FARÍAS/EULEN SEGURIDAD SA
Rol
M-16-2025
Fecha
6 de marzo de 2025
Materia
Costas, Despido indirecto, Horas extras, Indemnización por años de servicios, Indemnización sustitutiva de aviso previo, Reajustes e intereses, Recargos
Resultado
No especificado
Hechos
Vistos: Uno: Comparece don ENZO JAMET FARIAS FLORES, trabajador con domicilio en calle Juan Martínez de Rosa, N°1687, La Serena. Asistido por sus abogados, don Rodrigo Valdivia Merino y don Cristian Espinosa Ormeño y por su abogada doña Javiera Castro Enríquez. Interpone demanda conforme al procedimiento monitorio por despido injustificado y cobro de indemnizaciones y prestaciones laborales en contra de EULEN SEGURIDAD S.A. del giro de su denominación, representada legalmente por don Marcelo Montenegro Flores, asistida por sus abogados, don Aníbal Rogel Sepúlveda, don David Madrid Navarrete y don Julio Berenguela Avendaño. ambos con domicilio en Avenida del Valle N°765, oficina 201 Huechuraba, y solidariamente contra KINROSS MINERA CHILE LIMITADA, del giro de su denominación, representada legalmente por don Rolando Cubillos Basaure, ambos con domicilio en Avenida Los Carreras N°6651, Copiapó. El demandante indica en resumen que ingresó a prestar servicio el 17 de noviembre de 2021, siendo despedido el 21 de noviembre de 2024 por incumplimiento grave de las obligaciones que impone el contrato, según lo señalado en la carta de aviso de despido. Cumplía funciones de guardia de seguridad con una remuneración mensual de $841.417 pesos. Solicita, en definitiva, se acoja a su demanda declarando injustificado su despido y se pague la indemnización sustitutiva del aviso previo por $841.417, Tres años de servicio $2.524.251, aumentada en un 80% de acuerdo al artículo 168 letra C del Código del Trabajo por $2.019.400, más $75.942, por concepto de 24 horas extraordinarias, con reajustes, intereses y costas. Dos: La demandada principal contestó y solicitó el rechazo de la demanda conforme a los argumentos de hecho y derecho que consta en el registro de audio. Tres: se tuvo por evacuado el trámite de la contestación de la demanda en realidad de la demandada solidaria. Cuatro: Llamadas las partes a conciliación, esta no se produjo. Cinco: Se recibió la causa a prueba fijándose com
Fallo
Se declara que SE HACE LUGAR a la demanda y se ordena a la demandada principal EULEN SEGURIDAD S.A. y solidariamente a KINROSS MINERA CHILE LIMITADA, pagar al actor: A) $841.417, (ochocientos cuarenta y un mil cuatrocientos diecisiete pesos), por concepto de indemnización sustitutiva del aviso previo. B) $2.524.251, (dos millones quinientos veinticuatro mil doscientos cincuenta y un pesos), por concepto de indemnización por tres años de servicio, más el aumento del 80% según el artículo 168 letra C del Código del Trabajo, por $2.019.400, (dos millones diecinueve mil cuatrocientos pesos). Las cantidades señaladas se pagarán con los reajustes e intereses que se indica en el artículo 173 del Código del Trabajo. Cada parte pagará sus costas atendido el allanamiento efectuado por la demandada principal respecto del monto relativo a las horas extraordinarias cobradas por el demandante. Regístrese y archívese en su oportunidad. Téngase a las partes por notificadas personalmente de todas las resoluciones dictadas en audiencia realizada de manera presencial. RIT: M-16-2025 RUC: 25-4-0636964-4 Pronunciada en audiencia por don JOSE MARCELO ALVAREZ RIVERA, Juez Titular del Juzgado de Letras del Trabajo de Copiapó. Se deja constancia que el registro oficial de la presente audiencia se encuentra grabado en el audio y a disposición del interviniente. Juzgado de Letras del Trabajo de Copiapó. Copiapó, cinco de marzo de dos mil veinticinco.
Texto Completo (Preview)
ACTA DE AUDIENCIA UNICA DE CONTESTACIÓN, CONCILIACIÓN Y PRUEBA EN PROCEDIMIENTO MONITORIO PRESENCIAL FECHA 05 de marzo de 2025 RUC 25-4-0636964-4 RIT M-16-2025 MAGISTRADO JOSE MARCELO ALVAREZ RIVERA ADMINISTRATIVO DE ACTAS Erick Agustín Lazen Zepeda. SALA 2 HORA DE INICIO 11:17 HORA DE TERMINO 13:30 Nº REGISTRO DE AUDIO 2540636964-4-1336 PARTE DEMANDANTE COMPARECIENTE Enzo Ham
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