2º Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago

PAVEZ/CLÍNICA ODONTOLÓGICA DELUXE LIMITADA

Rol

O-5493-2024

Fecha

10 de marzo de 2025

Materia

Costas, Despido injustificado, Prestaciones, Reajustes e intereses

Resultado

No especificado

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Hechos

visto además lo dispuesto en los artículos 1 a 11, 63, 67, 73, 162, 168 letra b), 446 y siguientes, todos del Código del Trabajo, artículo 1698 del Código Civil, se resuelve: I. Que se hace lugar a la solicitud de apercibimientos previstos en los artículos 454 número 3 y 453 número 5 del Código del Trabajo, respecto de la confesional y la exhibición de documentos requerida de la parte demandada y que no cumplió en la presente audiencia de juicio. II. Que se hace lugar a la demanda intentada por doña Marisol Pávez Maldonado, en contra de Clínica Odontológica Deluxe Limitada, representada por doña Fanny Castro Salgado o quien la represente conforme al artículo 4º inciso 1º del Código del Trabajo, en cuanto se declara que la trabajadora fue objeto de un despido verbal con fecha 15 de abril de 2024 sin expresión de causa, lo que hace que la medida sea injustificada, y en consecuencia, se condena a la referida demandada al pago de las siguientes indemnizaciones y prestaciones: a. Una indemnización sustitutiva del aviso previo por $781.651; b. Indemnización por seis años de servicio por la suma de $4.689.906; c. Incremento del 50% de indemnización por años de servicio conforme a la letra b) del artículo 168 por la suma de $2.344.953; d. Feriado legal periodo 2023-2024 por 15 días hábiles por la suma de $547.155; e. Feriado proporcional por 0,81 días de remuneración por la suma de $21.105; III. Que teniendo en cuenta lo razonado en el cuerpo de la decisión, no se condena en costas a la parte demandada, debiendo cada parte asumir sus propias costas derivadas de la causa. IV. Que las sumas señaladas en el resuelvo segundo precedente deberán ser pagadas con reajuste e intereses de acuerdo al artículo 63 y 173 del Código del Trabajo. V. Ejecutoriada que sea la presente decisión, cúmplase con lo dispuesto en ella dentro del quinto día, en caso contrario, certifíquese dicha circunstancia y remítase los antecedentes al Juzgado de Cobranza Laboral y Previsional de Santiago para

Fallo

se resuelve: I. Que se hace lugar a la solicitud de apercibimientos previstos en los artículos 454 número 3 y 453 número 5 del Código del Trabajo, respecto de la confesional y la exhibición de documentos requerida de la parte demandada y que no cumplió en la presente audiencia de juicio. II. Que se hace lugar a la demanda intentada por doña Marisol Pávez Maldonado, en contra de Clínica Odontológica Deluxe Limitada, representada por doña Fanny Castro Salgado o quien la represente conforme al artículo 4º inciso 1º del Código del Trabajo, en cuanto se declara que la trabajadora fue objeto de un despido verbal con fecha 15 de abril de 2024 sin expresión de causa, lo que hace que la medida sea injustificada, y en consecuencia, se condena a la referida demandada al pago de las siguientes indemnizaciones y prestaciones: a. Una indemnización sustitutiva del aviso previo por $781.651; b. Indemnización por seis años de servicio por la suma de $4.689.906; c. Incremento del 50% de indemnización por años de servicio conforme a la letra b) del artículo 168 por la suma de $2.344.953; d. Feriado legal periodo 2023-2024 por 15 días hábiles por la suma de $547.155; e. Feriado proporcional por 0,81 días de remuneración por la suma de $21.105; III. Que teniendo en cuenta lo razonado en el cuerpo de la decisión, no se condena en costas a la parte demandada, debiendo cada parte asumir sus propias costas derivadas de la causa. IV. Que las sumas señaladas en el resuelvo segundo precedente deberán

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ACTA DE AUDIENCIA DE JUICIO PROCEDIMIENTO ORDINARIO FECHA 10 DE MARZO DE 2025 TRIBUNAL SEGUNDO JUZGADO DE LETRAS DEL TRABAJO DE SANTIAGO LUGAR SANTIAGO RUC 24-4-0595798-8 RIT O-5493-2024 SALA 1 MAGISTRADO FABIOLA VILLALON GALLARDO ADMINISTRATIVO DE ACTAS KAREN PANES GARRIDO NUMERO DE CUSTODIA 666/2025 HORA DE INICIO 11.25 HORAS HORA DE TERMINO 12.02 HORAS Nº REGISTRO DE AUDI

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