios forzosos o testamentarios, puesto que por todos los años que lo conozco me consta que posee una excelente situación económica, posee diversos bienes muebles e inmuebles e inversiones personales. Me consta que la situación económica de don Sergio es de una amplia solvencia y que la donación de autos no afectará su bienestar económico. Adicionalmente, estoy en conocimiento de que no mantiene deudas importantes con terceros cuyo cumplimiento pudiere verse perjudicado con la Código: EXKKXUXNSWG Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl donación en cuestión y, es más, los restantes bienes de su propiedad le permiten asegurar con creces su patrimonio y gastos de vida. Finalmente, puedo asegurar que esta donación que don Sergio realiza a sus hijos, la hace por mera liberalidad. Es todo lo que puedo declarar. 2.- Comparece, don RICARDO ALVARO TALADRIZ
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FOJA: 32 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : Juzgado de Letras de Lautaro CAUSA ROL : V-70-2024 CARATULADO : ARTIGAS/ Lautaro, treinta de abril de dos mil veinticinco. VISTOS: Que a folio 1, con fecha 17 de octubre de 2024 compareció don SERGIO ARTIGAS ALLAIRE, chileno, casado, ingeniero, cédula nacional de identidad N°5.561.706-6, domiciliado en calle Rosario Norte N°407, piso 16, co
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