HORN & JELVES SPA/VALDENEGRO
Rol
I-12-2024
Fecha
10 de marzo de 2025
Materia
Reclamo Multa Administrativa
Resultado
No especificado
Hechos
hechos: Por resolución de multa N° 1894/2024/25-1 de fecha 5 de julio de 2024, se aplicó a la reclamante una multa administrativa, en por: “No llevar correctamente el registro de asistencia y de horas trabajadas respecto de los siguientes trabajadores y periodos: 1. Andrea Roxana oses Poveda, Rut n° 15.263.322-k, enmendadura en el registro de salida del 12.01.24; borrón en el registro de ingreso del 07.02.24; enmendadura en el registro de salida del 20.02.24. 2. Gabriela Elena Rodriguez Carvajal, Rut n° 19.861.168-9, borrón en el registro de ingreso y firma del 08.12.23; borrón en el registro de salida del 05.01.23; enmendadura en el registro de salida del 23.01.24; borrón en los registros de entrada y salida y, en las firmas de ingreso y salida del 21.01.24; borrón en los registros de entrada y salida y, en las firmas de ingreso y salida del 25.02.24; enmendadura en el registro de entrada del 29.02.24; borrón en el registro de salida del 20.05.24. 3. Karina Matilde barría Alvarez, Rut n° 17.693.529-4, borrón en el registro de salida del 06.12.23; enmendadura en el registro de salida de 09.01.24; enmendadura en el registro de salida de 23.02.24; enmendadura en el registro de salida de 26.02.24; borrón en el registro de entrada del 15.03.24; borrón en el registro de entrada del 11.04.24; borrón en los registros de salidas de los días 6 y 8.05.24.” Tales hechos fueron calificados por la funcionaria fiscalizadora, como infracción a los artículos 33 del Código del Trabajo y 20 del reglamento N° 969 de 1933, ambos en relación con el artículo 506 del citado Código, razón por la que, habida cuenta del tamaño de la empresa fiscalizada, resolvió aplicar una multa de 5 unidades tributarias mensuales, es decir, el máximum para una empresa de tamaño micro. Dentro de plazo legal, y al amparo de lo dispuesto en el artículo 506 ter N° 2 del Código del Trabajo, se habría solicitado sustitución de dicha multa por la asistencia obligatoria del titular o representante legal de la emp
Fallo
se resuelve: I.- No se hace lugar al reclamo y en consecuencia se mantiene incólume la resolución exenta N° 1403-22581/2024. II.- Cada Parte asumirá sus propias costas. Los presentes quedan notificados de lo resuelto en el acto, siendo las 14:35 hrs., se pone fin a la presente audiencia. Resolvió don Ronnie Matamala Troncoso, Juez Titular del Juzgado de Letras de Mariquina.
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JUZGADO DE LETRAS DE MARIQUINA Padre Placido 1000 jl_mariquina@pjud.cl LECTURA DE SENTENCIA FECHA Diez de marzo de dos mil veinticinco. RUC 24-4-0611030-K RIT I-12-2024 MATERIA Reclamación Multa Administrativa MAGISTRADO RONNIE MATAMALA TRONCOSO ADMINISTRATIVO DE ACTA Carolina A. Chaura Montecinos HORA DE INICIO 14:30 HORA DE TERMINO 14:35 Nº REGISTRO DE AUDIO 2440611030-K-222
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