BEUCHAT/
Rol
V-210-2024
Fecha
29 de abril de 2025
Materia
DONAR O INSINUACIÓN, AUTORIZACIÓN PARA
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS: En el folio 1 compareció Álvaro José Bulnes Llompart, abogado, en representación convencional de MARIANNE ERNESTINA BEUCHAT REICHARDT (futura donante), divorciada, profesora, ambos domiciliados, para estos efectos, en calle Cerro El Plomo 5420, oficina 1901, Las Condes; y solicitó que se le autorice a donar el inmueble que singulariza a favor de su hija, LISETTE KAMANN BEUCHAT (futura donataria), comunicadora audiovisual. Fundando su solicitud, señaló que su intención es donar a su hija, LISETTE KAMANN BEUCHAT, el inmueble consistente en el departamento número 304 del tercer piso y la bodega número 18 del primer subterráneo, ambos del edificio ubicado en calle Luis Thayer Ojeda número 1415, comuna de Providencia, y los derechos en proporción al valor de lo adquirido en unión de los otros adquirentes en los bienes comunes entre los cuales se encuentra el terreno, cuyos deslindes detalla. Código: PUJYXUCDZXF Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Indicó que, el rol de contribuciones de este inmueble es el 2241-82 de la comuna de Providencia, y su avalúo fiscal al segundo semestre del año 2024 asciende a $120.747.843. Hizo presente que, la futura donante: - Mantiene bienes por un monto de, a lo menos, $757.142.182. - Mantiene una póliza de seguros de vida, la cual asciende a $261.875.539, una pensión vitalicia y fondos mutuos. Lo anterior le permite a la futura donante asegurar su alimentación, mantención y cuidado hasta el día de su muerte. - No tiene cargas asignadas. Concluyó solicitando, conforme a lo expuesto y a dispuesto en las normas legales que cita, que, se autorice la donación indicada en el cuerpo de su presentación. En el folio 10, se trajeron los autos para fallo.
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, MARIANNE ERNESTINA BEUCHAT REICHARDT (futura donante) solicitó que se le autorice a donar el inmueble que singulariza a favor de su hija, LISETTE KAMANN BEUCHAT (futura donataria), la propiedad del inmueble que singulariza. SEGUNDO: Que, a fin de acreditar los fundamentos de su petición, la solicitante, acompañó, entre otros, los siguientes documentos (folio 1): 1) Certificado de nacimiento y matrimonio de la futura donante (consta divorcio). 2) Certificado de nacimiento de la hija de la futura donante (futura donataria). Código: PUJYXUCDZXF Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 3) Copia de inscripción con vigencia del dominio del inmueble objeto de la donación y su respectivo certificado de avalúo fiscal. 4) Copia de inscripción con vigencia de otros inmuebles de propiedad de la futura donante, ubicados en Providencia y Ñuñoa, que acreditan la suficiencia de su patrimonio para efectuar la donación. 5) Certificado de Saldos emitido por Seguros de Vida Sura S.A. (Póliza). 6) Certificado de saldos en fondos mutuos – Banchile. 7) Certificado de Afiliación – Isapre Banmédica, desde 1 de agosto de 1982, con un plan por un valor de UF 1,846. TERCERO: Que, en el folio 6, obra en autos información sumaria de dos testigos, quienes declararon respecto de la solicitante, que, la donación que pretende efectuar no afecta su patrimonio ni perjudica su calidad de vida. CUARTO: Que, teniendo en cuenta que, el valor de los bienes a donar excede la suma que no precisa insinuación, es necesaria la autorización que solicita. QUINTO: Que, teniendo presente los comprobantes de pago de impuestos a las donaciones del Servicio de Impuestos Internos, incorporados en el folio 7, y, los antecedentes, antes singularizados, se tiene por aprobado el pago de impuesto a la donación materia de autos, y, en general, se tienen por acreditados los requisitos legales de la donación cuya autorización se solicita. Y, vistos, además, lo dispuesto en los artículos 43, 580, 582, 583 688, 1386, 1387, 1389, 1401 y 1411 del Código Civil; artículos 366 y 369 del Código Orgánico de Tribunales; artículos 817 y siguientes, 889 y 890 del Código de Procedimiento Civil,
Fallo
se declara: Código: PUJYXUCDZXF Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl - Que ha lugar a lo pedido en el folio 1, autorizándose la donación gratuita, irrevocable y por mera liberalidad de MARIANNE ERNESTINA BEUCHAT REICHARDT, a favor de su hija, LISETTE KAMANN BEUCHAT, sobre la propiedad de los inmuebles consistentes en el departamento número 304 del tercer piso y la bodega número 18 del primer subterráneo, ambos del edificio ubicado en calle Luis Thayer Ojeda número 1415, comuna de Providencia, y los derechos en proporción al valor de lo adquirido en unión de los otros adquirentes en los bienes comunes, entre los cuales se encuentra el terreno. Regístrese, notifíquese e inscríbanse los derechos correspondientes a los inmuebles, obteniéndose copia autorizada por los interesados directamente desde el sitio Web de la Oficina Judicial Virtual, una vez ejecutoriada la presente sentencia. Archívese en su oportunidad. Rol V-210-2024.- SENTENCIA DICTADA POR ALEJANDRA CAROLINA PIZARRO RIQUELME, JUEZA SUPLENTE. Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Santiago, veintinueve de abril de dos mil veinticinco Código: PUJYXUCDZXF Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Código: PUJYXUCDZXF Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2025-04-29T09
Texto Completo (Preview)
FOJA: 9 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 12 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : V-210-2024 CARATULADO : BEUCHAT/ Santiago, veintinueve de abril de dos mil veinticinco VISTOS: En el folio 1 compareció Álvaro José Bulnes Llompart, abogado, en representación convencional de MARIANNE ERNESTINA BEUCHAT REICHARDT (futura donante), divorciada, profesora, ambos domiciliados, para estos e
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