SEPÚLVEDA/C.C.A.F. LOS HÉROES
Rol
C-22360-2024
Fecha
30 de abril de 2025
Materia
PRESCRIP.EXTINCIÓN DE ACCIONES, ADQUISICIÓN DE DERECHOS Y OT
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS: Por presentaci n de fecha 14 de febrero de 2025, ingresada por laó Oficina Judicial Virtual, comparece do a ñ Gilda Alejandra Sep lvedaú Correa, pensionada, c dula nacional de identidad n mero 12.177.487-9,é ú domiciliado en calle Avenida Apoquindo n mero 2930, segundo piso,ú comuna de Las Condes, , quien interpone en procedimiento ordinario de menor cuant a demanda de prescripci n extintiva de acciones en contra deí ó CCAF GABRIELA MISTRAL, fusionado por Caja De Compensaci n Deó Asignaci n Familiar Los H roes, giro de su denominaci n, rol nicoó é ó ú tributario n mero 70.016.330-k, representada legalmente por el Gerenteú General, don Ignacio Andr s De La Cuadra Garreton, empleado, c dulaé é nacional de identidad n mero 10.672.738-4, ambos domiciliados en Avenidaú Holanda n mero 64, comuna de Providencia, Regi n Metropolitana, a finú ó de que se declare la prescripci n extintiva de la deuda.ó Funda su demanda en con fecha 01 de marzo del a o 2011 constituñ í un cr dito con CCAF GABRIELA MISTRAL, por lo cualé suscribi eló pagar n mero 739774, por la suma de $2.455.866.-, deuda que se pagar aé ú í en 6 cuotas mensuales y sucesivas de $409.311.- cada una de ellas, la primera de las cuales vencer a el d a 25 de mayo del a o 2011 y lasí í ñ restantes los d as 25 de los meses siguientes. í Dice que, por problemas econ micos no pag ninguna de las 6 cuotasó ó acordadas, adeudando en consecuencia, por concepto de capital e intereses, el d a 25 de mayo del a o 20211, fecha de vencimiento de la primera cuotaí ñ y en que me constitu en morosidad, la suma total de $2.455.866.-, m sí á intereses pactados. Informa que debido a ello fue demandada ejecutivamente en causa rol c-24355-2012, caratulados CCAF Gabriela Mistral/Sep lveda, seguidaú ante el 8 Juzgado Civil de Santiago por cobro del pagar , cuya demanda le° é fue notificada el 05 de abril del mismo a o, pero que por resoluci n deñ ó fecha 21 de octubre de 2024 fue declarado el abandono del procedimiento. Argumenta
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que en autos Gilda Alejandra Sep lveda Correa,ú debidamente representada, demanda de prescripci n en juicio ordinario deó menor cuant a en contra de CCAF GABRIELA MISTRAL, fusionado porí Caja De Compensaci n De Asignaci n Familiar Los H roes, representadaó ó é legalmente por el Gerente General, don Ignacio Andr s De La Cuadraé Garreton, todos ya individualizados, a fin que se declare la prescripci n deó extintiva de la acci n cambiaria y la ordinaria de cobro que emana deló pagar n mero 739774, por la suma de $2.455.866-, con costas.é ú SEGUNDO: Que, se tuvo por contestada la demanda, en rebeld aí de la parte demandada, hecho que constituye aquello que la doctrina denomina contestaci n ficta , esto es, que el silencio procesal de la parte“ ó ” demandada debe interpretarse como una negaci n de todos y cada uno deó los hechos en los cuales la actora ha fundado su pretensi n, de modo queó corresponder tenerlos por controvertidos.á TERCERO: Que, seg n dispone el art culo 2492 del C digo Civil, laú í ó prescripci n es un modo de extinguir las acciones y derechos ajenos, por noó haberse ejercido dichas acciones y derechos durante cierto lapso de tiempo, concurriendo los dem s requisitos legales.á Que, as la prescripci n es la sanci n de ineficacia jur dica queí ó ó í extingue las acciones por no haberse ejercido stas durante cierto lapso deé tiempo y concurriendo los dem s requisitos legales, defini ndola el art culoá é í 2492 del C digo Civil. Agrega el art culo 2493 del mismo cuerpo legal, queó í qui n quiera aprovecharse de la prescripci n debe alegarla, no pudiendo uné ó juez declararla de oficio. CUARTO: Que, por su parte, el art culo 107 de la Ley N 18.092,í ° establece que en lo que no sea contrario a su naturaleza y a las Código: UXQNXURMYUG Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl RIT« » Foja: 1 disposiciones correspondientes, ser n aplicables al pagar las normasá é relativas a la letra de cambio. Que en consecuencia, resulta aplicable lo prescrito en los art culos 98í y 100 del mismo cuerpo legal, en el sentido de se alar la primerañ disposici n mencionada, que el plazo de prescripci n de las accionesó ó cambiarias del portador contra los obligados al pago es de un a o, contadoñ desde el vencimiento del documento, y la segunda disposici n se alada,ó ñ prescribe que la prescripci n se interrumpe solo respecto del obligado aó quien se notifique la demanda judicial de cobro de la letra o la gesti nó necesaria o conducente para deducir dicha demanda, o preparar la ejecuci n. ó QUINTO: Que, establecido lo anterior, resulta relevante determinar qu es lo que extingue la prescripci n extintiva. Al respecto se ha se alado aé ó ñ trav s de una interpretaci n literal del art culo 1567 y el art culo 2520 queé ó í í la prescripci n extingue las obligaciones. Sin embargo, la normativa citadaó debe interpretarse en armon a con el art culo 1470 n mero 2 del C digoí í ú ó Ci
Fallo
Fallo que acoge incidente del abandono del procedimiento, de fecha 21 de octubre del a o 2024, causa rol c-24355-ñ 2012, caratulados CCAF Gabriela Mistral/Sep lveda, seguida ante el 8ú ° Juzgado Civil de Santiago; e) Certificado firme y ejecutoriada del fallo que acoge el abandono del procedimiento, de fecha 12 de diciembre del a oñ 2024, causa rol c-24355-2012, caratulados CCAF Gabriela Mistral/Sep lveda, seguida ante el 8 Juzgado Civil de Santiago. ú ° OCTAVO: Que con el merito de los documentos allegados se tiene por acreditad ala existencia del pagare N 39774, asociado al cr dito N° é ° 1.029.773 7, por la suma de $2.455.866.-, que se pagar a a contar de matoí de 2011, suscrito por do a Gilda Sepulveda Correa con fecha 1 de marzoñ de 2011 y cuya firma fue autorizada ante Notario P blico. ú Código: UXQNXURMYUG Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl RIT« » Foja: 1 Igualmente se tiene por cierto que el acreedor ejerci sus accionesó ante un tribunal de esta ciudad, mediante la correspondiente demanda ejecutiva y pese a haber sido notificada y requerida de pago , por sentencia de fecha 21 de octubre del a o 2024ñ se declar ó abandonado dicho procedimiento. NOVENO: Que resulta claro que desde la poca en que laé obligaci n se torn exigible hasta la interposici n de la demanda, y aun a laó ó ó notificaci n al demandado, ha trascurrido con creces el plazo especial de 1ó a o para la prescripci n de la acci n cambiaria,
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RIT« » Foja: 1 FOJA: 18 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 17 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : C-22360-2024 CARATULADO : SEP LVEDA/C.C.A.F. LOS H ROESÚ É Santiago, treinta de abril de dos mil veinticinco VISTOS: Por presentaci n de fecha 14 de febrero de 2025, ingresada por laó Oficina Judicial Virtual, comparece do a ñ Gilda Alejandra Sep lvedaú Correa, pensionada, c dula nacio
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