LIDERMAN SPA O SCI SEGURIDAD FISICA S.A/LAVÍN
Rol
I-83-2024
Fecha
12 de marzo de 2025
Materia
Reclamo Multa Administrativa
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS Y
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, compareció ante este Tribunal Roberto Ruiz Santos, abogado, en representación tal de Liderman Spa, Rut 96.984.150-9, sociedad del giro de su denominación, ambas con domicilio en Avenida Manquehue Sur N° 944, comuna de Las Condes, Región Metropolitana, de conformidad a lo establecido en los artículos 503 y siguientes del Código del Trabajo, interpone reclamación judicial en contra de la resolución administrativa N° 4176/24/13, de fecha 11 de septiembre de 2024, dictada por la Inspección Provincial del Trabajo de Iquique, representada legalmente por el Jefe de dicha entidad Sr. Melvin Karin Rivera Erazo, cédula de identidad N° 13.759.288-6, ambos domiciliados en calle Patricio Lynch N° 1332-1334, comuna Iquique, Región de Tarapacá, por cuanto, resolvió aplicar una (1) multa administrativa -a beneficio fiscal- en contra de la empresa Liderman Spa, con una sanción económica total que asciende al monto de $8.614.946pidiendo se acoja la reclamación, dejando sin efecto las multas cursadas por improcedentes, o en subsidio, rebajarlas. Expone que el día 11 de septiembre de 2024, fueron fiscalizados en las dependencias del “Supermercado Unimarc”, ubicadas en Avenida Santiago Polanco N° 2251, comuna de Iquique, mandante de la empresa que representa y a quienes se les presta servicios de seguridad privada, con la colocación de una dotación de guardias. Luego, con fecha 07 de octubre del año 2024, por medio de correo electrónico se les notifica el término del procedimiento de fiscalización y remite notificación de Resolución de Multa N° 4176/24/13, de fecha 11 de septiembre de 2024, dictada por la Inspección Provincial del Trabajo de Iquique, que resuelve aplicar multa administrativa por: [1] NO EXHIBIR TODA LA DOCUMENTACIÓN EXIGIDA QUE DERIVA DE LAS RELACIONES DE TRABAJO, NECESARIA PARA EFECTUAR LAS LABORES DE FISCAUZACIÓN, SEGÚN EL SIGUIENTE DETALLE: CONTRATOS DE TRABAJO Y ANEXOS DE CONTRATOS; REGISTRO DE ASISTENCIA DE ABRIL A SEPTIEMBRE DEL 2024. LO ANTERIOR, RESPECTO DE LOS TRABAJADORES QUE A CONTINUACIÓN SE INDICAN KEVIN CONDORI MAMANI, RUT. 21.313.764-6; CRISTINA POCAACA CUELLAR, RUT. 24.749.423-5; CARLA JIMÉNEZ ALANDIA, RUT. 24.564.637-2; DAVID ROCCO; JOAQUÍN CÁCERES y CÉSAR GALZAMEZ RODRÍGUEZ. Al respecto alega que la empresa Liderman Spa se encuentra autorizada por parte de la Dirección del Trabajo por medio de Resolución Exenta para que mantenga la centralización de todos los documentos derivados de las relaciones laborales de la empresa, por lo que las fiscalizaciones del organismo pertinente deben ser solicitadas a la central o casa matriz, para ello además la empresa fiscalizada, según obligación legal, registró un correo electrónico válido para dichos efectos. Indica que del mérito de la fiscalización indicada, resultaría ilógico que la empresa, que no administra el local comercial inspeccionado, supermercado Unimarc – Los Molles, tenga en dicho lugar documentación administrativa y remuneracional como lo son compro
Fallo
Por estas consideraciones, disposiciones legales citadas y visto además lo establecido por el artículo 503 del Código del Trabajo, se resuelve: I.-Se acoge la reclamación interpuesta por LIDERMAN SPA, en contra de la INSPECCION PROVINCIAL DEL TRABAJO DE IQUIQUE, por lo que se deja sin efecto la resolución de multa número 4176/24/13, de fecha 11 de septiembre de 2024. II.-No se condena en costas a la parte reclamada, estimando motivo plausible para litigar. Regístrese y oportunamente archívese. RIT I-83-2024 Dictada por Don Francisco Javier Vargas Vera, Juez Titular del Juzgado de Letras del Trabajo de Iquique.
Texto Completo (Preview)
IQUIQUE, doce de marzo de dos mil veinticinco. VISTOS Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, compareció ante este Tribunal Roberto Ruiz Santos, abogado, en representación tal de Liderman Spa, Rut 96.984.150-9, sociedad del giro de su denominación, ambas con domicilio en Avenida Manquehue Sur N° 944, comuna de Las Condes, Región Metropolitana, de conformidad a lo establecido en los artículos 503 y siguiente
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