COMERCIALIZADORA E IMPORTADORA MAX HOME SPA/INSPECCIÓN DEL TRABAJO PUERTO MONTT
Rol
I-115-2023
Fecha
7 de marzo de 2025
Materia
Reclamo Multa Administrativa
Resultado
No especificado
Hechos
hechos: “Dificultar sin motivo justificado la fiscalización de fecha 01 de mayo de 2023, a las 13:00 horas, al no permitir que la fiscalizadora actuante, jefe de unidad de fiscalización don Héctor Silva Vera y Director Regional Del Trabajo don Claudio Salas González; pudieran llevar a cabo el procedimiento de fiscalización, de acuerdo al siguiente detalle de hechos: al solicitarle los antecedentes de la empresa, a través del encargado de local; tales como razón social, RUT comercial, indicó no conocer los datos solicitados, luego al pedir la patente comercial manifiesto no saber dónde estaba la patente que entrega la municipalidad, al solicitar que emitan una boleta en $0.- pesos para conocer los datos requeridos, se volvió a negar y por último, cuando el director regional leyó la razón social desde una de las cajas registradoras que estaba en funcionamiento, atendiendo público, el encargado de local apagó el computador” Indica que para solicitar la sustitución de la multa, los principales argumentos fueron que: En primer lugar, el día de la fiscalización, el representante legal de la empresa no se encontraba en Puerto Montt, por lo cual, los accionistas Jianzhong Wu, Wensen Xu y Zhongfei Xu estaban a cargo del local comercial y que cuando se les pidió información sobre la empresa por parte de los fiscalizadores Carol Bustamante, Héctor Silva y Claudio Salas, enfrentaron muchas dificultades para entender y comunicarse eficazmente debido a su limitado dominio del español. En segundo lugar, lo solicitado por la fiscalizadora —emitir una boleta de venta por valor cero— implica una contravención a lo dispuesto en el artículo 55 de la Ley del Impuesto al Valor Agregado. En tercer lugar, tras el fallido intento de fiscalización, la funcionaria regresó al domicilio de la empresa el día 17 de mayo, donde se le prestó toda la colaboración necesaria para llevar a cabo la fiscalización, debido a que se encontraba presente el representante legal de la empresa, quien maneja mejo
Fundamentos
considerando: PRIMERO: Que, en estos autos, Rit I-115-2023 del Juzgado de Letras del Trabajo de Puerto Montt, comparece don QI LIU, soltero, comerciante, chino, cédula de identidad 25.218.899-1, en representación de COMERCIALIZADORA E IMPORTADORA MAX HOME SPA, RUT N°77.582.232-5, sociedad del giro de su denominación, ambos domiciliados para estos efectos en calle Concepción 120, oficina 703, Puerto Montt, e interpone Reclamo Judicial de Multa Administrativa en contra de la resolución exenta N°1001-10783/2023 de fecha 02 de agosto de 2023, la cual resolvió rechazar la solicitud sustitución de multa por capacitación, argumentando que no hubo corrección de la infracción. Expone que con fecha 01 de mayo de 2023, doña Carol Andrea Bustamante Alvarado llevó a cabo la fiscalización a la empresa Comercializadora e Importadora Max Home Spa, con domicilio comercial en Sargento Silva N° 901, comuna de Puerto Montt, cursando una multa en consideración de los siguientes hechos: “Dificultar sin motivo justificado la fiscalización de fecha 01 de mayo de 2023, a las 13:00 horas, al no permitir que la fiscalizadora actuante, jefe de unidad de fiscalización don Héctor Silva Vera y Director Regional Del Trabajo don Claudio Salas González; pudieran llevar a cabo el procedimiento de fiscalización, de acuerdo al siguiente detalle de hechos: al solicitarle los antecedentes de la empresa, a través del encargado de local; tales como razón social, RUT comercial, indicó no conocer los datos solicitados, luego al pedir la patente comercial manifiesto no saber dónde estaba la patente que entrega la municipalidad, al solicitar que emitan una boleta en $0.- pesos para conocer los datos requeridos, se volvió a negar y por último, cuando el director regional leyó la razón social desde una de las cajas registradoras que estaba en funcionamiento, atendiendo público, el encargado de local apagó el computador” Indica que para solicitar la sustitución de la multa, los principales argumentos fueron que: En primer lugar, el día de la fiscalización, el representante legal de la empresa no se encontraba en Puerto Montt, por lo cual, los accionistas Jianzhong Wu, Wensen Xu y Zhongfei Xu estaban a cargo del local comercial y que cuando se les pidió información sobre la empresa por parte de los fiscalizadores Carol Bustamante, Héctor Silva y Claudio Salas, enfrentaron muchas dificultades para entender y comunicarse eficazmente debido a su limitado dominio del español. En segundo lugar, lo solicitado por la fiscalizadora —emitir una boleta de venta por valor cero— implica una contravención a lo dispuesto en el artículo 55 de la Ley del Impuesto al Valor Agregado. En tercer lugar, tras el fallido intento de fiscalización, la funcionaria regresó al domicilio de la empresa el día 17 de mayo, donde se le prestó toda la colaboración necesaria para llevar a cabo la fiscalización, debido a que se encontraba presente el representante legal de la empresa, quien maneja mejor el idioma español. Por úl
Fallo
por tanto, la segunda visita realizada el día 17 de mayo de 2023, fue una iniciativa de la empresa y no una mera actuación de oficio de la Inspección del Trabajo. En segundo lugar, en la resolución reclamada se confirma que tras aquella visita, la empresa cumplió con los requerimientos de documentación y que las posibles conductas infraccionales fueron corregidas, siendo pertinente hacer énfasis que ello no forma parte de un nuevo proceso de fiscalización, sino más bien una continuación del proceso de fiscalización que no pudo llevarse a cabo materialmente el día 01 de mayo de 2023. Para que exista un nuevo proceso de fiscalización debe existir necesariamente una nueva denuncia por parte de algún trabajador o de oficio mediante un acto administrativo fundado del Jefe de la Unidad de Fiscalización en que se solicite iniciarlo. Refiere que en este caso particular los hechos que motivaron la fiscalización del día 01 de mayo son los mismos que los del día 17 de mayo, no existe una denuncia nueva de algún trabajador, ni un acto administrativo fundado en que se ordene iniciar el proceso de fiscalización nuevo. Por lo anterior, pide tener por interpuesto reclamo judicial en contra de la Resolución Exenta 1001-10783/2023, y en definitiva ordene la sustitución de la multa cursada mediante resolución 8573/23/31 por la asistencia a un programa de capacitación o cumplimiento, según lo establecido en el artículo 506 ter del Código del Trabajo. SEGUNDO: Que en representación de la Inspecc
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Puerto Montt, siete de marzo de dos mil veinticinco. Vistos, Oídos y considerando: PRIMERO: Que, en estos autos, Rit I-115-2023 del Juzgado de Letras del Trabajo de Puerto Montt, comparece don QI LIU, soltero, comerciante, chino, cédula de identidad 25.218.899-1, en representación de COMERCIALIZADORA E IMPORTADORA MAX HOME SPA, RUT N°77.582.232-5, sociedad del giro de su denominación, ambos domic
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