1º Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago

MENA/COMERCIAL AVE FENIX SPA

Rol

O-3361-2024

Fecha

6 de marzo de 2025

Materia

Despido indirecto, Fuero maternal, Nulidad del despido, Prestaciones

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS: Que ante este Primer Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago se ha llevado a efecto audiencia de juicio por Despido Indirecto Justificado, Nulidad del Despido, Cobro de Prestaciones Laborales Adeudadas Y Compensación Especial de Fuero Maternal, demanda interpuesta por WILMARY CAROLINA MENA MENA, 27.713.630-8, en contra de la sociedad COMERCIAL AVE FENIX SPA, Rol Único Tributario 2 N°77.331.629-5, cuyo representante legal es URI CARMEN GARCIA NANJARI, cédula de Identidad N°5.388.132-7, ya individualizados. Que a la audiencia de juicio solamente comparece la parte demandante.

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO. Argumentos y pretensiones del demandante. Expone que comenzó a prestar servicios bajo subordinación y dependencia para la demandada, a partir del 16 de febrero de 2023, en virtud del contrato de la misma fecha; transformándose el mismo en indefinido el 15 de mayo de 2023. En virtud del contrato de trabajo, cumplía el cargo de vendedora, con una jornada laboral de 45 horas semanales y remuneración de un sueldo base por el sueldo mínimo, gratificación mensual, asignaciones por colación y comisiones por ventas. Respecto de estas últimas, se acordó en la cláusula tercera del contrato de trabajo el pago del 0,5% por ciento de las ventas netas; para la base de cálculo del artículo 172 del Código del Trabajo, este monto ascendió a la suma $664.164 (seiscientos sesenta y cuatro mil ciento sesenta y cuatro pesos). Señala que informó de su embarazo apenas tuvo conocimiento, presentando luego licencia médica por prenatal hasta el nacimiento de su hijo con fecha 24 de octubre del año 2023. Con fecha 15 de abril de 2024 hizo efectivo su autodespido en atención a los incumplimientos graves de las obligaciones legales y contractuales, especialmente el no pago de las cotizaciones previsionales desde el mes de julio de 2023 a noviembre del mismo año. Constando que a la fecha de su despido se encontraba con fuero maternal y siendo entonces el mismo injustificado y nulo, pide se condene a la demandada al pago de las siguientes prestaciones: · Indemnización sustitutiva de aviso previo $664.164.- pesos. · indemnización por años de servicios $664.164.- pesos. · recargo del 50% equivalente a: $332.082. · pago de las remuneraciones por todo el período del fuero maternal, desde la fecha del auto despido, esto es, del 15 de abril del 2024, y hasta el 16 de enero de 2025, sobre la base de $664.164. · Feriado Legal por 15 días, correspondiente al monto de $464.915. · Feriado proporcional por 1 mes y 30 días, equivalente a 2.5 días por el monto de $55.349. · Remuneración proporcional del mes de abril de 2024, por 15 días trabajados, equivalentes a $332.085. · Cotizaciones de seguridad social, correspondientes a AFP Modelo, FONASA y AFC Chile, por los meses de junio, julio, agosto, octubre y noviembre de 2023 y remuneraciones hasta su convalidación. − Lo anterior con intereses y reajustes en conformidad a la ley, con expresa condena en costas. SEGUNDO. Contesta demanda. Que la demandada válidamente emplazada no contesta la demanda, teniendo el tribunal por contestada la demanda en rebeldía. TERCERO. Audiencia preparatoria. Que llamadas las partes a conciliación ésta no se produce, compareciendo solo la parte demandante. El tribunal fija como hechos controvertidos los siguientes: 1. Fecha de inicio y fecha de término. 2. Carta de despido. 3. Feriado legal y feriado proporcional. 4. Fuero maternal. 5. Nulidad del autodespido. CUARTO. Incorporación de medios probatorios. Que la parte demandante incorpora los siguientes medios de prueba: Documental:

Fallo

Por estas consideraciones y, visto además lo dispuesto en los artículos 1, 5, 7, 54, 453, 454 y siguientes, del Código del Trabajo, y demás normas legales vigentes, SE RESUELVE: I.- Que se RECHAZA la demanda interpuesta, declarando injustificado el autodespido efectuado; sin perjuicio de lo cual se condena a la demandada al pago de las siguientes prestaciones: a) Feriado Legal por 15 días, correspondiente al monto de $464.915. b) Feriado proporcional por 1 mes y 30 días, equivalente a 2.5 días por el monto de $55.349. c) Remuneración proporcional del mes de abril de 2024, $332.085. II.- No habiendo sido totalmente vencida ninguna de las partes, cada una pagará sus costas. Regístrese, notifíquese y archívese en su oportunidad. RIT : O-3361-2024 RUC : 24- 4-0573516-0 Dictada por doña CAROLINA ISABEL GAJARDO BENÍTEZ, Juez del Primer Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago. En Santiago a cinco de marzo de dos mil veinticinco, se notificó por el estado diario la sentencia precedente. San Martín #950 Santiago – Fono 02-9157000 Correo Electrónico jlabsantiago1@pjud.cl

Texto Completo (Preview)

1° Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago Santiago, cinco de marzo de dos mil veinticinco. VISTOS: Que ante este Primer Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago se ha llevado a efecto audiencia de juicio por Despido Indirecto Justificado, Nulidad del Despido, Cobro de Prestaciones Laborales Adeudadas Y Compensación Especial de Fuero Maternal, demanda interpuesta por WILMARY CAROLINA MENA MENA

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