1º Juzgado de Letras de Vallenar

MIRANDA/

Rol

V-550-2024

Fecha

2 de mayo de 2025

Materia

MINERO, PEDIMENTO (CONCESIÓN DE EXPLORACIÓN)

Resultado

No especificado

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Hechos

Vistos: Que en estos autos rol V-550-2024, se presenta don VICTOR ANDRES MORALES CORTES, Abogado, domiciliado en Calle Maipu 172, Copiapó, en representación, de don FRANCISCO NICOLAS MIRANDA ARCOS, chileno, soltero, factor de comercio, cedula nacional de identidad y Rut Nº 19.450.886-7, domiciliado en Parcela 2 Fundo Santa Natalia, San Javier. Solicita se dicte sentencia constitutiva de exploración del pedimento denominado “AGUA AMARGA 1” presentado con fecha 10 de diciembre de 2024, solicitándose una superficie de 300 hectáreas, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 55 del Código de Minería. Acredita su personería para representar a don FRANCISCO NICOLAS MIRANDA ARCOS, mediante escritura pública de fecha 16 de octubre de 2024, otorgada ante Luis Alberto Maldonado Concha, Notario Público Titular de la Segunda Notaria de Vitacura, copia autorizada que se acompaña a estos autos.

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que rola pedimento ingresado al sistema de tramitación electrónica, por don FRANCISCO NICOLAS MIRANDA ARCOS, ya individualizado, con fecha 10 de diciembre de 2024 y anotado en informe de registro de minas bajo el folio N° 494, del Primer Juzgado de Letras de Vallenar y mediante resolución de fecha once de diciembre de dos mil veinticuatro, se ordena inscribir, publicar, dar copia y cuyo rol asignado es el V-550-2024. SEGUNDO: Que se agregaron a los autos copia autorizada de la inscripción del pedimento efectuado a fojas 1490 vuelta Nº 773 del Registro de Descubrimientos del Conservador de Minas de Vallenar, correspondiente al año 2024; y páginas pertinentes del Boletín Oficial de Minería Nº 44.036, de fecha 30 de diciembre de 2024, en el que consta la publicación del pedimento referido. Código: QNJCXUKSZHH Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl TERCERO: Que la concesión solicitada se ubica en la Región de Atacama, Provincia de Huasco, Comuna de Vallenar, Sierra o lugar: Quebrada las Cañas y las coordenadas U.T.M. de cada uno de los vértices del perímetro son los siguientes: Vértice Norte Este PUNTO MEDIO (P.M.) 6.819.000,00 334.500,00 V1 6.820.500,00 334.000,00 V2 6.820.500,00 335.000,00 V3 6.817.500,00 335.000,00 V4 6.817.500,00 334.000,00 CUARTO: Que a folio 9 y conforme a lo dispuesto en el artículo 57 del Código de Minería con fecha 28 de marzo de 2025, el Servicio Nacional de Geología y Minería, emitió el correspondiente informe Ordinario N° 860, consignando que los aspectos técnicos relacionados con la solicitud y planos de la referida concesión denominada “AGUA AMARGA 1”, Rol Nacional 20010-1117- 3, se encuentra conforme con las disposiciones legales vigentes y agrega que la forma, dimensiones y orientación de la cara superficial de la concesión solicitada se ajustan a la Ley y ésta queda comprendida dentro de terreno pedido. QUINTO: Así de conformidad con lo dispuesto en el artículo 55 del Código de Minería y en virtud del pedimento presentado el 10 de diciembre de 2024 se solicita se constituya la concesión de exploración. SEXTO: Que en referido pedimento se señala que la concesión solicitada abarcará una superficie total de 300 hectáreas, bajo el nombre de “AGUA AMARGA 1” y al solicitar sentencia constitutiva de exploración el solicitante refiere que éste abarcará en definitiva una superficie de 300 hectáreas. SÉPTIMO; Que no se ha incurrido en vicios procesales que resten valor al procedimiento, ni caducidades que lo anulen por lo que se deberá acoger la solicitud de autos, como se dirá en la parte resolutiva de este fallo.

Fallo

Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en los artículos 1, 34, 35, 37, 43, 46, 52, 55, 56, 57, 87, 89, 90, 112, 112 Bis, de la Ley 18.248, del Código de Minería y artículo 42 de su reglamento y Ley 21.420 y 21.649 que introducen modificaciones al Código de Minería, SE DECLARA: Código: QNJCXUKSZHH Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl SE APRUEBA EL PLANO Y SE DECLARA CONSTITUIDA la concesión de exploración denominada “AGUA AMARGA 1”, la que cubre una superficie total de 300 (trescientas) hectáreas, en favor de don FRANCISCO NICOLAS MIRANDA ARCOS, ya individualizado. Publíquese extracto dentro de plazo legal. Entréguese por el interesado plano original al Servicio Nacional de Geología y Minería. Agréguese el tercero a los autos. Requiérase la inscripción de la presente sentencia en la forma y plazo que indica el artículo 89 del Código de Minería, y archívese un ejemplar del plano en el Conservador de Minas de Vallenar. Retírese por el interesado documentos custodiados, bajo apercibimiento de destruirse en el plazo de 3 meses contados desde que esta resolución quede ejecutoriada. Anótese y notifíquese por el estado diario la presente sentencia. Regístrese y obténgase las copias del sistema de tramitación digital, en su oportunidad. Dictada por doña María Catalina López Werner, Jueza Titular del Primer Juzgado de Letras de Vallenar. En Vallenar, a dos de mayo de dos mil veinticinco se anotó

Texto Completo (Preview)

FOJA: 19 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 1º Juzgado de Letras de Vallenar CAUSA ROL : V-550-2024 CARATULADO : MIRANDA/ Vallenar, dos de mayo de dos mil veinticinco. Vistos: Que en estos autos rol V-550-2024, se presenta don VICTOR ANDRES MORALES CORTES, Abogado, domiciliado en Calle Maipu 172, Copiapó, en representación, de don FRANCISCO NICOLAS MIRANDA ARCOS, chileno, soltero, fa

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