2º Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago

INVERSIONES VFR I S.P.A./INSPECCION PROVINCIAL DEL TRABAJO NORTE DE CHACABUCO

Rol

I-515-2024

Fecha

10 de marzo de 2025

Materia

Reclamo Multa Administrativa

Resultado

No especificado

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Hechos

hechos pacíficos: Atendido que no existe discusión entre las partes, el Tribunal procede a fijar los siguientes hechos pacíficos: 1. Que al reclamante a través de la resolución de multa N°1999/ 24/27 lo multaron con 60 Unidades Tributarias Mensuales. 2. El sustento fáctico de la resolución de multa N°1999/24/27 es el siguiente: No especificar en el contrato de trabajo la determinación precisa de la naturaleza de los servicios, respecto de los trabajadores Christopher Vidal Peña, run 21.277.341-7; Ignacio Vergara Cepeda, run 21.678.992-k; Judith Barra Martínez, run 18.860.426-9; Constanza Contreras Peña, run 20.132.205-7; Caroline González López, run 19.548.325. 6; Lisette Gutiérrez Benítez, run 21.238.271-k; Elías Rivera Marambio, run 20.063.499-3; Dilan Valenzuela Galleguillos, run 21.351.264-1; Yessenia Lobos Huinca, run 20.110.436-k y Danitza Rojas Muñoz, run 19.527.671-4, al ser ambigua lo expuesto y no existir certeza jurídica de la prestación de servicios, según el siguiente detalle: trabajadores se desempeñan como *operarios" o como se denominan en local *staff", de acuerdo a lo que se detalla en contrato de trabajo de cada uno de los trabajadores, en el que deben realizar 27 funciones: apoyo en la elaboración de los productos de la empresa; desarrollo y supervisión de tareas operativas; preparación de productos de la empresa, mantener higienizadas áreas de trabajo; barrer, limpiar y trapear los pisos; verificar la vida útil de los productos: tomar pedidos presencial o telefónicamente; apoyo limpieza del local; verificar que teléfonos, cajas y sistemas funcionen; reportar errores o falta de calidad; preparar herramientas para e despacho; conducir vehículo para el lugar de despacho; cargar descargar los productos; entregar pedidos a los cuentes; colaborar en el armado de cajas; llevar control estricto del dinero recibido; en general, realizar labores encomendadas por sus superiores (todo lo anterior, constatado en visita inspectiva realizada el 10 de junio 20

Fallo

Por estas consideraciones y lo dispuesto en los artículos 1, 7, 10, 420 y siguientes, 454 y siguientes, 503, 505, 506, 511, 512 y 515 del Código del Trabajo; artículos 21, 31 y 32 del D.F.L. N 2 de 1967, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, se resuelve que: I. Se rechaza en todas sus partes la reclamación interpuesta por INVERSIONES VFR I SpA. en contra de la resolución de multa N°1999/24/27, de 14 de junio de 2024 cursada por la INSPECCIÓN COMUNAL DEL TRABAJO NORTE CHACABUCO representada por Mónica Gladys Liberona Pérez. II. Cada parte pagará sus costas. Téngase a las partes notificadas de la presente resolución, regístrese y archívese en su oportunidad. Dirigió don Alex Ayala Pajarito, Juez Suplente del Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago. Se deja constancia que el registro oficial de la presente audiencia se encuentra grabado en el audio y a disposición de los intervinientes. Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, diez de marzo de dos mil veinticinco. -

Texto Completo (Preview)

ACTA DE AUDIENCIA ÚNICA DE CONCILIACIÓN Y PRUEBA PROCEDIMIENTO DE RECLAMO FECHA 10 DE MARZO DE 2025 TRIBUNAL SEGUNDO JUZGADO DE LETRAS DEL TRABAJO LUGAR SANTIAGO SALA 9 RUC 24-4-0589660-1 RIT I-515-2024 MAGISTRADO ALEX AYALA PAJARITO ADMINISTRATIVA DE ACTAS ROMINA VASQUEZ VALDES HORA DE INICIO 10:29 HORAS HORA DE TÉRMINO 11:48 HORAS Nº REGISTRO DE AUDIO 2440589660-1-1349-2503

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