17º Juzgado Civil de Santiago

BANCO SANTANDER - CHILE S.A/ICH INGENIERIA S.A.

Rol

C-379-2025

Fecha

29 de abril de 2025

Materia

ARRENDAM.TERMINACIÓN INMEDIATA POR NO PAGO RENTAS O RECONVEN

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS A trav s de presentaci n escrita ingresa por Oficina Judicial Virtualé ó con fecha 10 de enero de 2025, folio 1, comparece don Francisco Sep lvedaú Perry, abogado, en representaci n convencional de ó Banco Santander- Chile, sociedad an nima bancaria, cuyo gerente general es don Rom nó á Blanco Reinosa, ingeniero civil, domiciliados en calle Bandera 140, Santiago, quien deduce demanda de terminaci n de contrato deó arrendamiento por no pago de rentas en contra de la sociedad ICH Ingenier a S.A,í representada legalmente por don Marcelo Jos Valenzuelaé Niedbalski, ingeniero civil, en su calidad de arrendataria, y en contra de don Marcelo Jos Valenzuela Niedbalskié , ya individualizado, en su calidad de fiador y codeudor solidario, ambos domiciliados en Avenida Paseo Pie andino N 7100, casa 5, Lo Barnechea.° Funda su demanda en que por contrato de fecha 31 de julio de 2019, protocolizado el 12 de agosto de 2019 en la notar a de Santiago de doní Juan Ricardo San Mart n Urrejola, Repertorio 33.387-2019, el Bancoí Santander-Chile dio en arrendamiento con opci n de compra, a la sociedadó demandada dos veh culos Jeep, marca Mahindra, modelo new scorpio suví 4x4, euro v, a o 2019, nuevos y sin uso,ñ adquiridas por el Banco. Menciona que las partes convinieron que el Banco adquirir a losí citados bienes solo para los efectos de convenir el presente contrato y que el contrato ser a de plazo fijo de vigencia de 37 meses, las que se pagar an porí í mensualidades anticipadas, con un pie de $2.082.353.- al contado en la fecha de suscripci n del contrato y el saldo, en 36 rentas, cada una de ellasó de $711.256.-, m s la opci n de Compra (renta n mero 37) que ser aá ó ú í tambi n de $711.256.-, adicionando a cada una de dichas cuotas o rentas elé impuesto al valor agregado que la grava, venciendo la primera de ellas el 9 de septiembre de 2019. Refiere que las partes modificaron el referido contrato de arrendamiento, solo en cuanto al plazo de vigencia y monto de cada una de

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, en autos el Banco Santander-Chile, debidamente representado, demanda la terminaci n del contrato de arrendamiento poró no pago de rentas, cobro de rentas impagas, restituci n de las especiesó arrendadas e indemnizaci n de perjuicios a sociedad ICH Ingenier a S.A,ó í representada legalmente por don Marcelo Jos Valenzuela Niedbalski, en sué calidad de arrendataria, y en contra de don Marcelo Jos Valenzuelaé Niedbalski, en su calidad de fiador y codeudor solidario, a fin que se declare la terminaci n inmediata del contrato celebrado el 31 de julio de 2019,ó modificado el 04 de febrero de 2021, de acuerdo a los argumentos rese ados en la parte expositiva.ñ Código: MWXZXUGXBXG Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl RIT« » Foja: 1 SEGUNDO: Que se tuvo por contestada la demanda, en rebeld a deí la parte demandada, hecho que constituye aquello que la doctrina denomina contestaci n ficta , esto es, que el silencio procesal de la parte“ ó ” demandada, debe interpretarse como una negaci n de todos y cada uno deó los hechos en los cuales la actora ha fundado su pretensi n, de modo queó corresponder tenerlos por controvertidos.á TERCERO: Que seg n fluye de los art culos 1915 y 1942 delú í C digo Civil el arrendamiento es un contrato bilateral por medio del cualó una de las partes, el arrendador, concede el goce de una cosa y la otra, el arrendatario, se obliga a pagar, a cambio, un precio o renta determinada, siendo esta ltima la principal obligaci n que contrae.ú ó CUARTO: Que atendida la naturaleza de la acci n deducida,ó corresponde al actor probar la existencia del contrato y de las obligaciones contra das por la demandada en cuyo incumplimiento funda la acci n, y esí ó de cargo de esta ltima probar que las han cumplido.ú QUINTO: Que en orden a acreditar lo correspondiente, la demandante acompa como medios de prueba, los siguientes documentosñó pertinentes al objeto del juicio: 1) Copia autorizada del contrato de arrendamiento celebrado y modificaci n de contrato de arrendamiento conó opci n de compra, debidamente protocolizados, ambas otorgadas en laó notar a de Santiago de don Juan Ricardo San Mart n Urrejola; 2) Tabla deí í comportamiento de pago en la que constan el n mero de rentas deú arrendamiento pactadas, los per odos en que deb an pagarse, las que fueroní í pagadas por la arrendataria y las que se encuentran pendientes de pago a la fecha de la interposici n de la demanda.ó Todos estos documentos fueron incorporados al proceso con la debida ritualidad procesal y no fueron objetados legalmente por la demandada. SEXTO: Que, atendida la rebeld a de la parte demandada, noí incorpor medio de prueba alguno que ponderar al respecto.ó S PTIMO: É Que, de conformidad a los documentos rese adosñ precedentemente, valorados en forma legal, se tienen por acreditada la existencia de un contrato de Arrendamiento con opci n de compra suscritoó entre Banco Santander-Chile y

Fallo

Por estas consideraciones y lo dispuesto en los art culos 1437, 1444,í 1514, 1538, 1544, 1545, 1552, 1698, 1706 y 1915 y siguientes; 2335 y siguientes del C digo Civil, 144, 160, 170, 680 del C digo deó ó Procedimiento Civil se resuelve: I.- Que se acoge la demanda interpuesta con fecha 10 de enero de 2025, declar ndose terminado el contrato de arrendamiento con opci n deá ó compra celebrados con fecha 31 de julio de 2019, protocolizado el 12 de agosto de 2019 y su modificaciones siendo la ultima la de 4 de febrero de 2021, protocolizado el 23 de febrero de 2021 entre Banco Santander-Chile y la sociedad ICH Ingenier a Sociedad An nima; í ó II.- Que, la parte demandada deber restituir a la actora los bienesá arrendados, consistentes en dos veh culos Jeep, marca Mahindra, modeloí new scorpio suv 4x4, euro v, a o 2019, dentro de tercero d a desde que lañ í presente sentencia cause ejecutoria; III.- Que se condena a los demandados, solidariamente, al pago de las rentas adeudadas desde el mes de febrero de 2023 y hasta la poca deé interposici n de la demanda y aquellas rentas que se devenguen durante laó tramitaci n del juicio y hasta la restituci n efectiva del bien mueble dado enó ó arriendo, tomando como base el precio de la renta mensual equivalente a $745.029.- m s el correspondiente IVA, sumas que ser n determinadas en laá á etapa de cumplimiento de la sentencia mediante liquidaci n que practicaró á la Secretaria del Tribunal en dicha oportunidad; Código: MWXZXUGXBXG Este do

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RIT« » Foja: 1 FOJA: 10 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 17 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : C-379-2025 CARATULADO : BANCO SANTANDER - CHILE S.A/ICH INGENIERIA S.A. Santiago, veintinueve de abril de dos mil veinticinco VISTOS A trav s de presentaci n escrita ingresa por Oficina Judicial Virtualé ó con fecha 10 de enero de 2025, folio 1, comparece don Francisco Sep lvedaú Perr

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