Juzgado de Letras del Trabajo de Talca

ROCO/INVERSIONES DEL MAR LIMITADA

Rol

T-192-2024

Fecha

7 de marzo de 2025

Materia

Art. 19 Nº 1 CPR. Derecho a la vida y la integridad, Art. 19 Nº 12 CPR. Libertad de opinión e información, Art. 19 Nº 4 CPR. Vida Privada y Honra

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS Y OÍDOS: PRIMERO: Individualización completa de las partes litigantes. Que en esta causa RIT T-192-2024, RUC 24-4-0623040-2, seguida ante este Juzgado de Letras del Trabajo de Talca intervienen como parte denunciante Claudio Antonio Roco Casanova, RUN 14.464.509-K, chofer, domiciliado en pasaje Longaví Nº470 Villa Doña Antonia, comuna de Maule, patrocinado y asistido por el abogado Juan Carlos Pavez Cubillos, con domicilio y forma de notificación que consta en el proceso, y como parte denunciada Inversiones del Mar Limitada, RUT 76.127.622-0, sociedad comercial, representada legalmente por Rubén Sergio Acuña Salinas, RUN 5.395.042-6, transportista, ambos con domicilio en calle Obispo Manuel Umaña N° 1297, comuna de Estación Central, empresa denunciada patrocinada y asistida por el abogado Dagoberto Ferrari Vega, con domicilio y forma de notificación que consta en el proceso. SEGUNDO: Síntesis de la denuncia y de la demanda subsidiaria, sus

Fundamentos

fundamentos de hecho y de derecho, y alegaciones. Que la parte denunciante deduce acción principal por tutela laboral durante relación laboral y además con ocasión de despido en contra de la parte denunciada, indicando en resumen que existió una relación laboral entre las partes desde el 1 de febrero de 2023, percibiendo una remuneración mensual promedio de $1.269.087, no obstante advertir que las liquidaciones de remuneraciones no reflejaban el monto realmente pagado. Sostiene que la empresa empleadora lo despide con fecha 25 de septiembre de 2024, invocándose en su contra la causal legal del art. 160 N° 7 del C. del Trabajo. Hace presente que desde el 1 de febrero de 2023 desarrolla labores de conductor de buses para la demandada realizando viajes de traslados de equipos de futbol profesional que describe, por medio de bus PPU SSGW-48 perteneciente a la empresa Jet Sur, advirtiendo que esta empresa contrata los servicios de choferes que trabajan para la demandada. Luego, explica que la empresa demandada sólo formaliza su contrato mediante contrato escriturado de fecha 24 de mayo de 2023, desentendiéndose totalmente de los meses previamente trabajados en régimen laboral, por lo que plantea que el contrato escriturado no es fiel a la fecha real de inicio. Tras describir los elementos que contienen la composición de su remuneración mensual, advierte que la empresa no transparentaba los pagos de la comisión de boletos de camino del 6%, pagándosele sólo la mitad, de forma que la suma remuneracional es diversa a la descrita en las remuneraciones. Hace presente que su contrato de trabajo en principio era a plazo fijo, luego de una renovación también a plazo, la relación laboral mutó a una de duración indefinida. El actor sostiene que durante la vigencia de la relación laboral existieron varios sucesos que configuran indicios de vulneración de sus derechos fundamentales considerando lo regulado en el art. 486 del C. del Trabajo, poniendo en riesgo su vida y dañando su integridad física y psíquica. Así, explica que en los viajes al extremo sur de Chile en invierno debía conducir sin calefacción y en buses que filtraban tanto el aire frio como la lluvia. Para poder soportar las temperaturas que llegan incluso bajo cero grados Celsius debía conducir por extensas jornadas y tramos cubriendo sus piernas con frazadas para soportar el frío. Al conducir con frazadas en las piernas se veía seriamente perjudicada su capacidad para maniobrar y actuar en caso de emergencia, pero si no se cubría no soportaba el frío. Ante esta situación incluso los pasajeros reclamaban. Había días que llegaba a tal punto intolerable el frío que con su auxiliar de viaje deciden grabar la situación con sus teléfonos celulares, en estos registros audiovisuales, que se acompañaran en la oportunidad procesal pertinente, se ve como para soportar el frio, las filtraciones de viento y agua, debe ir conduciendo el bus cubriendo sus piernas con frazadas, esto transportando pasajeros. Ta

Fallo

por tanto tuvo una duración de 1 año 7 meses; 2.- Que, durante la relación laboral y hasta el último día que trabajó el actor para su ex empleador, la empresa demandada, esto es el 25 de septiembre 2024, sufrió vulneración de derechos fundamentales, en particular el derecho a la vida y a la integridad física y psíquica de la persona, el respeto y protección a la honra de la persona, la libertad de emitir opinión y la de informar, sin censura previa, en cualquier forma y por cualquier medio, conforme a los fundamentos de hecho y de derecho expuestos en la denuncia; 3.- Que la relación laboral terminó por despido, el que fue vulneratorio de sus derechos fundamentales, en particular el derecho a integridad psíquica de la persona, el respeto y protección a la honra de la persona la libertad de emitir opinión y la de informar, sin censura previa, en cualquier forma y por cualquier medio, conforme a los fundamentos de hecho y de derecho expuestos en la denuncia; 4.- Que, para efectos del cálculo de las indemnizaciones legales y prestaciones con ocasión del despido vulneratorio de derechos fundamentales, el promedio de sus últimas tres remuneraciones correspondientes a los tres últimos meses calendario trabajados, conforme al artículo 172 del Código del Trabajo, es la suma de $1.269.087.- (un millón doscientos sesenta y nueve mil ochenta y siete pesos); 5.- Que se condena a la denunciada a pagar las siguientes prestaciones, conceptos e indemnizaciones con ocasión del despido vulnera

Texto Completo (Preview)

Causa RIT Nº : T-192-2024 Causa RUC Nº : 24-4-0623040-2 Denunciante : Claudio Roco Casanova Denunciado : Inversiones del Mar Limitada Materia : Denuncia de tutela laboral durante relación laboral y con ocasión del despido; cobro de indemnizaciones y prestaciones e indemnización por daño moral; en subsidio, demanda de despido injustificado y cobro de indemnizaciones y prestaci

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