12º Juzgado Civil de Santiago

CELSI/

Rol

V-10-2024

Fecha

29 de abril de 2025

Materia

DONAR O INSINUACIÓN, AUTORIZACIÓN PARA

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS: En el folio 1, compareció Ángela Beatriz Figueroa Fernández, abogada, con domicilio en Luis Thayer Ojeda Sur N°166, Oficina 401, comuna de Providencia, en representación, por mandato judicial, de ALEJANDRO CELSI FERRER, soltero, técnico agrícola, con domicilio en Lo Guerra N°419, comuna de Isla de Maipo; y solicitó que se le autorice a efectuar una donación de un inmueble que singulariza, a favor de su hijo, JOSÉ DIEGO CELSI GONZÁLEZ, publicista, con domicilio en Raimundo Larraín N°9.915, departamento N°311, comuna de Vitacura. Fundando su solicitud, señaló que, la autorización judicial la solicita para que su representado pueda efectuar la donación del inmueble ubicado en calle Alcalde López N°119, correspondiente al lote N°6, del plano de su subdivisión del lote 4-1, de la propiedad de calle Primer Alcalde López, antes con frente a calle Satelices, sin número, de la comuna de Isla de Maipo, cuyos deslindes detalla, inscrito a fojas 1.066, número 945, del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Talagante del año 2023 y cuyo Rol es el N°21-57. Código: RGKMXUZDLXG Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Hizo presente que: - El inmueble a donar tiene una valoración de $123.560.284, según avaluó fiscal del primer semestre de 2024. - La donación la realizará a su único hijo, JOSÉ DIEGO CELSI GONZÁLEZ, individualizado precedentemente, por mera liberalidad. - El futuro donante, ALEJANDRO CELSI FERRER, producto de su trabajo y esfuerzo, ha logrado acumular en el tiempo un patrimonio que asciende aproximadamente a los $2.405.147.918. - El monto de la donación, no causa al futuro donante un detrimento patrimonial importante, habida consideración que su patrimonio actual llega a los $2.405.147.918, y, se trata, además, de su único legitimario, cuya donación se efectúa con cargo a su legítima, por lo que, no se eludirán derechos hereditarios. - El futuro donante no registra deudas en

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, ALEJANDRO CELSI FERRER solicitó que se le autorice a efectuar una donación de un inmueble que singulariza, a favor de su hijo, JOSÉ DIEGO CELSI GONZÁLEZ, todos previamente individualizados. Código: RGKMXUZDLXG Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl SEGUNDO: Que, a fin de acreditar los fundamentos de su petición, el solicitante acompañó, entre otros, los siguientes documentos (folio 1): 1. Certificado de nacimiento del hijo del futuro donante (futuro donatario) 2. Estado de situación patrimonial del futuro donante, al 31 de diciembre de 2022. 3. Copia con vigencia de inscripción a fojas 1.066, número 945, del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Talagante del año 2023 (inmueble objeto de la donación), a nombre del futuro donante. 4. Certificado de avalúo fiscal Rol N°21-57, comuna Isla de Maipo. 5. Certificado de morosidad e indicador de riesgo del futuro donante. 6. Certificado de inscripción con vigencia de la sociedad José Celsi Limitada. 7. Certificado emanado de un contador, respecto del patrimonio del futuro donante. TERCERO: Que, en el folio 7 obra en autos la información sumaria de dos testigos, quienes declararon respecto del solicitante, que, la donación que pretende efectuar no afecta su situación económica y financiera. CUARTO: Que, debemos tener presente que, el valor de los bienes a donar excede la suma que no precisa insinuación, por lo que, es necesaria la autorización que solicita. QUINTO: Que, teniendo en cuenta el certificado de pago de impuestos a las donaciones del Servicio de Impuestos Internos, incorporado en el folio 10 y todos los antecedentes, antes singularizados, se tiene por aprobado el Código: RGKMXUZDLXG Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl pago de impuesto a la donación materia de autos, y, se tienen por acreditados los requisitos legales de la donación cuya autorización se solicita. Y, vistos, además, lo dispuesto en los artículos 43, 580, 582, 583 688, 1386, 1387, 1389, 1401 y 1411 del Código Civil; artículos 366 y 369 del Código Orgánico de Tribunales; artículos 817 y siguientes, 889 y 890 del Código de Procedimiento Civil,

Fallo

en mérito de lo expuesto y dispuesto en las normas legales que cita, que se autorice a efectuar la donación referida, para todos los efectos legales. En el folio 18 se trajeron los autos para fallo. CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, ALEJANDRO CELSI FERRER solicitó que se le autorice a efectuar una donación de un inmueble que singulariza, a favor de su hijo, JOSÉ DIEGO CELSI GONZÁLEZ, todos previamente individualizados. Código: RGKMXUZDLXG Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl SEGUNDO: Que, a fin de acreditar los fundamentos de su petición, el solicitante acompañó, entre otros, los siguientes documentos (folio 1): 1. Certificado de nacimiento del hijo del futuro donante (futuro donatario) 2. Estado de situación patrimonial del futuro donante, al 31 de diciembre de 2022. 3. Copia con vigencia de inscripción a fojas 1.066, número 945, del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Talagante del año 2023 (inmueble objeto de la donación), a nombre del futuro donante. 4. Certificado de avalúo fiscal Rol N°21-57, comuna Isla de Maipo. 5. Certificado de morosidad e indicador de riesgo del futuro donante. 6. Certificado de inscripción con vigencia de la sociedad José Celsi Limitada. 7. Certificado emanado de un contador, respecto del patrimonio del futuro donante. TERCERO: Que, en el folio 7 obra en autos la información sumaria de dos testigos, quienes declararon respecto del solicitante, que, la donació

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FOJA: 17 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 12 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : V-10-2024 CARATULADO : CELSI/ Santiago, veintinueve de abril de dos mil veinticinco VISTOS: En el folio 1, compareció Ángela Beatriz Figueroa Fernández, abogada, con domicilio en Luis Thayer Ojeda Sur N°166, Oficina 401, comuna de Providencia, en representación, por mandato judicial, de ALEJANDRO CEL

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